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Tópico: Como puedo no gravar el ingreso percibido de terceros
GABY08

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 06, 2009 14:00:41 Asunto: Re: Como puedo no gravar el ingreso percibido de terceros
aqui esta el fundamento. Artículo 121. Para los efectos de esta Sección, se consideran ingresos acumulables por la realización de actividades empresariales o por la prestación de servicios profesionales, además de los señalados en el artículo anterior y en otros artículos de esta Ley, los siguientes: IV. Las cantidades que se perciban para efectuar gastos por cuenta de terceros, salvo que dichos gastos sean respaldados con documentación comprobatoria a nombre de aquél por cuenta de quien se efectúa el gasto.
Tópico: Como puedo no gravar el ingreso percibido de terceros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2009 16:06:32 Asunto: Como puedo no gravar el ingreso percibido de terceros
Buenas tardes a todos los amigos del foro. Tengo la siguiente duda. Yo persona fisica (Honorarios-Actividad Despacho Contable) Mi Cliente (Persona Fisica-Actividad Comisionista independiente,tiene la opción de pagar sus impuestos por tarjeta tributaria) pero esta viaja mucho. 1.-Puedo fundamentar que mi cliente me deposite dinero a mi cuenta (de negocio) para realizar el pago de sus contibuciones atravez del art. 120 fracc. IV de la ley del ISR. 2.- Y asi tambien el de mis honorarios, ambos teniendo su soporte correspondiente de que recibí dinero para el pago de sus impuestos. Recordando que asi hay tambien varios clientes que me piden que paguen sus impuestos por diversas causas. (Todo con el fin de no meterme en problemas) Gracias como siempre por su tiempo y todos los comentarios. Atentamente. Gaby
Tópico: IETU EFECTIVAMENTE EN DECLARASAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2009 17:12:19 Asunto: IETU EFECTIVAMENTE EN DECLARASAT
BUENAS TARDES TENGA TODOS LOS AMIGOS DEL FORO LA DUDA ES LA SIGUIENTE. EL DECLARASAT PARA EL IETU TOMA EL ISR EFECTIVAMENTE PAGADO INCLUYENDO EL PAGADO CON EL SUBSIDIO. SABEMOS BIEN QUE EL Art. 8 DEL IETU MENCIONA QUE EL ISR PAGADO CON ACREDITAMIENTOS NO ENTRA, PERO EL DECLARASAT DICE LO CONTRARIO. ES CORRECTO LA APLICACION DEL DECLARASAT SALUDOS.- DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS POR SU TIEMPO Y GRANDES COMENTARIOS. ATENTAMENTE. GABY
Tópico: Dictamén PM Voluntario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 30, 2009 17:48:37 Asunto: Dictamén PM Voluntario
Buenas tardes amigos foristas. El escrito que se presenta a mas tardar en marzo para optar por el dictamén (fecha de presentación de declaración anual PM). 1.- Que pasa si no se presenta el escrito en marzo (ya no se puede presentar el dictamen obligatorio) 2.- Si se tiene que meter el escrito o es opcional 3.- Para el tramite se tiene que sacar cita como cualquier otro tramite (tiene que ir el representante legal) o lo puede ingresar cualquier persona una vez con el escrito firmado---------- piden otros documentos en especifico---- De antemano muchas gracias por todos los comentarios y tiempo. Atentamente. Gaby
Tópico: alta extemporanea
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 26, 2009 11:40:15 Asunto: Re: alta extemporanea
Buenos Días. Gracias. CP _PACO , de hecho ya lo hice y es el quien me argumenta lo comentado y ya le expuse que hable por tel. a otras oficinas y oficina central(Toluca) pero nadamas No.. Gracias.
Tópico: alta extemporanea
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 25, 2009 19:03:23 Asunto: Re: alta extemporanea
GRACIAS. SI LA OBLIGACION DEL 2.5% DE NOMINAS (ESTADO DE MEXICO) GABY. PD. SI LA CUESTION ES QUE NO ME QUIEREN ACEPTAR EL TRAMITE DE INSCRIPCION SI NO PAGO UNA MULTA POR EXPONTANIDAD (SI NO HE TENIDO REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD) Y LO ESTOY HACIENDO DE MANERA ESPONTANEA. YA SE LOS EXPUSE PERO DICEN QUE NADAMAS !!!!! NO!!!!
Tópico: alta extemporanea
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 25, 2009 18:28:05 Asunto: Re: alta extemporanea
MUCHAS GRACIAS POR LOS GRANDES COMENTARIOS, PERO LA CUESTION DE HECHO VA ENCAMINADA A LA INJUSTICIA EN VENTANILLA.
Tópico: alta extemporanea
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 25, 2009 14:07:06 Asunto: alta extemporanea
buenas tardes tengan todos los amigos del foro. Una persona fisica que tiene trabajadores va ha realizar su alta en erogaciones. Alta imss patrones. 10 de Noviembre de 2008 Alta para erogaciones 25 de Marzo de 2009 (extemporanea pero espontanea) no existe requerimiento. El de ventanilla y el Admistrador no quieren recibír si no pago una multa por extemporanea,ya les explique que incluso lo cheque en las oficinas de toluca pero aun así no quieren, me comenta que esos no les importa. de que manera puedo hacer vales mis derechos que de hecho hasta ya me agarre con ellos pero no me la quieren aceptar. de antemano gracias. Gaby
Tópico: domicilio Fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 25, 2009 12:15:21 Asunto: domicilio Fiscal
Buen dia tengan todos los foristas. DUDA: Contribuyente CON MINISUPER Domicilio fiscal=Casa Particular Minisuper= Rento local en otra dirección 1.- El domicilio fiscal lo realizo ahi con la intención de llevar ahi la administración del negocio (en el minisuper no lo realiza por cuestion de seguridad) 2.- La dirección del minisuper debe ser donde esta (por el buen mercado que tiene) 3.-Se realizo los siguientes movimientos para asegurar que este en orden a) sat domicilio fiscal(particular).- ahi tendran que llegar todo tipo de notificación--------apertura de establecimiento domicilio tienda para realizar operaciones/alla se factura y se inicio desde el no. 01 sin serie b)imss- domicilio particular es el domicilio fiscal y de notificaciones----y el de operaciones pongo el del minisuper (asi lo pide pre-alta por interner y asi esta la alta- pues alla se tiene los trabajadores) c)impuesto estatal- domicilio particular es el fiscal y notificaciones y el de la tienda la pongo donde se erogan los sueldos--aqui hay un duda el estado quieren que presente en ceros en el particular esta bien ? esta bien como se manejo ¿confirmando? de antemano muchas gracias por su tiempo y comentarios gaby...
Tópico: Multa de Impuesto Estatal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2009 14:43:07 Asunto: Multa de Impuesto Estatal
Buenas tardes tengan como siempre todos los foristas. Mi duda es la siguiente. Un contribuyente que vende al publico en general, le requirieron aviso de inscripción y otra doctos. para comprobar el Imp. sobre erogaciones al trabajo personal subordinado. el cual se lo notificaron a un empleado (descuidadamente) se lo entrego al contribuyente que tambien estaba de viaje (dias posteriores) se hizo acredor a una multa por no atender el requerimiento (le dieron 3 días habíles). 1.- Se esta inscrito al impuesto y se biene pagando de manera normal y puntual. 2.- La notificación del requerimiento y multa fueron notificadas al empleado. Se puede impugnar la multa por recurso de incorformidad ante el estado y que tanto se puede obtener un resultado favorable por sus experiencias. De antemano muchas gracias a todos por todos sus comentarios y tiempo. Atentamente: Gaby

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