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Tópico: SDI MANUAL 8.33% Y VARIABLES ASPEL NOI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2015 17:07:11 Asunto: Re: SDI MANUAL 8.33% Y VARIABLES ASPEL NOI
Buenas tardes estimados, [quote]LicEriMartinez[/quote] En el foro de Aspel nadie me ha podido responder. [quote]pacatelas[/quote] Gracias, espero si puedan apoyarme.
Tópico: SDI MANUAL 8.33% Y VARIABLES ASPEL NOI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2015 14:49:40 Asunto: SDI MANUAL 8.33% Y VARIABLES ASPEL NOI
Estimado foro, Esperando que estén de maravilla quisiera pedir su apoyo. Recién implementamos ASPEL NOI en la empresa y tenemos un conflicto para el calculo del SDI y variables. Adicional al aguinaldo y prima vacacional, se integra el % 8.33 porque se les da un alimento sin costo para ellos con base al ART 32 LSS. Me tope con que Aspel NOI no tiene una función para integrar este factor, por lo tanto tenemos que hacer este calculo de manera manual e integrarlo a los trabajadores como SDI 'CALCULADO'. Aunado a esto agregamos las variables durante el bimestre para notificarlo al IMSS. Mi pregunta es si alguien de ustedes tiene algún procedimiento que les funcione bien principalmente para como sustraer mediante un reporte el concentrado bimestral de las compensaciones variables o saber como lo hacen. El tema me ocupa mucho debido a que debemos minimizar los errores humanos en este tema. Agradezco de antemano sus finas y oportunas atenciones ya que estoy desesperado por el tema. Excelente tarde foro.
Tópico: Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal 3%
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2015 15:00:00 Asunto: Re: Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal 3%
En verdad Agradezco a todos la aportación. Muy contento de recibir este tipo de apoyo. En un momento mas le doy lectura.
Tópico: Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal 3%
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2015 10:26:31 Asunto: Re: Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal 3%
Muy buenos días a todos. Agradezco su amable contribución ya que ha sido de mucha ayuda, voy a leer la ley y les hago mis comentarios en el transcurso del día. Excelente semana.
Tópico: Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal 3%
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2015 16:45:31 Asunto: Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal 3%
Muy buenas tardes, Pido su apoyo sobre que ley regula el impuesto 3% citado en el rubro para así poder saber cuales son los conceptos de mi nómina que gravan 3% para el Estado de México. Que tengan una excelente tarde.
Tópico: ISR EN SEMANA REDUDICA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2015 15:48:31 Asunto: Re: ISR EN SEMANA REDUDICA
Enrique, Si estoy acudiendo al foro es porque tengo duda y busco es aprender. No he venido imponer algo que quiero aprender y que esta en cuestión, lo que busco saber es: ¿que es lo correcto y porque? para enfrentar una auditoria externa próxima. Cabe aclarar que no intento modificar tu pensar y criterio, al contrario, agradecí la explicación y la de los demás usuarios. El Artículo 32 Constitucional no contiene la fracción que menciona, ademas de hablar de la legislación de los Mexicanos que posean otra nacionalidad. Reitero y hago extensivo mi agradecimiento a ti y a los usuarios, la aportación fue de gran apoyo. Excelente tarde.
Tópico: ISR EN SEMANA REDUDICA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2015 13:02:02 Asunto: Re: ISR EN SEMANA REDUDICA
Buenas tareds a todos Estimado [quote]enrique9727[/quote], Gracias por la respuesta tan objetiva para este caso. Es cierto que conocimiento que no es compartido, no es bien aprendido. Así mismo te comento que me estoy adentrando en la parte de nominas, mas enfocado a lo fiscal en una organización y esto ha sido de mucho ayuda y día con día me estoy empapando mas del tema, no me gusta fallar y tampoco quedarme con dudas porque las cosas salen mal cuando uno las hace como piensa. Que tengas un excelente día y reitero mi agradecimiento.
Tópico: Descuento del 8.33% sobre el comedor
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 30, 2015 11:31:48 Asunto: Re: Descuento del 8.33% sobre el comedor
Hola, Primero dale una leída completa a estos artículos para que logres comprender el tema. Artículo 27 de la Ley del Seguro Social. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: V. La alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa a los trabajadores; se entiende que son onerosas estas prestaciones cuando el trabajador pague por cada una de ellas, como mínimo, el veinte por ciento del salario mínimo general diario que rija en el Distrito Federal. Artículo 32 de la Ley del Seguro Social. Si además del salario en dinero el trabajador recibe del patrón, sin costo para aquel, habitación o alimentación, se estimara aumentado su salario en un veinticinco por ciento y si recibe ambas prestaciones se aumentara en un cincuenta por ciento. Cuando la alimentación no cubra los tres alimentos, sino uno o dos de estos, por cada uno de ellos se adicionaran el salario en un ocho punto treinta y tres por ciento. Por cada alimento que le cubras a los trabajadores agregaras un 8.33% sobre su salario diario. Es decir si solo les una comida aplicara de la siguiente manera. Salario Diario. $ 100.00 Factor de integración prestaciones mínimas de ley: 1.0452 Salario Base de Cotización: 100*1.0452 = 104.52 Alimentación no onerosa: 100*8.33% =8.33 Tu Salario base de cotización correcto es de: 104.52 + 8.33 = $ 112.85 Espero haber contribuido.
Tópico: ISR EN SEMANA REDUDICA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2015 11:10:34 Asunto: Re: ISR EN SEMANA REDUDICA
Buenas tardes. Hola Silvestre, Muchas gracias por la aportación, creo estar en lo correcto según mi razonamiento. Hola Oziel, espero el comentario. Gracias Enrique9727, Juan Carm, La auditoria sera de un despacho de contadores externo. No encuentro el fundamento legal que 'regule' la semana reducida y es lo que necesito. El calculo se hace con la tabla mensual por el factor por los 7 días de la semana. Gracias a todos.
Tópico: ISR EN SEMANA REDUDICA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 18, 2015 11:19:46 Asunto: ISR EN SEMANA REDUDICA
Buenos días, Tengo duda referente a una nomina de semana reducida. Estoy migrando de Sistema de Nomina APSI a NOI Tengo empleados con 2 y 4 días de pago, y adicional mente pago compensaciones variables y por ende el proporcional del séptimo día. Utilizo tabla mensual sacando el factor de días por periodo Donde tengo duda es en lo siguiente. ¿El calculo del ISR - SUBSIDIO lo correcto es hacerlo con [b]'7'[/b] días como es una semana normal o con base a los días trabajados del periodo en este caso[b]'2'[/b] SD 191.57 SDO SEMANAL $ 383.14 PRIMA DOMINICAL $ 63.87 TOTAL PERCEPCIONES [b]$ 447.01[/b] NOI - Si es con '7' Días me sale SUBSIDIO =-$70.1985 APSI - Si es con '2' Días Me sale ISR = $18.0824 La discrepancia es que necesito el sustento legal para hacer frente a una auditoria próxima que tengo debido a que nos encontramos en migración de sistema APSI a NOI. Les agradezco mucho que se hayan tomado el tiempo de atender mi duda. Exclente tarde.

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