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Tópico: Oficio IMSS preguntando por motivo de baja de trabajadores
torres220

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 01, 2014 09:21:55 Asunto: Re: Oficio IMSS preguntando por motivo de baja de trabajadores
Muchisimas gracias por sus comentarios, se contestó el oficio considerando sus comentarios, y ahora tan solo queda esperar. Ahora tan solo queda esperar, ya que al IMSS le gusta notificar autocorrecciones por éstas fechas. Por su ayuda una vez mas, muchisimas gracias.
Tópico: Oficio IMSS preguntando por motivo de baja de trabajadores
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 24, 2014 17:14:44 Asunto: Oficio IMSS preguntando por motivo de baja de trabajadores
El dia de hoy nos acaban de traer un oficio del IMSS (sin mediar citatorio, ni oficio de notificacion, pero si se firmó una copia de recibido), a la empresa donde trabajo (Persona Moral, régimen general de ley con actividad de Transporte de pasajeros urbano y suburbano) en donde se nos dice que: '. . . . . . . . . . con fundamento en los articulos 9, 15 fracciones I, II, III, IV, 28, 29, 30 y 31 de la Ley del Seguro Social . . . . . . . se le informa que se observó que durante los meses de [b]Septiembre y Octubre[/b] de éste año, ha procedido a dar de baja de 2 trabajadores. Por lo expuesto, agradeceré nos informe las causas por las que llevó a cabo dichos movimientos, toda vez que nos hace suponer, que se pudiera estar incumpliendo lo establecido en el artículo 15 fracción I de la Ley del Seguro Social, haciéndose acreedor a la aplicación de un acto de fiscalización, con la retroactividad en el aseguramiento de los trabajadores, por lo que le solicito que lleve a cabo la inscripción de manera inmediata, comunicando a ésta, sobre el cumplimiento, en su término no mayor a tres dias hábiles. ' (Fin de transcripción del documento). El oficio está firmado por el Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social de mi municipio. Organo Operativo de la Delegación Regional Veracruz Norte. Y en efecto, en septiembre y octubre se realizaron 5 bajas, 1 por abandono de empleo y 4 por separación voluntaria del trabajador. . . . . ¿Es que acaso viene en ley del IMSS la duración de un mínima de una relación de trabajo, y no me di cuenta? (Por si no se nota, estoy usando un tono irónico). ¿Hasta este punto hemos llegado por la falta de presupuesto? (Irónico otra vez) ¿Alguna opinión respecto de, que podría pasar si hago caso omiso de ésta documento? ¿A alguien más (que no pertenezca a la Región Norte de Veracruz) le ha llegado un oficio similar?. Por sus comentarios, mil gracias. PD. Por si no es creible la consulta, hace unos meses nos llegó otro oficio parecido del IMSS, en aquél oficio nos mandaban a preguntar porqué, en el mes de abril creo, habiamos pagado de menos en algunos trabajadores. Y para poder decirle al IMSS que fue por causa de ausentismos e incapacidades tuve que llevar fotocopias de nóminas de las 2 quincenas del mes donde venian registradas las faltas que yo estaba considerando en el pago, fotocopias de las incapacidades del mes, fotocopia de la cédula mensual del SUA y los movimientos registrados en el IDSE del mes, ¿como la ven?
Tópico: PRIMA DE RIESGO EN EXCELL
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 28, 2014 10:18:23 Asunto: Re: PRIMA DE RIESGO EN EXCELL
Ups, mis disculpas al mayor byPaco y al (la) compañero(a) opticas. Pero es que desde la pregunta inicial se menciono el archivo de excel que se descarga desde el portal del IMSS, por eso me fui con 'la finta'. Desconocia que habia un archivo de excel en este portal (fiscalia) que generaba el archivo SRT. Espero no haber enredado mas al compañero opticas. Saludos
Tópico: ¿Alguien ya pudo acceder al IDSE para enviar la Declaración de Prima de Riesgo?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 28, 2014 09:56:49 Asunto: Re: ¿Alguien ya pudo acceder al IDSE para enviar la Declaración de Prima de Riesgo?
