Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de crazy777

Autor Mensaje
Tópico: comprobacion de cheques con diversas facturas
crazy777

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2014 09:29:32 Asunto: Re: comprobacion de cheques con diversas facturas
Tengo una duda a cuanto a este tópico? Mi jefe realiza este tipo de cheques, pero yo me he equivocado y hemos realizado un cheque por una cantidad, el cual no debió de hacerse y cobrarse por 'X' razón, Ahora yo sabía que podía juntar otras facturas que no eran contempladas inicialmente para esa cantidad a realizar en un cheque, y que con que el conjunto de las cantidades d esas facturas fuera mayor a lo que hice el cheque, podía proceder. ¿está bien o la cantidad tiene que ser exacta?? Ejemplo: el cheque se realizó y cobro por 985.00 el conjunto de facturas que tengo en su total darían 986.50 Esto es valido??? Gracias...
Tópico: Gastos menores a $2000 pago efectivo
crazy777

Mensajes: 24
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2014 16:17:15 Asunto: Re: Gastos menores a $2000 pago efectivo
Tengo una duda a cuanto a este tópico? Mi jefe realiza este tipo de cheques, pero yo me he equivocado y hemos realizado un cheque por una cantidad, el cual no debió de hacerse y cobrarse por 'X' razón, Ahora yo sabía que podía juntar otras facturas que no eran contempladas inicialmente para esa cantidad a realizar en un cheque, y que con que el conjunto de las cantidades d esas facturas fuera mayor a lo que hice el cheque, podía proceder. ¿está bien o la cantidad tiene que ser exacta?? Ejemplo: el cheque se realizó y cobro por 985.00 el conjunto de facturas que tengo en su total darían 986.50 Esto es valido??? Gracias...
Tópico: Pago de multa INFONAVIT
crazy777

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 12, 2014 15:14:27 Asunto: Re: Pago de multa INFONAVIT
[quote]Les agradezco las opiniones que me puedan brindar sobre su experiencia en el pago de multas de INFONAVIT actualmente, pues recibí una por diferencia en pago de cuotas del año 2007. Por medio del SUA generé el archivo, pagamos en el banco las cuotas omitidas y tengo por pagar la multa y los honorarios por notificación.[/quote] evamgr, Tengo una situación similar, acaban de requerirnos por segunda ocasión la omisión de cuotas de diferencias del periodo 06-2007 y 02-2007 que nos fueron notificadas en enero-2012 y abril-2011 respectivamente, quisiera saber como es que generaste ese archivo SUA ya que empezamos a generar los pagos en el sistema SUA el año pasado, y no sé como o de dónde sacar la información que pide SUA para realizar un cálculo de diferencias, ¿Es el archivo SUA que necesito aquel que se guardaba en los discos 3 1/2? Por lo que comentas: [quote]Con relación a la prescripción que comenta Lucero, entiendo que el adeudo aún está vigente según el artículo 146 del CFF, ya que el requerimiento es del periodo 06 de 2007, cuyo pago debió realizarse en Enero de 2008; prescribiría hasta Enero de 2013 y me fue notificado en Septiembre de 2012. [/quote] Entiendo que en ambos casos no hay prescripción ya que nos notificaron en el periodo de 5 años, Enrique: [quote]Lo que pudiera hacer el contribuyente es preparar un escrito de inconformidad desconociendo la manera de como se aplico su PAE procedimiento administrativo de ejecucion. Solicitandose que se anulen las actuaciones de la autoridad, por lo que su cumplimiento omitido una vez regularizado, se convierte en un pago espontaneo, por tal motivo ya no procederia el pago de la multa[/quote] Usted me podria ayudar y ser más específico en que debe contener el escrito? Mi duda es porque al parecer se notificó antes del término de prescripción de los 5 años y ahora solicitan el pago nuevamente con una segunda notificación y quisiera saber si también podría usar este recurso del escrito?.
Tópico: Jornada laboral en un contrato
crazy777

