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01/Jul/14 09:54
Sustitucion patronal

Hola a todos, actualmnte estoy trabajando en una empresa que acaba de tener una inspeccion de la direccion de trabajo por parte de la secretaria de trabajo y prevision social lo que sucede es que encontraron muchas faltas a la ley del trabajo y tengo una duda, un abogado nos dijo que podiamos alegar que era una sociedad conyugal los patrones y por ende si están inscritos al IMSS con uno de ellos podemos alegar que es por el otro patrón, es decir juan y rosa, los dos son patrones y 3 trabajadores estan dados de alta al seguro con juan pero trabajan para rosa, el problema es que los dos estan dados de alta como patrones en el seguro.

el inspector de trabajo nos dijo que todo lo que dijo el abogado no era cierto en la parte laboral y que debiamos hacer una sustitucion patronal, entonces cuando se hace una sustitucion patronal tengo entendidoque la antiguedad no se pierde, es cierto?? Lo d ela sociedad conyugal que nos dijo el abogado es mentira? y cómo se da de alta en el seguro? con que fecha??

Estos trabajadores nunca estuvieron dados de alta con la otra patrona tampoco. Gracias!!
 
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crazy777
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01/Jul/14 10:27
Re: Sustitucion patronal

No se con que fin desean tener 2 patrones. Lo unico que pudieran estar complicandose las cosas porque si ustedes insisten en dos patrones, entonces hay dos relaciones laborales distintas, es decir el doble de los problemas que ya tienen, doble paga, doble responsabilidades. En las relaciones solo hay 1 patron y 1 trabajador, hablamos de las contrataciones individuales. En las colectivas 1 patron o representante de todos los patrones, 1 sindicato, que funje como representante de los trabajadores

La relacion conyugal solo tiene efectos civiles en el matrimonio y nada tiene que ver los conyuges con las relaciones laborales, excepto si alguno de ellos la tuviese con trabajadores, el otro nada tiene que ver, salvo que retire bienes, inmiscuidos en la relacion laboral, se harian participes de cumplir con las relaciones laborales o que hagan actos de comision de su pareja.

La sustitucion patronal es que el primer patron dejaria de serlo, entraria una segunda persona, pero siempre hay que darse el entendido que es cierto el movimiento, de no ser asi, todavia interviene ordenando el patron originario, simplemente complican mas las cosas, pues pudiera entenderse que ambas personas son patrones, ya que para ambos se les trabaja, y ambos se responsabilizarian sin limites por las obligaciones laborales
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Jul/14 12:52
Re: Sustitucion patronal

No se con que fin desean tener 2 patrones. Lo unico que pudieran estar complicandose las cosas porque si ustedes insisten en dos patrones, entonces hay dos relaciones laborales distintas, es decir el doble de los problemas que ya tienen, doble paga, doble responsabilidades. En las relaciones solo hay 1 patron y 1 trabajador, hablamos de las contrataciones individuales. En las colectivas 1 patron o representante de todos los patrones, 1 sindicato, que funje como representante de los trabajadores

La relacion conyugal solo tiene efectos civiles en el matrimonio y nada tiene que ver los conyuges con las relaciones laborales, excepto si alguno de ellos la tuviese con trabajadores, el otro nada tiene que ver, salvo que retire bienes, inmiscuidos en la relacion laboral, se harian participes de cumplir con las relaciones laborales o que hagan actos de comision de su pareja.

La sustitucion patronal es que el primer patron dejaria de serlo, entraria una segunda persona, pero siempre hay que darse el entendido que es cierto el movimiento, de no ser asi, todavia interviene ordenando el patron originario, simplemente complican mas las cosas, pues pudiera entenderse que ambas personas son patrones, ya que para ambos se les trabaja, y ambos se responsabilizarian sin limites por las obligaciones laborales


Entiendo completamente tu punto, y como es tan engorroso que haya dos patrones, se les ha sugerido que hagan el cambio de patrón, para que así todo trabajador tenga la relacion laboral solo con una persona, pero estoy ignorante del proceso de un cambio de sustitucion patronal en cuanto al idse y en cuanto a la parte laboral legal sobre la antiguedad? y no se si se tenga que realizar el finiquito normal o no procede realizar finiquitos porque la antiguedad en el puesto continua? y al darlo de alta en el idse con el nuevo patrón que fecha de alta debería ser?

Son varias dudas pero gracias por leerme.
 
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crazy777
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07/Jul/14 09:01
Re: Sustitucion patronal

Disculpe mi insistencia, son dos esposos 1 ya es patron, y desea el cambio de patron. ¿Cual es la razon GENUINA? en realidad se desea el cambio porque la segunda persona fungira como patron efectivo y se encarga de los trabajadores o tan solo para IMSS confundirlo y perder al primero en sus obligaciones

El mismo formato que se aplico para la alta de patronal tiene la opcion de hacerse como sustitucion patronal, haga de cuenta que se hace de nuevo el tramite completo igual que la primera vez, casi todo igual. El primer patron no deja de inmediato todas sus obligaciones continuara siendo responsable solidarios por 6 meses, de las responsabilidades

Pero otro detalle adicional que pocos patrones consideran en cuenta, deben formularse contratos nuevos con el segundo patron. Lo ideal que el primer patron liquide y finiquite todas sus obligaciones patronales con cada uno de los trabajadores, si no lo hace de alguna manera deben negociarse y liquidarlos a todos. Pero en el segundo contrato a veces se acostumbra hacer nuevos arreglos.

Tampoco se liquida o terminan los contratos en lo obscurito, se debe ir a la junta de conciliacion y arbitraje y ahi finiquitarlos

El problema de una sustitucion patronal es que deben involucrarse obligatoriamente las voluntades de los trabajadores, pues ellos son la otra mitad de las relaciones laborales, sin ellos no son posible la creacion de nuevos nexos laborales, ni tampoco las terminaciones de los anteriores
 
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enrique9727
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