' Applet ID 6 is not allowed in this JVM instance' es un error del JAVA (Java Virtual Machine), posiblemente se haya actualizado el java automaticamente en su maquina sin que se dieran cuenta. O tal vez esté mal instalado. Verifique su configuración y si tiene instalado el Java policy (que es la configuración automática que menciona el mensaje de Chrome). Saludos
Tópico: la pagina del imss es un asco
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 27, 2014 08:34:01 Asunto: Re: la pagina del imss es un asco
Pues conmigo somos 3, efectivamente no hay modo de entrar a la pagina del DAPSUA, nunca acaba de cargar el menú.
Tópico: renovacion certificado digital imss IDSE
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 26, 2014 19:24:55 Asunto: Re: renovacion certificado digital imss IDSE
A principios de enero igual que a usted se me caducó el certificado (exacto en donde ud. se traba, me trabé yo), intenté mil veces por internet revovarlo y absolutamente cero, nada, sin resultado. Nunca pude realizar el trámite. ¿Solución que me dieron en la subdelegación del IMSS?: Hacer el trámite personalmente. Aparentemente movieron la 'seguridad' de la página del IMSS (desde oficinas centrales en DF, claro), por lo que el trámite de internet está caido, y/o la seguridad del certificado nuevo es diferente al certificado caduco (ni siquiera el personal del IMS saben lo que pasó). Por lo que tuve que llevar al representante legal de la empresa para que firmara la nueva responsiba en persona, acreditandose con poder notarial, la tarjeta patronal, IFE y CURP (documentos que me pidieron ahi mismo en la subdelegación). Así es que en mi experiencia, le diria que se acerque a la oficina del IMSS más cercana, y pregunte que necesita para hacer el trámite personalmente. Ya que, por lo menos en mi ciudad, el personal del IMSS sabe del problema que hay con la renovación, y están haciendo las renovaciones personalmente sin mayor trámite. Suerte!
Tópico: PRIMA DE RIESGO problema con el programa IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 26, 2014 19:09:01 Asunto: Re: PRIMA DE RIESGO problema con el programa IMSS
A mi me pasó un problema parecido, me salió el mensaje de que office estaba mal configurado, que estaba utilizando otro idioma que no era español. En mi caso como todavia estaba en la misma ventana de la determinación de la prima, le volvi a dar a imprimir y esta vez se activo el PDF architect y pude mandar a imprimir, sin hacer nada más. Este es el segundo año en que el IMSS utiliza el programita de DETERMINACIÓN para generar la nueva prima (quiero decir que ya no es una hoja de excel simple). Con éste programa se capturan los datos generales de la empresa y en automático se generan el archivo SRT que se presenta en USB y se genera el archivo XLS de excel que es el que se imprime. Peeero (y es un gran PEEEERO), el año pasado (cálculo de prima de 2012 a presentar en 2013) junto con el programa de DETERMINACIÓN, en la página del IMSS especificaban que junto con el programa, se tenian que descargar otros 2 archivos RAR de la misma página del IMSS. 1. PDFCreator-1_6_2_setup 2. SSCERuntime_x86-ESN Con el primer archivo RAR descarga e instala el PDF creator y el PDF architect, con el segundo se descarga e instala un archivo ejecutable con estensión MSI (entiendo que es algun tipo de archivo para configurar la computadora, no sé la verdad). Así es que los 3 programas instalados al mismo tiempo (el programa determinación y los 2 RAR instalados) es que se generan los archivos para el cálculo de la prima nueva. La pregunta es, ¿tiene instalados los 3 puntos necesarios?. Saludos
Tópico: PRIMA DE RIESGO EN EXCELL
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 26, 2014 18:20:04 Asunto: Re: PRIMA DE RIESGO EN EXCELL
