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Tópico: CUOTAS OBRERO PAGADAS POR EL PATRON FORMAN PARTE DEL SBC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2011 16:49:27 Asunto: Re: CUOTAS OBRERO PAGADAS POR EL PATRON FORMAN PARTE DEL SBC
buena tarde: A continuacion señalo una liga de los comentarios respecto a este tema realizado por foristas de fiscalia en años anteriores espero sea de utilidad [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=13070&idCat=11[/url] saludos
Tópico: COMPENSACION O ACREDITAMIENTO IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2011 10:43:08 Asunto: Re: COMPENSACION O ACREDITAMIENTO IVA
Hola buen día: [color=purple]No puedes compensar saldos de IVA contra IVA, .... ahi te va,[/color] Jlchan no estoy del todo de acuerdo en su comentario ya que si existe la posibilidad de compensar IVA contra IVA, ya que el Articulo 6 de la LIVA señala que “El acreditamiento de un saldo a favor, se podrá realizar en los meses siguientes hasta agotarlo” es decir es acreditamiento la aplicación de saldos a favor para periodos posteriores, pero que pasa si por poner un ejemplo en Enero me resulto impuesto a cargo no lo pague y en marzo se resulta saldo a favor de IVA, en este caso no puedo aplicar acreditamiento pues el saldo a favor surge con posterioridad al impuesto a cargo, ¿entonces no lo puedo aplicar?, pues claro que si ya que el articulo 23 del CFF me permite compensar mis saldos a favor contra las contribuciones que este obligado a pagar, cumplimento el requisito de que ambas provengan de impuesto federales, adicional a lo anterior debe verificarse si la ley especifica señala que NO se pueda realizar compensación alguna contra este impuesto como es el caso de IVA retenciones. Por lo expuesto no puedo acreditar, pero tengo un impuesto a cargo y otro a favor y el 23 de cff me permite la compensación entonces que pasa en este caso si se puede compensar IVA contra IVA, dejo además el criterio de autoridad respecto de lo plasmado Se podrá compensar IVA contra IVA conforme al criterio102/2009/IVA (El saldo a favor del impuesto al valor agregado de un mes posterior podrá compensarse contra el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto correspondiente a meses anteriores, con su respectiva actualización y recargos, de conformidad con el artículo 23, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, con relación al artículo 1 del mismo ordenamiento). Saludos y espero sea de utilidad
Tópico: Inconsistencia Omitir señalar en la anual que se quiere devolución
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 31, 2011 14:26:33 Asunto: Re: Inconsistencia Omitir señalar en la anual que se quiere devolución
hola buena tarde: A mi me paso una cosa similar ya checo si el IETU no le quedo a favor en el ejercicio ¿?, se que al generar la declaración si te queda IETU a favor no existe posibilidad ni que te lo devuelvan en automático y mucho menos poder marcar la opción, sin embargo cuando marque al 01800 (ACLARO EN OCASIONES NOS DESINFORMAN MAS) me comentaron que el sistema lo genero porque detecto un saldo a favor y pues considero que no se había marcado la opción y que no se tenia que realizar ninguna aclaración. Espero te sirva la información y en caso de ir al SAT nos comentes por favor que fue lo que le dijeron
Tópico: pago de ptu fuera del plazo que señala el art 122 LFT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2011 14:18:57 Asunto: Re: pago de ptu fuera del plazo que señala el art 122 LFT
Hola muchas gracias por la información y por el recibimiento, casi no participo en el foro aun cuando sus comentarios siempre los reviso y los tomo muy en consideración, creo que no me sentía preparada para interactuar con gente tan preparada como ustedes pero me dije pues algun dia lo tengo que intentar solo espero disculpen mis medidas de pata, espero poder interactuar y conocer cada vez mas del ambito fiscal
Tópico: F 3241... 2 breves dudas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2011 14:06:58 Asunto: Re: F 3241... 2 breves dudas
hola buena tarde: Lo que te puedo comentar respecto a esto es que efectivamente en el anexo 8 bis, debes llenar ambos datos tanto la determinacion del ISR a favor como en el caso del ietu el saldo que te quedaria a cargo. En cuanto al anexo 8 A bis, checa bien porque el mismo no solo es para retenciones de banco hay 3 pestañas y en una de estas lo que te marca son las retenciones que posiblemente tengas, por la actividad de honorarios P.F., de retenciones en moneda nacional, hay debes poner en su caso las cantidades retenidas por concepto de ISR de PM a fisica por la prestacion de servicios. espero te sirvan mis comentarios saludos
Tópico: pago de ptu fuera del plazo que señala el art 122 LFT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2011 13:56:06 Asunto: Re: pago de ptu fuera del plazo que señala el art 122 LFT
hola lobozac soy nueva en esto apenas entoy participando un poco mas en el foro y no se como poner la liga asi, pero si efectivamente mejor asi gracias.
Tópico: pago de ptu fuera del plazo que señala el art 122 LFT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2011 13:23:49 Asunto: Re: pago de ptu fuera del plazo que señala el art 122 LFT
Hola buen dia: Este tema lo comentaron ya algunos compañeros en otro momento te dejo la direccion de internet para que en su caso puedas checarlo http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=13658&idCat=10 saludos
Tópico: Complentaria Delcaraciones y pagos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2011 12:17:51 Asunto: Re: Complentaria Delcaraciones y pagos
hola buen dia: En las preguntas y respuestas frecuentes publicadas por el sat señalan lo siguiente: ¿Se pueden presentar declaraciones de años anteriores? Sí, desde 2002 a la fecha, cuando sean extemporáneas y normales. Las complementarias que se originen de una declaración normal presentada en NEPE no deben presentarse por medio del servicio de declaraciones y pagos. Servicio de Declaraciones y Pagos. Espero la informacion sea de utilidad-
Tópico: error al validar diot
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2011 13:49:52 Asunto: Re: error al validar diot
Hola buena tarde: Espero pueda ayudarte lo siguiente solo en el caso del 2odo error seria caso que probaras y cheques si con esto me eliminan los 2 errores que marca el sistema El error se debe a la configuración regional y de idiomas del equipo Ingresar al panel de control y seleccionas el icono de configuración regional y de idiomas. Enseguida le debe aparecer un recuadro con una serie de pestañas: opciones regionales, idiomas y opciones avanzadas. Tiene que seleccionar Español (México) así como en la opción de ubicación que aparece en la parte inferior de la pestaña de opciones regionales. En la pestaña de opciones avanzadas tienes que seleccionar Español (México). En la pestaña de idiomas debe ingresar a la opción de detalles y tienes que seleccionar Español (México) – Latinoamérica y por último es necesario reiniciar el equipo para que aplique los cambios correctamente
Tópico: Anexo 'A' o Anexo 'F' para PTU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2011 13:21:00 Asunto: Re: Anexo 'A' o Anexo 'F' para PTU
Hola buen dia: Pues todo depende de cómo realizo el calculo de la PTU, es decir, si aplico Ley Federal de Trabajo en la que efectivamente a la utilidad del ejercicio fiscal se le aplica el 10% para determinar la PTU debería de ser 10% de lo que manifiestas en el campo F de tu declaración anual, sin embargo si esta usted aplicando lo que señala el Art. 16 de la Ley del ISR, eso es diferente pues no son las mismas bases, le comento que seria recomendable verificar este articulo y checar como fue que se realizo el calculo de la PTU Saludos

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