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Agosto 07, 2014 15:53:30 Asunto: Re: Jornada laboral en un contrato
[quote]Asi como se establece esta clausulas en el contrato. El patron desea tener a disposicion un trabajador las 24 hrs disponible. Si no llega a laborar, es responsabilidad del trabajador. De verdad esto resulta ser congruente. Si no se indica, TU Sr. X, debes venir a trabaja cuando a mi se me ocurra, si no quiero, no vienes. Siempre hay que delimitar obligaciones y derechos, con demasiada claridad y precision. Referenciar articulos no es una suplencia de algun requisito legal que se debe constituir en la confeccion del contrato [/quote] Bueno le hice cambios, aunque aún no sé que tan mal está y disculpeme, pero no le entiendo, podría explicarse mejor con un lenguaje mas coloquial por favor... Estos son los cambios que hice: CUARTA.- Las partes acuerdan en que el “TRABAJADOR” prestará sus servicios de una jornada semanal laboral dentro de los días lunes a sábado, y dentro del horario desde las seis de la mañana a seis de la tarde, siendo el horario final laboral aquél establecido por la empresa semanalmente previo acuerdo con el trabajador, contando con 30 minutos para descanso y alimentos a la mitad de la jornada; todo ésto con fundamento en el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo y conforme al Capítulo V artículo 8 del Reglamento Interior de Trabajo de la empresa, así como de acuerdo a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Y para los que de verdad me preocupa, ya que varia su horario muchísimo y además trabajan semana reducida, lo cambie así: CUARTA.- Las partes acuerdan en que el “TRABAJADOR” prestará sus servicios de una jornada semanal reducida dentro de los días lunes a domingo, y dentro del horario desde las siete de la mañana a una de la mañana, siendo el horario final laboral aquél establecido por la empresa semanalmente previo acuerdo con el trabajador, contando con 30 minutos para descanso y alimentos a la mitad de la jornada; todo ésto con fundamento en el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo y conforme al Capítulo V artículo 8 del Reglamento Interior de Trabajo de la empresa, así como de acuerdo a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Gracias...
Tópico: Jornada laboral en un contrato
crazy777

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Agosto 07, 2014 14:08:12 Asunto: Re: Jornada laboral en un contrato
[quote]Realmente los horarios son establecidos cada semana?? y llevan el control y el aviso al trabajador cada semana??? Porque si no es así de nada sirve. [/quote] los horarios son semanales si, y el control es basicamente un formato con el horario establecido de esa proxima semana, eso lo manejan como el aviso, sin embargo este formato no esta firmado por el trabajador, lo que esta firmado es la lista de asistencia de la semana a tratar, que de manera ideologica deberia coincidir exactamente con el horario que se realizo una semana anterior. A qué te refieres especificamente en aviso al trabajador?? Yo sé que es una forma rara y complicada de hacer las cosas, pero haganselo entender a mi jefe. Si tienes una sugerencia te agradeceria.
Tópico: Jornada laboral en un contrato
crazy777

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 23, 2014 16:39:34 Asunto: Jornada laboral en un contrato
Hola a todos, mi pregunta es sobre qué opinan al respecto de la siguiente clausula para describir la jornada laboral en un contrato individual: ' Las partes acuerdan en que el “TRABAJADOR” prestará sus servicios de la jornada semanal laboral con fundamento en el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo y conforme al Capítulo V artículo 8 del Reglamento Interior de Trabajo de ésta relación laboral, así como de acuerdo a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, contando con 30 minutos para descanso y alimentos a la mitad de la jornada.' Y considerando que el RIT de este caso dice: 'La jornada semanal de trabajo tendrá una duración de 48 horas del turno diurno, 47.5 horas del turno mixto y 47 horas del turno nocturno. El horario u horarios que regirán en los distintos departamentos será establecido por la empresa semanalmente, previamente acordado con cada trabajador, de acuerdo a las necesidades de la misma y de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo en sus artículos correspondientes previo convenio con los trabajadores.' Quisiera saber qué opinan al respecto? ¿qué tan mal escrito está? Estamos realizando los contratos de trabajo y h e tenido algunas dudas al respecto, ya que el horario del personal varía constantemente por ser un restaurante y al haber muchas faltas de otros y demas. Gracias de antemano
Tópico: Cambios de porcentajes de aportaciones de seguridad social
crazy777

