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Tópico: Asimilados ¿Pago con cheque?
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2005 Asunto:
Disculpen, habia perdido el hilo de este tema, Marla respeto tu punto de vista, y como dicen por ahi "mas seguro mas amarra'o", Pero coincido con el punto de vista de Dablantes en cuanto darle el mismo tratamiento a los asimilados como si de sueldos se tratase, y lo unico extra con lo que hay que cumplir es enterar las retenciones, afecutar el calculo anual (en det. casos), registrarlos al RFC, sin que en estos requisitos se señale que deban ser pagados con cheque para poder ser deducibles
Tópico: PROV. REAL/M ENTERADO ?......O "EFECTIVA/M" PAGADO
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2005 Asunto:
Que bueno que ya se aclaro tu duda lobozac, y además sirve para todos los que lleguen la misma duda encuentren que es lo que se tiene que hacer Saludos
Tópico: Asimilados ¿Pago con cheque?
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto:
Marla desde el punto de vista de la autoridad, para que un pago de este tipo sea deducible solo debe cumplir con los requisitos que señala que son: "artículo 118, fracciones I, II, V y VI de la misma, así como las disposiciones que regulan los subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso, en su caso y los contribuyentes cumplan con la obligación de inscribir a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando estén obligados a ello, en los términos de las leyes de seguridad social" Muchas personas opinan como tu, pero dime si el contribuyente no cuenta con chequera y la autoridad te permite la deducción de estos pagos sin que sea requisito para su deducción que sea pagado con cheque ¿Lo harias? o ¿No considerarias estos pagos por no haberse realizado con cheque? Saludos
Tópico: PP persona fìsica Isr en ceros e Iva saldo a favor
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto:
Graciela, las declaraciones en Ceros, siempre y cuando no sea derivada de disminuir "x" cantidad se presentan por el portal del SAT, te recomiendo que le des una lectura al capitulo 2.14 de la Miscelanea Fiscal para 2005 Saludos
Tópico: Formatos fiscales
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto:
Dentro de la página del SAT, esat--- operaciones --- ayuda electronica para la captura de los formatos R1 y R2, puedes llenarlos y enviarlos por internet o puedes imprimirlos y llevarlos directamente a las oficinas del SAT
Tópico: honorarios asimilados a sueldos¡¡¡
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto:
Solo es necesario que presentes un escrito comunicandole a la persona que le prestas tus servicios que quieres tributar de conformidad con la fracción VI del artículo 110 LISR. Aunque si seria recomendable que anterior a eso aclares tu situación respecto a tu Actividad preponderante, ya que según veo (coincidiendo con mir100) que deberia ser Comisión Mercantil; y posterior a eso le presentes el escrito a la persona que prestas tus servicios Saludos
Tópico: TREMENDA DUDA FISCAL!
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto:
[quote:fe5ed44a39="thinmen"]ESTIMADOS SEÑORES:No voy a contestar aTREMENDA DUDA FISCAL, sino voy a hacerles una pregunta, sobre revocaciones de multas: SUBJUDICE E INCOAR...SOY CONTADOR, SE QUE SON PALABRAS DE ABOGADOS, PERO CONOCERLOS ES CULTURA..gracias..[/quote:fe5ed44a39] Thinmen, te invito a que habras un nuevo topico, para que tu pregunta pueda ser respondida de manera adecuada y no se mezcle dentro de este topico que no tiene que ver al respecto. Para abrirlo haz click en el boton NUEVO TOPICO, y plantea tu duda Saludos
Tópico: * GASTOS NO DEDUCIBLES **
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto:
Un ejemplo claro de eso, cuando compras un automovil que rebasa el tope de los 300,000 , los gastos originados de dicho automovil solo seran deducibles en la proporcion que este lo sea. Si por ejemplo el auto es deducible en un 90%, los gastos por combustibles y lubricantes, reparaciones, etc., solo seran deducibles por un importe del 90% respecto del total de dichos gastos Saludos
Tópico: Asimilados ¿Pago con cheque?
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto: Asimilados ¿Pago con cheque?
Me permito iniciar este tópico a manera de información y para que se aclare un poco la controversia de si dichos pagos deben cumplir con la formalidad de pagarse con cheque cuando excedan de $2,000.00 A continuación transcribo la respuesta plasmada por la Autoridad en una consulta realizada al respecto: [color=indigo:cd57fbe257]"C. Contribuyente. En relación con su consulta le informo a manera de orientación que el requisito de pagos con cheque nominativo para que proceda una deducción cuyo monto exceda de $2,000.00 [b:cd57fbe257]no aplica cuando los pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado, lo que incluye a los asimilados[/b:cd57fbe257]. "[u:cd57fbe257]Los pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título IV, de esta Ley, se podrán deducir siempre que se cumpla con las obligaciones a que se refiere el artículo 118, fracciones I, II, V y VI de la misma[/u:cd57fbe257], así como las disposiciones que regulan los subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso, en su caso y los contribuyentes cumplan con la obligación de inscribir a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando estén obligados a ello, en los términos de las leyes de seguridad social." Lo anterior está fundamentado en el artículo 31, fracciones III y V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. El pago puede efectuarse con cheque, en efectivo, mediante depósito en cuenta bancaria, con la utilización de tarjetas de débito, etc., ya que la Ley del ISR no establece como obligación una manera específica de efectuar el pago de los salarios únicamente establece requisitos para que proceda la deducción de dichos pagos. Cualquier aclaración al respecto, le agradezco la haga llegar a través del correo electrónico de asisnet@sat.gob.mx Esta información no crea derechos, ni establece obligaciones distintas a las contenidas en las disposiciones fiscales vigentes. Atentamente, Servicio de Administración Tributaria."[/color:cd57fbe257] Espero comentarios Saludos
Tópico: Expediente integral
vikcaps

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2005 Asunto:
En lo personal no lo he checado, pero si quieres material al respecto checa esto [url=ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/ofivirt/sei13.pps] Oficinal Virtual[/url] Saludos

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