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Tópico: No sirven la opcion de pagos referenciados en el SAT GRRRRR
licemel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2014 14:53:04 Asunto: Re: No sirven la opcion de pagos referenciados en el SAT GRRRRR
yo tampoco puedo entrar aclaro que quiero hacer el pago de una persona moral
Tópico: PAGO REFERENCIADO NO DISPONIBLE HOY......
licemel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2014 12:04:33 Asunto: Re: PAGO REFERENCIADO NO DISPONIBLE HOY......
Tampoco funciona para personas morales ?? entiendo que para personas fisicas , pero intento presentar una de una persona moral y me manda el mensaje 'servicio no disponible ' ??? y ahora quien podra ayudarnos ???
Tópico: regimen de incorporacion fiscal y arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 27, 2013 09:39:39 Asunto: regimen de incorporacion fiscal y arrendamiento
Hola buen dia. Me surge la duda respecto a una persona fisica que viene tributando en el regimen intermedio y aparte el de arrendamiento,si para el 2014 puede acogerse al nuevo regimen de incorporacion fiscal, ya que segun el anteproyecto de la resolucion miscelanea , pudiera ser esto posible. a continuacion transcribo el articulo de la RMF: Personas relevadas de presentar aviso de cambio al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales I.2.5.8. Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 25, fracción VII y 26, fracción V, incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes que de acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013, además del Régimen de Pequeños Contribuyentes tuvieran otro régimen fiscal vigente, están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a que se refiere el artículo 100 de la Ley del ISR (Régimen General de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales) , siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2013. Lo establecido en el párrafo anterior, aplicará también para los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2013, tuvieran vigente el Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales. [color=blue]No obstante lo anterior, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de 2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley del ISR, podrán optar a más tardar el 31 de enero de 2014, por tributar en la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, siempre que presenten el aviso de actualización de actividades a través de la página de Internet del SAT, en la aplicación “Mi portal”.[/color] me podrian dar sus opiniones al respecto ??? de antemano muchas gracias y feliz año nuevo... :)
Tópico: ¿Que comprobante es?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 03, 2013 11:08:58 Asunto: Re: ¿Que comprobante es?
hola analili y ya lo verificaste en la pagina del sat para ver si esta vigente ??? saludos
Tópico: TRAMITE SELLO DIGITAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 15, 2013 13:51:48 Asunto: Re: TRAMITE SELLO DIGITAL
puedes ponerle el nombre que tu quieras , solo es informativo. saludos
Tópico: aviso de compensacion por internet no resuelto
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2013 12:25:50 Asunto: aviso de compensacion por internet no resuelto
Hola compañeros: el dia 21 de junio envie un aviso de compensacion por internet, he estado checando el status del mismo pero hasta el dia de hoy no me lo han aceptado ni rechazado, solo dice 'abierto en proceso', ya casi se acerca la fecha en que tengo que hacer la siguiente compensacion del remanente en la proxima declaracion, pero no se que hacer , pues ya se me hizo mucho tiempo. segun su experiencia, ¿es normal que se tarden tanto en aceptar o rechazar?... me sugieren seguir compensando el remanente o esperar a que me lo hayan aceptado ???... muchas gracias de antemano por sus amables respuestas.. saludos cordiales ...
Tópico: ERROR EN COMPENSACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2013 10:02:27 Asunto: Re: ERROR EN COMPENSACION
respuestas ¿ hago una declaración complementaria y pago la diferencia que compense de mas? afirmativo ¿vuelvo a enviar el aviso y archivos de compensación? afirmativo ¿normales o complementarios? complementarios
Tópico: Futuro contador publico
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 17, 2013 10:48:16 Asunto: Re: Futuro contador publico
como bien dice jleeglz, ya hubiera yo querido el internet en mis tiempos , siento que ahora los chavos que estan estudiando solo lo utilizan para el facebook, cuando pueden encontrar muchisima informacion , ya te han dicho varios colegas, estudia casos practicos.. aprende primero la teoria de la partida doble.,. aprovecha las noches para estudiar.. no esperes que todo te lo den en la escuela , y ni tampoco en un despacho te van a enseñar todo, depende de ti que estudies por fuera y que solo preguntes dudas.. recuerdo cuando empeze a trabajar en un despacho, solo me ponian a hacer lo basico, y yo me apuraba y me quedaba a trabajar despues de mi horario o hiba los fines de semana a terminar para que asi me dieran mas cosas donde pudiera aprender, y luego lo complementaba con la escuela, me compraba mis leyes fiscales y estudiaba... cosa que los auxiliares que tengo no hacen, no quieren aprender mas porque solo hacen lo que les digo y salen a su horario y pues asi ni como darles mas para que aprendan... asi que esfuerzate mas.. se que tu situacion es mas dificil porque ya eres padre de familia, pero si de verdad quieres salir adelante tienes que esforzarte mucho mas.. mucha suerte...