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 02, 2014 12:14:18 Asunto: Re: Cambios de porcentajes de aportaciones de seguridad social
pero y cuando se harán los cambios en los porcentajes?
Tópico: Cambios de porcentajes de aportaciones de seguridad social
crazy777

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 01, 2014 16:49:45 Asunto: Cambios de porcentajes de aportaciones de seguridad social
Yo solo tengo la duda, cuando seran estos cambios que desde enero se hablan que habra, en el sistema que manejamos para hacer la nomina siguen apareciendo los mismo porcentajes. no entiendo porque??
Tópico: Sustitucion patronal
crazy777

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 01, 2014 12:52:34 Asunto: Re: Sustitucion patronal
[quote]No se con que fin desean tener 2 patrones. Lo unico que pudieran estar complicandose las cosas porque si ustedes insisten en dos patrones, entonces hay dos relaciones laborales distintas, es decir el doble de los problemas que ya tienen, doble paga, doble responsabilidades. En las relaciones solo hay 1 patron y 1 trabajador, hablamos de las contrataciones individuales. En las colectivas 1 patron o representante de todos los patrones, 1 sindicato, que funje como representante de los trabajadores La relacion conyugal solo tiene efectos civiles en el matrimonio y nada tiene que ver los conyuges con las relaciones laborales, excepto si alguno de ellos la tuviese con trabajadores, el otro nada tiene que ver, salvo que retire bienes, inmiscuidos en la relacion laboral, se harian participes de cumplir con las relaciones laborales o que hagan actos de comision de su pareja. La sustitucion patronal es que el primer patron dejaria de serlo, entraria una segunda persona, pero siempre hay que darse el entendido que es cierto el movimiento, de no ser asi, todavia interviene ordenando el patron originario, simplemente complican mas las cosas, pues pudiera entenderse que ambas personas son patrones, ya que para ambos se les trabaja, y ambos se responsabilizarian sin limites por las obligaciones laborales[/quote] Entiendo completamente tu punto, y como es tan engorroso que haya dos patrones, se les ha sugerido que hagan el cambio de patrón, para que así todo trabajador tenga la relacion laboral solo con una persona, pero estoy ignorante del proceso de un cambio de sustitucion patronal en cuanto al idse y en cuanto a la parte laboral legal sobre la antiguedad? y no se si se tenga que realizar el finiquito normal o no procede realizar finiquitos porque la antiguedad en el puesto continua? y al darlo de alta en el idse con el nuevo patrón que fecha de alta debería ser? Son varias dudas pero gracias por leerme.
Tópico: Sustitucion patronal
crazy777

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 01, 2014 09:54:54 Asunto: Sustitucion patronal
Hola a todos, actualmnte estoy trabajando en una empresa que acaba de tener una inspeccion de la direccion de trabajo por parte de la secretaria de trabajo y prevision social lo que sucede es que encontraron muchas faltas a la ley del trabajo y tengo una duda, un abogado nos dijo que podiamos alegar que era una sociedad conyugal los patrones y por ende si están inscritos al IMSS con uno de ellos podemos alegar que es por el otro patrón, es decir juan y rosa, los dos son patrones y 3 trabajadores estan dados de alta al seguro con juan pero trabajan para rosa, el problema es que los dos estan dados de alta como patrones en el seguro. el inspector de trabajo nos dijo que todo lo que dijo el abogado no era cierto en la parte laboral y que debiamos hacer una sustitucion patronal, entonces cuando se hace una sustitucion patronal tengo entendidoque la antiguedad no se pierde, es cierto?? Lo d ela sociedad conyugal que nos dijo el abogado es mentira? y cómo se da de alta en el seguro? con que fecha?? Estos trabajadores nunca estuvieron dados de alta con la otra patrona tampoco. Gracias!!

Página: 1 2 3