Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de ferchinando

Autor Mensaje
Tópico: REGIMEN FISCAL DE COMISIONISTAS
ferchinando

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto: REGIMEN FISCAL DE COMISIONISTAS
que tal a todos. La empresa Persona Moral en donde estoy trabajando ha decidido contratar a 2 personas físicas como comisionistas por ventas. Lo que deseo saber es a que obligaciones estan sujetos y que derechos tienen fiscalmente hablando, es decir, cual es su tratamiento fiscal. Espero me puedan ayudar. Muchas Gracias de antemano.
Tópico: procedimiento de como se llenan recibos de arrendamiento
ferchinando

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto: Re: procedimiento de como se llenan recibos de arrendamiento
De conformidad con el Capítulo II de la LISR y Resolución Miscelánea Fiscal, las personas morales tienen la obligación de retenerte el 10 % de impuesto sobre la renta aplicado sobre el monto de la contraprestación cuando les rentes a dicha persona y tú seas persona física. Cuando eres persona moral arrendadora no tienes la obligación. O sea que lo anterior no aplica entre Persona Física y Persona Física y Persona Moral y Persona Moral. EL mismo caso es para la retención de IVA, solo que en este caso la retención es de las dos terceras partes del iva trasladado. Para el caso del IVA, a fuerza tienes que desglosarlo en tus comprobantes porque asi lo establece la LIVA, que cuando seas causante del impuesto debes de desglosarlo en tus comprobantes conforme al artículo 32 de la citada Ley. Claro que debes de tener en cuenta que la renta de casa habitación esta exenta de conformidad con el artículo 20 de la LIVA. Espero que alguien me avale o me corrija. Ok?
Tópico: IVA ACREDITABLE PARA 2005
ferchinando

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto: Re: IVA ACREDITABLE PARA 2005
Lo primero que tienes que ver es que fiscalmente son leyes diferentes la del isr y la del iva lo que implica tratamientos fiscales diferentes. Mientras para ISR solamente te puedes deducir el monto de la depreciación fiscal mensual, el IVA te lo puedes acreditar desde el momento en que lo pagues (que aparezca cobrado el cheque en tu edo. de cuenta), claro que para que el IVA sea acreditable al 100% primero tienes que ver si el activo se utiliza totalmente para actividades gravadas o para exentas y gravadas en cuyo caso tienes que aplicar tu factor de acreditamiento conforme a los articulos 4, 4A, 4B y 4C. De cualquier manera es mejor echarle una leída a dichos artículos.
Tópico: Tipo de cambio aplicable
ferchinando

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 20, 2005 Asunto: Re: Tipo de cambio aplicable
Debes de tener en cuenta siempre lo mencionado en el articulo 20 del C.F.F., segun el cual, debes de tomar el tipo de cambio correspondiente al dia anterior al de la fecha de la operacion en moneda extranjera, que haya sido publicado en el D.O.F. por el Banco de México. Ok? Saludos.
Tópico: RECIVO O FACTURA
ferchinando

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 20, 2005 Asunto: Re: RECIVO O FACTURA
Debe de expedir recibos de arrendamiento por tal concepto, incluso a la hora de mandar a imprimir tus recibos, el sicofi muestra los tipos de comprobantes que puedes expedir y cuando es el caso de arrendamiento, sólo muestra recibos como comprobante autorizado. Lo anterior solo aplica para P.F. Claro que deberías mencionar qué tipo de persona es, PM o PF. El tratamiento no es el mismo.

Página: 1 2 3