16/Mar/08 22:23
Re: CREDITO IETU NOMINA Y SEGURIDAD SOCIAL
[quote:60131d840d="Mikeleyva"]OJO IMPORTANTE,
Mandé consultar este tema con el SAT y esta es su respuesta: Para P.P.
El credito por sueldos y salarios no podra ser mayor al valor del IETU causado y si hubiera remanente se perderia ya que solo se puede acreditar en el mes en cuestión.
En resumidas cuentas no es acumulativo. eso es cuanto a P.P.
Me gustaria que lo consultaran y lo comentamos.
Saludos.
MLeyva[/quote:60131d840d]
La respuesta del SAT. es correcta, PERO A MEDIAS.
LA VERDAD: los acerditamientos son hasta el limite del IETU a cargo.
LO FALSO: No se puede acreditar los pagos de periodos anteriores, va en contra del Art.8 que habla de periodo anual.
Para referncia, leer el comentario de CHAVALON
Muy presiso como siempre.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.