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Tópico: ERROR SUA INCAPACIDAD
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 05, 2009 12:37:36 Asunto: ERROR SUA INCAPACIDAD
Buen dia a todos los foristas Al intentar capturar una incapacidad al mes de febrero 2009 por 5 dias de riesgo de trabajo me manda el siguiente mensaje: 'La incapacidad anterior es inicial o subsecuente. No es valida la secuencia'. Al revisar la ultima incapacidad registrada en SUA, es del 2008, del mes de septiembre por 3 dias y por riesgo. Alguien me puede ayudar? Gracias de antemano
Tópico: ERROR PAGINA 2 LISTADO IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2009 10:28:14 Asunto: Re: ERROR PAGINA 2 LISTADO IETU
Que tal, buen dia A mi me aparecio ese error tambien, cambie la fecha de la pc al 31 de diciembre de 2008 y dejo de marcarlo... Desconozco si tenga alguna consecuencia el hecho de que pagaras hasta 2009...En mi caso lo pague en el 2008, solo el listado estaba pendiente de presentar en el 2009. Saludos ONM
Tópico: Subsidio sin trabajar?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2008 Asunto: Subsidio sin trabajar?
Buen dia a todos los foristas Espero me puedan dar su opinion respecto a lo siguiente: Un empleado que renuncia sin haber trabajado un solo dia de la quincena en la cual se le genera su finiquito de alcances. Por calculo se le genera un subsidio al empleo a entregar, el empleado ni siquiera estuvo un mes en el puesto y por desfases en el pago de la nomina se le pagaron en la nomina anterior los 2 ultimos dias de la misma que por cierto [u:47bb7ed4cf]falto[/u:47bb7ed4cf] y que ahora se le van a descontar. Mi duda es: ¿Que tan valido o indebido es quitarle ese subsidio al empleo? Gracias de antemano
Tópico: Donativo DIF y comprob Municipio???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto: Donativo DIF y comprob Municipio???
Buen dia a todos los foristas Que opinan al respecto de lo siguiente: La empresa para la que trabajo otorgara un donativo al DIF por un programa para ayuda de abuelitos, pero el DIF no es el que esta expidiendo el comprobante, es un ingreso de caja de la Tesoreria del Municipio... A alguien le ha tocado algo similar? Gracias por los comentarios....
Tópico: Que se puede hacer? Ataque de stress(?)
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 26, 2008 Asunto: Que se puede hacer? Ataque de stress(?)
Buen dia a todos los foristas Acudo a ustedes ya que tengo una situacion muy particular en la empresa para la que laboro. Una persona que ya tiene unos años trabajando aqui, ultimamente ha tenido un par de ataques de estress(?)...En el primero solo se trato de hablar incoherencias, pero en el ultimo se puso a gritar (tambien incoherencias), el punto es que dio una imagen frente a los clientes (ademas de asustar a todo mundo :( ) y ahora el gerente esta temeroso de que vuelva a tener un ataque en cualquier momento... :? Ya se le insto a que fuera al IMSS para que le consultaran o le dieran tratamiento, incluso se le ofrecio pagarle a un psicologo o psiquiatra para que la valore o le de tratamiento....Sin embargo la persona argumenta que ya se presento en el IMSS y que solo le dieron unas pastillas para el stress. :twisted: Se puede hacer algo para "hacer" que esta persona vaya con un doctor y asi poder tener un diagnostico de lo que le sucede? (el punto es recuperar la tranquilidad y confianza con esta persona) :roll: Espero alguien sepa o haya tenido alguna experiencia que me oriente al respecto.... Gracias de antemano y saludos
Tópico: Dimension desconocida SUA 3.2.1.?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 15, 2008 Asunto: Dimension desconocida SUA 3.2.1.?
