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27/Dic/13 09:39
regimen de incorporacion fiscal y arrendamiento

Hola buen dia.

Me surge la duda respecto a una persona fisica que viene tributando en el regimen intermedio y aparte el de arrendamiento,si para el 2014 puede acogerse al nuevo regimen de incorporacion fiscal, ya que segun el anteproyecto de la resolucion miscelanea , pudiera ser esto posible.

a continuacion transcribo el articulo de la RMF:

Personas relevadas de presentar aviso de cambio al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales

I.2.5.8. Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 25, fracción VII y 26, fracción V, incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes que de acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013, además del Régimen de Pequeños Contribuyentes tuvieran otro régimen fiscal vigente, están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a que se refiere el artículo 100 de la Ley del ISR (Régimen General de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales) , siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2013.

Lo establecido en el párrafo anterior, aplicará también para los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2013, tuvieran vigente el Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales.

No obstante lo anterior, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de 2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley del ISR, podrán optar a más tardar el 31 de enero de 2014, por tributar en la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, siempre que presenten el aviso de actualización de actividades a través de la página de Internet del SAT, en la aplicación “Mi portal”.


me podrian dar sus opiniones al respecto ???

de antemano muchas gracias y feliz año nuevo...

:)
 
L.C. Eva Melchor Herrera
 
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29/Dic/13 23:49
Re: regimen de incorporacion fiscal y arrendamiento

COMPAÑERA EVA: DE LO QUE PREGUNTAS, ENTIENDO QUE UN PEQUEÑO QUE ADEMAS SEA ARRENDADOR, EN 2014 PODRA SER REG. DE INCORPORACION (EN LUGAR DE PEQUEÑO) Y SEGUIR COMO ARRENDADOR, SIEMPRE Y CUANDO NO HAYA TENIDO INGRESOS MAYORES A 2´000,000.00 EN 2013 POR AMBAS ACTIVIDADES Y QUE NO TENGAN INGRESOS COMO SOCIOS...., POR ACTIVIDADES DE BIENES RAICES....., POR COMISION ......, ESPECTACULOS PUBLICOS...., FIDEICOMISOS....
LO DEL AVISO A MAS TARDAR EL 31-01-2014 SE DEBE REFERIR A QUE AL 1 DE ENERO DE 2014 PASARA AUTOMATICAMENTE A REGIMEN GENERAL (POR SER PEQUEÑO Y ARRENDADOR) Y DESPUES TENDRAS QUE PRESENTAR UNA MODIFICACION DE OBLIGACIONES A REGIMEN DE INCORPORACION.

MI DUDA ES CON UN INTERMEDIO Y ARRENDADOR. EL INTERMEDIO TIENE LIMITE DE INGRESOS 4´000,000.00 Y SI ES INTERMEDIO Y ARRENDADOR, ENTONCES, PARA EN 2014 SER R. INCORPORACION Y ARRENDADOR, NO TUVO QUE TENER MAS DE 2´000,000.00 DE INGRESOS EN 2013 EN AMBAS ACTIVIDADES.
 
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