Aun se puede presentar en ventanilla pero con el programa que emite el IMSS, ya que junto con la carátula impresa de la Determinación de la nueva prima, se genera un archivo con extensión SRT que hay que presentar en USB o CD ROM en la subdelegación del IMSS. La persona que te reciba el trámite le pedira el USB con el archivo y la carátula, y le devolvera una hoja como si hubiera hecho el trámite por internet, más una copia de su carátula sellada. Así es que, no es posible hacer el trámite solo con la carátula impresa, necesita el archivo SRT que genera el programita del IMSS. Saludos
Tópico: Pago anticipado de vacaciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 20, 2009 17:37:05 Asunto: Re: Pago anticipado de vacaciones
Otra vez yo y ampliando la duda :twisted: . . . . . sorry. El criterio que aplico es el siguiente: En el supuesto en que el trabajador haya trabajado su primer año completo (y aun lo tengo dentro de la nomina), con prestaciones mínimas de ley, los conceptos de percepciones que imprimo en su comprobante de nomina quincenal cuando va a disfrutar de vacaciones son: --------- Sueldo (Normal de la quincena sin aumentar nada por el periodo de vacaciones) Prima vacacioneal ( el 25% de los 6 dias de vacaciones, por ser primer año de trabajo) Subsidio al empleo (en su caso) --------- Y es lo único que le pago al trabajador, sin pagarle nada adicional (que es a lo que me referia en mi comentario anterior) En caso de que de que el trabajador haya cumpplido su 1er año de trabajo y tiempo despues lo liquido o renuncia (sin que haya disfrutado sus vacaciones), ahi si le aumento un concepto de percepciones en su recibo de nomina llamado VACACIONES. Pero esto es solo en caso de que el trabajador ya no vaya a disfrutar su periodo de vacaciones 'dentro de la empresa'. Y este fué el motivo de mi primer comentario que hice, y la confirmacion del criterio que aplicaba en estos casos. Ya que el planteamiento original de este topico, a como lo veo-leo-y carburo, el forista Regino plantea el hecho de pagar una cantidad adicional por vacaciones, cosa que para mi solo es posible si se despide al trabajador (art 79 2o pararfo). Resumiendo mi punto de vista quedaria asi: SUPUESTO 1 Trabajador que ya cumplio un año en la empresa y va a seguir en nomina VACACIONES Disfruta sus vacaciones con dias libres y sin pagarle un peso mas ( art. 76, 78 y 79 1er parrafo) SUPUESTO 2 Trabajador que ya cumplió un año (o menos) en la empresa y es despedido, liquidado, etc. VACACIONES Se le paga en efectivo sus vacaciones proporcionales (art. 79 2o párrafo) En ambos supuestos, adicional le pago el 25% de prima vacacional del monto de vacaciones correspondientes. ¿como la ven?, ¿es correcto mi planteamiento?, ¿estoy equivocado? ¿o me regreso? En cuanto al planteamiento original, no creo que sea correcto el pago anticipado de vacaciones, ya que si el trabajador es despedido antes de cumplir un año, le tenemos que pagar en su finiquito, las vacaciones en proporción a los dias que haya laborado dentro de la empresa. ¿y entonces le pagarias dobles vacaciones?, ¿o como adecuas la cantidad que ya pagaste a la cantidad que deberias pagar en su finiquito? digo yo . . . .
Tópico: Pago anticipado de vacaciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 14, 2009 17:53:32 Asunto: Re: Pago anticipado de vacaciones
Perdón pero una duda, segun el art 76 de la LFT dice: 'Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un [color=red]período[/color] anual de vacaciones pagadas . . .'. Donde la ley dice 'periodo' quiero pensar que las vacaciones es una prestación de tiempo, no de dinero, confirmado por el art 79 de la LFT que dice 'Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. . . ' ¿Entonces como quedo?, porque yo en lo personal no pago algo adicional al sueldo, mas que la prima vacacional. Pero pagarle aparte los 6 dias o los dias que le corresponda, pues nomas no. Gracias, y disculpas por meter mi cucharota.

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