Buen dia Tenia SUA 3.1.8. y bajo directo el parche 3.2.1. Cuento con 2 NRP... Al generar las cuotas de uno, calcula el descuento del 5% sobre cuotas patronales unicamente.... Al generar las cuotas del otro NRP (en la misma maquina), el descuento del 5% lo calcula sobre cuotas obreras y patronales.... Alguien sabra que pasa? Intentare volver a bajar el famoso parche, haber si se normaliza el asunto.... Gracias 1000
Tópico: DESAPARECE EXENCIÓN DE IMPAC A INGRESOS MENORES A 4,000,000
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2008 Asunto: Re: DESAPARECE EXENCIÓN DE IMPAC A INGRESOS MENORES A 4,000,
Buenas tardes a todos Me queda claro que tendran acceso a este estimulo todas las PF y PM con ingresos inferiores a 4 millones... Alquien sabra cuando se tendria que presentar el formato 43 de "aviso de aplicacion de estimulos" de acuerdo al Art. 45 CFF??? Se deberia haber presentado desde el primer provisional que debi pagar o hasta la declaracion anual? Saludos
Tópico: Estimulos IETU son acumulables???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 29, 2008 Asunto: Re: Estimulos IETU son acumulables???
Hola a todos El 27 de febrero se ublico en el DOF algunas preciciones sobre beneficios ISR e IETU...Les dejo algunos comentarios vertidos al respecto: [b:d1947f3e22]Estímulos fiscales consistentes en un crédito contra el IETU: Ingreso no acumulable para efectos del impuesto sobre la renta.[/b:d1947f3e22] Adición del artículo décimo sexto. En los últimos años, se han otorgado diversos estímulos fiscales a los contribuyentes, algunos de los cuales consisten en la aplicación de un “crédito” contra el impuesto de que se trate a cargo del contribuyente, a efecto de que entere solo el neto. Derivado de que en diversos estímulos se aclara, expresamente, que el importe del mismo no será un ingreso acumulable para efectos de impuesto sobre la renta, surgió la incertidumbre sobre si, tratándose de estímulos consistentes en un crédito en contra del impuesto, en los casos en los que no se establezca expresamente que el monto de tal estímulo no constituye un ingreso para efectos de renta, debería acumularse, como sería el caso del estímulo por gastos e inversiones en investigación y desarrollo de tecnología previsto en el artículo 219 de la LISR. Al respecto, este Decreto precisa que los estímulos fiscales contemplados en los artículos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto del Decreto IETU, publicado el 5 de noviembre de 2007, no son un ingreso acumulable para efectos de impuesto sobre la renta. Adicionalmente, el artículo 25 del Código Fiscal de la Federación establece que los contribuyentes podrán acreditar el importe de los estímulos fiscales a su favor contra las cantidades a su cargo, en la medida en que presenten un aviso ante la autoridad fiscal competente, en materia de estímulos fiscales. Por tal razón, en el Decreto en comento se indica que los contribuyentes podrán no presentar el referido aviso, tratándose de los estímulos previstos en los artículos primero a quinto del Decreto IETU. No obstante, debe recordarse que sigue siendo necesario no ubicarse el alguno de los supuestos de excepción previstos en el artículo 32-D del CFF para tener derecho a la aplicación de estímulos fiscales. Saludos y buen fin de semana
Tópico: regla 18.2 de la tercera resolucion a la miscelanea fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2008 Asunto: Re: regla 18.2 de la tercera resolucion a la miscelanea fisc
En el decreto de noviembre se establece que se podran deducir las compras pagadas de nov y dic 2007 vendidas al 31-dic-07 (es decir, que no formen parte del inventario al cierre de 2007).... En algunas empresas esto es para volverse loco, ya que implica tener el control articulo por articulo para poder conocer que articulos de los vendidos en nov y dic, correspondieron a las compras de nov y dic y que ademas este pagado en enero (para jugarlo como deduccion en enero).... La RMF de diciembre establece la opcion (para los que apliquen) de deducir todas las compras de nov y dic no importando si forman o no parte del inventario al cierre de 2007.... Saludos
Tópico: regla 18.2 de la tercera resolucion a la miscelanea fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2008 Asunto: Re: regla 18.2 de la tercera resolucion a la miscelanea fisc
Que tal enrique En la Ley no lo marca, viene en la RMF del 31-dic-07 en su regla 18.2. El beneficio es que no es necesario que se tenga que identificar que se ha vendido de esas compras de nov y dic 2007 para saber que deducir... Otro beneficio es que en lugar de entrar como acreditamiento (via acreditamiento de inventario), puede entrar directamente como partida deducible...Ya que las compras de nov y dic seran deducibles en la medida que se paguen en 2008 no importando si se vendieron o forman parte del inventario del 2007.... Saludos

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