Tópico: requerimiento de obligaciones omitidas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2013 10:08:36 Asunto: Re: requerimiento de obligaciones omitidas
[color=blue]Hola que tal tengo un caso parecido, me comunique via chat con el sat y esto es lo que me dijeron. transcribo la conversacion.:[/color] Servicio de Administración Tributaria, le atiende Alejandra González. ¿En qué puedo ayudarle? Usuario (8:35): buenos dias Usuario (8:36): mire, me llego un requerimiento de obligaciones omitidas de una persona moral, pero yo ya habia presentado y pagado esa obligacion antes que llegara, me dijeron que puedo cancelar el requerimiento en el portal del contribuyente Usuario (8:36): solo quiero saber en qe apartado lo puedo hacer Usuario (8:36): o es necesario que tenga que ir a las oficinas a ahcerlo Usuario (8:36): ? Alejandra González (8:37): ¿Se trata de un requerimiento ó carta invitación? Usuario (8:37): es un requerimiento de obligaciones omitidas Alejandra González (8:37): ¿Llegó por correo electrónico? Usuario (8:38): me lo trajeron personalmente con citatorio Alejandra González (8:39): De acuerdo. Alejandra González (8:39): ¿Las obligaciones están presentadas de manera correcta? Usuario (8:40): se presento de forma extemporanea Usuario (8:40): pero si la presente de forma espontanea antes de que me llegara el requerimiento Alejandra González (8:41): Es decir, ¿no se presentó en tiempo y forma? Usuario (8:42): en tiempo y forma no Alejandra González (8:43): El requerimiento, es por no haber cumplido en tiempo y forma con la obligación. Usuario (8:43): mire la obligacion tenia vencimiento el 18 de febrero, se presento el 11 de marzo Alejandra González (8:43): El requerimiento no se puede cancelar. Usuario (8:43): el requerimiento lo trajeron el 22 de marzo Alejandra González (8:44): El motivo del requerimiento es por no haber cumplido en tiempo y forma con la obligación. Usuario (8:44): pero si la presente en forma espontanea Alejandra González (8:45): Se puede presentar después sin embargo, el requerimiento es por no cumplir en tiempo y forma. Usuario (8:46): ok y entonces que tengo que hacer Usuario (8:46): para aclarar la situacion Alejandra González (8:47): Lo que sucede es que no se va aclararar el requerimiento, ya que si procede. Usuario (8:48): y en que fundamento esta eso Alejandra González (8:48): ¿El requerimiento indica que no se tiene cumplida la obligación? Usuario (8:48): si Alejandra González (8:50): De acuerdo, debido, a que si se tiene cumplida la obligación y la autoridad no la tiene registrada, procede lo siguiente: Usuario (8:50): si Alejandra González (8:51): Disculpe. ¿Cuenta usted con clave CIECF? Usuario (8:52): si y tambien con firma electronica Alejandra González (8:52): Perfecto. Alejandra González (8:52): Para poder realizar el trámite debe ingresar a la página principal del SAT www.sat.gob.mx, en la parte central de la misma (Al lado izquierdo, debajo de la Nota Principal) hay una opción que dice “Mi Portal”. Donde deberá elegir la opción Trámites y servicios. Alejandra González (8:52): Va a capturar su RFC con homoclave y su CIEC Fortalecida. Una vez que ingrese, de su lado izquierdo hay una opción que dice “Servicios por Internet”, va a seleccionar esta opción. Usuario (8:53): ok Alejandra González (8:53): Ingresa al apartado de “Aclaraciones” y después a la “Solicitud”. Después ingresa al trámite que desea realizar. Alejandra González (8:54): En este caso sería en la opción de Requerimiento Control de Obligaciones. Usuario (8:54): ok Alejandra González (8:55): En el apartado Descripción, indicará la situación presentada en su caso en particular. Posteriormente, le aparece un apartado donde le permite digitalizar los documentos necesarios para avalar su aclaración. Alejandra González (8:55): En el caso mencionado, debe anexar los siguientes requisitos. Alejandra González (8:56): El requerimiento que le hicieron llegar. (En caso de no contar con el requerimiento, debe acompañar escrito libre en el que señale los motivos que dieron origen al requerimiento). Digitalizado para su envío a través de Internet. Alejandra González (8:56): Comprobante de presentación de la obligación señalada (el acuse de recibo donde aparezca el número de folio de dicha declaración, ya sea informativa o de pago). Alejandra González (8:56): En su caso, original y copia de la documentación que compruebe porque no procede el requerimiento. Mismos que deben de ser escaneados y generados en un archivo con terminación .tif. Alejandra González (8:56): El Servicio de Administración Tributaria le dará contestación a su solicitud de aclaración, dentro del plazo que le aparece en el acuse de envío, en caso de no aparecer dicho plazo, en un término de 3 días hábiles aproximadamente y lo puede verificar en el apartado de consulta. Alejandra González (8:56): La verificación de la consulta a su aclaración solicitada, se realiza de la siguiente manera. Ingresa al apartado de “Aclaraciones” y después a la “Consulta” de la aclaración que haya realizado. Donde captura el número de folio de su solicitud y verifica la respuesta que emitió el SAT a su aclaración. Alejandra González (8:57): Ese sería el procedimiento. Alejandra González (8:57): ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné? Usuario (8:58): el escaneo de los documentos no puede ser en pdf? Alejandra González (8:58): Mismos que deben de ser escaneados y generados en un archivo con terminación .tif. Usuario (8:59): ok Alejandra González (8:59): ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné? Usuario (8:59): no, gracias Alejandra González (9:00): El SAT le agradece utilizar nuestros servicios. Le informamos que el programa de regularización Ponte al corriente , ofrece una disminución hasta del 100% de los adeudos fiscales, el trámite es por Internet, ágil y sencillo, sólo necesita su FIEL, para mayor información consulte el Portal del SAT. [color=blue]Como ven al principio la chica se aferraba a que no se podia cancelar, le pedi el fundamento de ello y ya fue entonces cuando me dijo que entrara al portal e hiciera la aclaracion. bueno y ahora solo tengo la duda como generar el archivo terminación .tif. ¿ con que programa es ?[/color]
Tópico: INGRESOS POR VENTA DE CASAS
licemel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2013 10:10:08 Asunto: Re: INGRESOS POR VENTA DE CASAS
CAPÍTULO IV DE LOS INGRESOS POR ENAJENACIÓN DE BIENES En este regimen fiscal caerias. si no eres contadora te sugiero te acerques a un profesional quien te asesorara correctamente. saludos !!

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