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05/Jun/04 8:46
COMPENSACION DE IVA

Hola espero alguien me ayude

Necesito saber si los saldos a favor de IVA los puedo compensar con impuestos a cargo del mismo IVA, esto es:

en enero tuve un impuesto a cargo de 100
en febrero tuve a cargo 200

pero en el mes de marzo tuve un saldo a favor de 500


puedo compensar mi saldo a favor de marzo con los pagos de enero y febrero ??
 
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amck
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05/Jun/04 9:40

[quote:7a8d8f933f="amck"]Hola espero alguien me ayude

Necesito saber si los saldos a favor de IVA los puedo compensar con impuestos a cargo del mismo IVA, esto es:

en enero tuve un impuesto a cargo de 100
en febrero tuve a cargo 200

pero en el mes de marzo tuve un saldo a favor de 500


puedo compensar mi saldo a favor de marzo con los pagos de enero y febrero ??[/quote:7a8d8f933f]amck, no, acuerdate que los pagos de iva son definitivos y como en enero y febrero ya pagaste ahi terminan esos pagos......el saldo de marzo lo puedes acreditar en los siguientes meses o pedir su devolucion.cosmelucero
 
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cosmelucero
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05/Jun/04 11:22
Re: COMPENSACION DE IVA

definitivamente no puedes mira lo de los pagos definitivos esta bien planteado pero tambien cuando no se consideraba asi era lo mismo en esto de los impuestos considera que la relacion entre el contribuyente y hacienda es como si ambos fueran deudores uno del otro en ocasiones uno le debe y por lo tanto hay que pagarle en ese momento y en otras es al contrario y pides devolucion realmente no es tan complicado ahora que si le debes y no tienes para pagarle ahi si hay problemas( y eso revela que hay problemas en el manejo de la empresa) tambien acuerdate que en lo del iva es hasta que te lo paguen entonses maneja adecuadamente las ventas a credito si es que la hay.
 

 
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el_jefe
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06/Jun/04 2:45
Re: COMPENSACION DE IVA

CLARO QUE SI SE PUEDE PERO NO LE GUSTA A LA AUTORIDAD ESO, TE RECOMIENDO QUE TE ESPERES A JULIO QUE YA ENTRA LA COMPENSACION UNIVERSAL Y LISTO

SALUDOS
 
ART. 31 F.IV CONSTITUCIONAL ''ES OBLIGACION DE LOS MEXICANOS CONTRIBUIR PARA EL GASTO PUBLICO'' ¿Y LOS EXTRANJEROS DONDE QUEDAN?
 
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ISR_LOMANO
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07/Jun/04 10:08
Re: COMPENSACION DE IVA

Saludos Colegas...!!!

Hola "amck" en mi opinión si puedes compensar el saldo a favor de marzo contra los saldos a favor de enero y febrero ya que el art 23 de CFF

[i:8a72d46e61]"Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de una misma contribución, incluyendo..."[/i:8a72d46e61]

y el art 9 del reglamento nos menciona:

[i:8a72d46e61]"Cuando el saldo a favor del contribuyente se hubiera originado con posterioridad a la fecha en que se causó la contribución a pagar, sólo se causarán recargos por el período comprendido entre la fecha en que debió pagarse la contribución y la fecha en que se originó el saldo a compensar"[/i:8a72d46e61]

Es decir, que si puedes compensar los saldos pero endrías que pagar los recargos y las actualizaciones por hacer las cantidades de enro y febrero, ya que estas de acuerdo que las estas cubriendo extemporaneamente...!

Espero mis comentarios ayuden...!!!
 
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Alucard
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07/Jun/04 10:23
Re: COMPENSACION DE IVA

PREGUNTA A ALUCARD ESTA COMPENSACION DEBERA REALIZARCE ANTE EL SAT CON FORMATOS O PUEDE SER AUTOMATICA??????????? :(
 

 
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defiscon
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07/Jun/04 11:47
Re: COMPENSACION DE IVA

:) PORQUE QUIERES COMPENSAR ALGO QUE YA PAGASTE?
A QUE TE DEDICAS, CUAL ES EL GIRO?
CUANDO SE COMPENSA IVA?
SI LOS PAGOS PROVISIONALES SON DEFINITIVOS, SI EN TU DECLARACION ANUAL, OBTIENES SALDO A FAVOR DE IVA PORQUE VENIAS ARRASTRANDO ESTE SALDO DE LOS PAGOS PROVISIONALES, YO CONSIDERO QUE HASTA LA FECHA EN QUE PRESENTASTE LA DECLARACION ANUAL PUEDES POSTERIORMENTE COMPENSAR.
 
no es el amor quien muere, somos nosotros mismos. en esa gran region donde el amor, angel terrible, esconde como acero en mi pecho su ala, sonriendo lleno de gracia aérea mientras crece el tormento. luis cernuda
 
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yllil
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07/Jun/04 12:10
Re: COMPENSACION DE IVA

Saludos Colegas...!!

"defiscon" el pago lo haces como venias realizandolo, en papel o por internet, ya que es una declaración normal pero extemporanea, pero recuerda que debes meter el aviso de compensación en la administración local (el formato 41, checate la pagina del sat, ahi te indican que documentos que acompañan el aviso y en que fechas lo presentas, y la regla 2.2.5 la cual te da unos días más para presentar la información)... la compensación no es automatica ya que el sat esperara a que le pagues enero, febreo y solicites devolucion o compenses marzo en meses porteriores...!!

Hola "yllil" en este caso se supone que "amck" no ha pagado enero ni febrero (ignoramos porque motivo) y como en sus calculos tiene saldo a favor en marzo quiere ver si puede compensarlo y así dejar de pagar esos meses... y con respecto a lo que mencionas de la declaración anual, perdón pero no se a que te refieres, en la anual solo informas del IVA pero no tiene que ver nada con su devolución o compensación...!!

Corrijanme si es qeu estoy mal..!!!
 
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Alucard
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07/Jun/04 12:28
Re: COMPENSACION DE IVA

ok alucard resulta que en mi caso no es saldo a favor sino pago en exceso en esta situacion tambien podria compensar o forzosamente tendre que solicitar la devolucion y pagar las que tengo a cargo :( gracias por tu atencion
 

 
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defiscon
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07/Jun/04 15:38
Re: COMPENSACION DE IVA

Hola "defiscon" mira tengo entendido que los pagos en exceso se dan por la mecánica que establecen las leyes (por ejemplo al realizar tus pagos prov de ISR y al realizar tu declaración anual resultaque no debiste pagar nada), es decir, que los pagos en exceso son saldos a favor y los pagos indebidos son cantidades que como su nombre lo indica no debiste pagar (por ejemplo pagas IMPAC, despues sale el decreto qeu te exime del pago o sale algún estimulo, o por errores del contribuyente)...!!

El art 23 del CFF te habla de los saldos a favor y de los pagos de lo indebido, como te darás cuetna en tu caso tambíen aplica la compensación...!
 
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Alucard
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