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Tópico: SAZONADOR DE CARNES GRAVA IVA
pmedrano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2017 10:35:38 Asunto: Re: SAZONADOR DE CARNES GRAVA IVA
Tal vez habría que ver mas a detalle los ingredientes que tendrá el sazonador, sin embargo ya cheque con colegas que manejan supermercados y es tasa 0% saludos
Tópico: SAZONADOR DE CARNES GRAVA IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2017 17:59:08 Asunto: Re: SAZONADOR DE CARNES GRAVA IVA
En mi opinión calificaría como un producto destinado a la alimentación por lo que estaría afecto a las tasa del 0% Quedo al pendiente de las demás opiniones que pudiera haber. Saludos
Tópico: SAZONADOR DE CARNES GRAVA IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2017 09:48:26 Asunto: Re: SAZONADOR DE CARNES GRAVA IVA
Sebastian13, la sal grava IVA a la tasa general? saludos
Tópico: Deduccion costo de ventas factura fecha año siguiente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 30, 2016 15:47:29 Asunto: Re: Deduccion costo de ventas factura fecha año siguiente
buenas tardes, hace tiempo hice un pequeño análisis acerca de ese requisito de la fecha del comprobante y llegue a una conclusión la cual me parece muy aventurada ya que no la he visto en alguna otra parte, pero creo que tal ves pueda ser una salida. El requisito de la fecha surge del artículo 27 fracción XVIII Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: XVIII... ...Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reúnan los requisitos que para cada deducción en particular establece esta Ley. Tratándose del comprobante fiscal a que se refiere el primer párrafo de la fracción III de este artículo, éste se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración. Respecto de la documentación comprobatoria de las retenciones y de los pagos a que se refieren las fracciones V y VI de este artículo, respectivamente, los mismos se realicen en los plazos que al efecto establecen las disposiciones fiscales, y la documentación comprobatoria se obtenga en dicha fecha. Tratándose de las declaraciones informativas a que se refieren los artículos 76 de esta Ley, y 32, fracciones V y VIII de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, éstas se deberán presentar en los plazos que al efecto establece el citado artículo 76 y contar a partir de esa fecha con los comprobantes fiscales correspondientes.[color=blue] Además, la fecha de expedición de los comprobantes fiscales de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción. [/color] Haciendo una interpretación muy estricta, el requisito lo señala para el caso de un gasto deducible, ya que no señala 'los comprobantes fiscales de una deducción autorizada' recordemos que la ley nos da una lista de Deducciones Autorizadas en el artículo 25 Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes: I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio. II. El costo de lo vendido. [color=red]III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones. [/color] IV. Las inversiones. V. Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes distintos a los que se refiere la fracción II de este artículo. VI. Las cuotas a cargo de los patrones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo. VII. Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno. .... VIII. El ajuste anual por inflación que resulte deducible en los términos del artículo 44 de esta Ley. IX. Los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción,... X. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, ... Atendiendo a este listado de deducciones, los gastos serían solo un rubro de toda la gama de deducciones autorizadas que la ley permite realizar, de tal suerte que el costo de ventas no entraría en ese rubro ya que tiene su propia fracción. No se que opinen ustedes. Saludos [i]Editado: Diciembre 30, 2016 15:49:34[/i]
Tópico: ¿SE PUEDEN DEDUCIR INTERESES REALES DE 2 CASAS HABITACIÓN DISTINTAS?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2016 10:22:26 Asunto: Re: ¿SE PUEDEN DEDUCIR INTERESES REALES DE 2 CASAS HABITACIÓN DISTINTAS?
buen día, bueno la respuesta ya se dió. Sin embargo quiero comentar el caso que tengo el cual es un crédito de cofinavit, donde una parte se le debe al banco y otra al infonavit, cada uno emite su constancia de intereses reales pagados, y al ingresar ambas en la declaración me han negado la deducción de los intereses del infonavit en la devolución automática, supongo que piensan que son dos créditos para casas distintas.
Tópico: CFDI Retenciones Pagos al Extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2015 12:23:02 Asunto: Re: CFDI Retenciones Pagos al Extranjero
Sí debes expedir un CFDI de conformidad con el artículo 76 fracción III de la LISR saludos
Tópico: Pólizas Para la Contabilidad Electrónica
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2015 10:31:13 Asunto: Re: Pólizas Para la Contabilidad Electrónica
El primer mes que te pueden requerir el julio
Tópico: Registro de operaciones en contabilidad posterior al plazo del CFF y RMF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2015 11:05:18 Asunto: Re: Registro de operaciones en contabilidad posterior al plazo del CFF y RMF
Gracias por tu tiempo pacatelas. La verdad no estaba pensando en multas, el punto es la posible no deducibilidad del gasto. Y sí, lo ideal es contabilizar y punto pero a veces nos pueden mandar una factura de enero en marzo o abril cuando ya cerramos y no podemos abrir libros entonce hay que tomar una decisión. saludos
Tópico: Registro de operaciones en contabilidad posterior al plazo del CFF y RMF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2015 09:41:38 Asunto: Re: Registro de operaciones en contabilidad posterior al plazo del CFF y RMF
Gracias grupoimper. saludos
Tópico: Registro de operaciones en contabilidad posterior al plazo del CFF y RMF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2015 13:00:55 Asunto: Re: Registro de operaciones en contabilidad posterior al plazo del CFF y RMF
Habrá alguien mas con alguna opinión?

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