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29/Ene/18 08:49
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

Buen día.

De acuerdo con la opinión de Neonato. Para eso son precisamente las claves, en este caso, para decir que UN CFDI SUSTITUYE A OTRO (NO SON DOS VENTAS). Emitir un CFDI no quiere decir que se deba de acumular un ingreso, ni debe de presentar complementaria, pues la operación se dió en septiembre.

Saludos.
 
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calexgonzalez
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29/Ene/18 11:50
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

Buen día.

En mi opinión, el comprobante de egresos se maneja solo en los casos de 'devoluciones, descuentos y bonificaciones'.

En el caso de cancelación de CFDI se da por corrección de errores, sustituyendo este por otro con los datos correctos y plasmando la leyenda que he comentado para ser mas claro en caso de alguna aclaración en el futuro.

El detalle que veo en este caso, es que estamos hablando de un ejercicio diferente. Pero bueno, es cuestión de evaluarlo, yo sin problemas lo sustituiría, es mas, solicitaría a mi cliente una carta en hoja membretada solicitando dicha corrección, para dar mas soporte a tal situación.




Editado: Enero 29, 2018 11:51:17
 
 
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neonato
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29/Ene/18 12:15
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

De acuerdo con la opinión de Neonato
¿Te refieres a la opinión primera de neonato?, no me lo tomes a mal, y lo digo como amigos y cuates pero en serio ¡no mami blu!

Para eso son precisamente las claves, en este caso, para decir que UN CFDI SUSTITUYE A OTRO (NO SON DOS VENTAS).

Al pie de la letra, tal cual se lee lo anterior, por supuesto que son dos ventas (dos CFDIs de ingresos), la venta esta duplicada.
Emitir un CFDI no quiere decir que se deba de acumular un ingreso
.
Al pie de la letra, tal cual se lee lo anterior, por supuesto que debes acumular el ingreso si haces un cfdi de ingreso.
ni debe de presentar complementaria

Si nos vamos al deber ser contable por supuesto que debe presentarse la complementaria.
En mi opinión, el comprobante de egresos se maneja solo en los casos de 'devoluciones, descuentos y bonificaciones'.

De acuerdo. Entonces di que lo haces por una bonificación del 100% y no por un error de RFC .

Olvídate de las cancelaciones, haz un cfdi de egreso y rehaz el cfdi de ingreso, es mas fácil hacerlo así.

calexgonzalez , ¡¡te volaste la barda!! :) :)

Ojala haya replica tuya.
Saludos.

Editado: Enero 29, 2018 12:57:23
 
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federico_
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29/Ene/18 14:02
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

Fede ¿Es en serio eso de que piensas es imposible cancelar los CFDI?

Digo, no encuentro el fundamento, por eso lo pregunto, no sea que me haya perdido de algo novedoso.
 
 
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neonato
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29/Ene/18 14:56
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

¿Dónde dije eso, puedes poner el texto en donde se supone lo dije?.

El deber ser:
Para el tema en cuestión hay dos opciones:
1) Cancelas el CFDI de Septiembre 2017, Haces el nuevo CFDI y presentas complementaria de pago provisional de ISR entre otras cosas de Sep 2017
2) o Haces CFDI de egreso y vuelves a hacer CFDI de ingreso y eso es todo.

Yo recomiendo la opción 2, el que preguntó que decida.

Cancelar facturas no le gusta al SAT, ¿no ves los candados que ya empieza a poner para evitar esta practica?

Olvidémonos de las cancelaciones, vayamos por la opción 2, a no ser que te guste batallar con los requisitos de las cancelaciones que prontamente entrar en vigor obligatoriamente.

Saludos.



Editado: Enero 29, 2018 15:01:05
 
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federico_
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29/Ene/18 15:00
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

¿Para que les suena que sea el tipo de relación 04 'Sustitución de los CFDI previos'?

A mí me suena que va exactamente en estos casos sin necesidad de cancelar el anterior. Son casos atípicos, claro.

La opción de emitir CFDI de tipo 'E' como bonificación (que estaría mal de entrada pues no es una bonificación), implicaría acumular dos veces el ingreso y deducir hasta la anual, siendo que, ni hay dos ingresos-ventas (solo dos CFDI y uno sustituyendo a otro), ni hay una bonificación.

