18/Jul/06 9:21
ASIMILADO A SALARIOS
[quote:09369ff871="CERVANTES-QUIJANO"]Tengo unos comentarios:
1) No es obligatorio inscribirlo en el IMSS, pues no existe subordinacion ante nadie (el es el dueno).
2) Definitivamente son honorarios asimilables a salario (especificamente por su chamba como administrador) y por consiguiente se le hace la debida retencion, si recibe algun otro ingreso pudiera tomarse como anticip.
3) Si en la constitutiva no senala cual es el monto por esta contraprestacion, puedes celebrar una asamblea en la que se autoriza determinada cantidad (cuidado porque son partes relacionadas, no hay que pasarse de listos).
Saludos[/quote:09369ff871]
" CERVANTES QUIJANO " EN EL BUSCADOR ENCONTRE ESTE COMENTARIO TUYO POR ESO LO CITO.
TENGO UNA DUDA.
UNA PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL, ES EL DUEÑO Y ADMINISTRA EL NEGOCIO .
QUIERE DARSE DE ALTA EN EL IMSS.
PODRIA SER COMO ASIMILABLE A SALARIOS, FIJARLE UN SUELDO MENSUAL Y HACER LA RETENCION CORRESPONDIENTE DE I.S.R.
O COMO SERAIA MAS CONVENIENTE MANEJARLO ???
espero comentarios
gracias