Decir que se deba de acumular dos veces equivaldría a decir que se puede deducir dos veces, ¿ahí ya vamos a decir que no, porque no se dió dos veces la operación, verdad? ah, pues tampoco acumulamos dos veces solo porque se emitieron dos CFDI donde uno corrige-sustituye al otro y está bien relacionado con sus respectivas claves que sacó el SAT para estos casos.

Saludos.
 
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calexgonzalez
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29/Ene/18 15:14
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

Hola calexgonzalez , gracias por responder.
Sugiero vayamos por puntos, que te parece si vemos este primero y luego así los demás:
ok bien empecemos con este:
¿Para que les suena que sea el tipo de relación 04 'Sustitución de los CFDI previos'?
A mí me suena que va exactamente en estos casos sin necesidad de cancelar el anterior. Son casos atípicos, claro.

Exacto así suena, coincido contigo, totalmente de acuerdo.

Pero desafortunadamente no es el criterio del SAT, si lo haces así estas duplicando el ingreso, por favor chécalo en el portal del SAT, chécalo en tu programa de contabilidad (se duplica el ingreso) a continuación la respuesta del SAT específicamente en este tema:

[11:37:12] puedo rehacer el CFDI en Enero 2018 (sin cancelar el CFDI de Septiembre 2017) aplicando la clave 04 sustitución de cfdis previos)
[11:37:15] ??
[11:39:58] MARIA Para sustituir se cancela primero la factura , de no realizarlo se duplica el ingresos
[11:40:08] federico : ok gracias
[11:40:19] MARIA El SAT, le agradece utilizar nuestros servicios que tenga buen día.



Otra:

15:56:23] federico : Es claro que quiero cancelar el CFDI del 5 de Enero, pero a fuerza necesito cancelarlo? o lo puedo hacer como ya lo expliqué?
[15:56:25] con otro cfdi de ingreso del 29 de enero del 2018 simplemente agregando en el nodo CFDI relacionados la clave 04 Sustitución de los CFDI previos??
[15:57:59] ALEJANDRO ¿Puede permitirme un momento por favor?, necesito revisar su consulta
[15:58:11] federico : ok gracias

[16:01:10] ALEJANDRO Gracias por su espera, en línea cuanto a su consulta le informo que es recomendable realizar la cancelación del CFDI generado el 05 enero para evitar duplicidad de ingresos.

[16:01:37] federico : ok gracias
[16:01:42] ALEJANDRO ¿Tiene alguna duda de la información que le proporcioné?
[16:01:49] federico : es todo
[16:01:55] ALEJANDRO El SAT le agradece utilizar nuestros servicios, que tenga excelente tarde.



Editado: Enero 29, 2018 16:40:34
 
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federico_
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30/Ene/18 10:05
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

La cancelación de una factura por modificación de sus datos no puede dar espacio para presentar una complementaria del periodo al que corresponde dicha factura, ya que, conforme a LISR e LIVA el efecto fiscal ya se dio.
 
 
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neonato
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30/Ene/18 11:08
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

No estoy de acuerdo con tu comentario neonato.

Insisto, el que preguntó que decida.

Mi opinión:
En el deber ser
Si cancelas la factura por el motivo que gustes, la factura está cancelada, ¡pum no existe!, chécalo en tu programa de contabilidad
Lo anterior da origen a que en Septiembre del 2017 presentaste ingresos de mas y eso origina que debes presentar todas las complementarias necesarias.

Desde un principio dije que asumía que no había pago sobre dicha factura por lo tanto la ley del IVA nada tiene que ver aquí porque no tuvo efectos fiscales para IVA, no sé ni porque se menciona.


Editado: Enero 30, 2018 11:39:50
 
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federico_
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30/Ene/18 12:17
Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018

Deja anoto eso de que el 'programa de contabilidad' es superior a las mismísimas Leyes Fiscales, quizá me sirva para algún amparo.

Por lo que veo, tu criterio está basado en la práctica y en lo que los del chat del SAT te comentan, eso para mí es algo en verdad poco fiable.

Saludos
 
 
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