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12/Jul/11 19:20
Pago de erogaciones por cuenta de terceros

Buenas tardes a todos:

Estoy en un dilema del que pido me ayuden por favor.

Presente una solicitud de devolución de saldo a favor de IVA, en respuesta la autoridad nos ha notificado un oficio de requerimiento de información y documentación.

En uno de los puntos de su oficio nos indica que de la información proporcionada con la solicitud observan que se han expedido algunos cheques de reembolso de gastos a un agente aduanal, por ello nos solicitan que les comprobemos que los pagos por gastos que efectuó dicha agencia aduanal por cuenta de nosotros, se efectuaron con cheque nominativo o vía transferencia electrónica cumpliendo con lo establecido el el Art. 31 Fracc. III de la LISR en relación con el Art. 35 del RLISR.

Al respecto mi punto de vista es el siguiente:

El Art. 35 del RLISR establece lo siguiente:

'Art. 35. Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos, o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley'.

Por otra parte el Artículo 31 fracción III en su fracción primera, establece lo siguiente:

'Art. 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las de las disposiciones fiscales ...'

De la interpretación de estas dos disposiciones concluyo lo siguiente:

Cuando un contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero(como es mi caso) deberá observar dos requisitos:

1. Expedir cheques nominativos a favor del tercero o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa.

2. Cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales

Es decir, en ningún lado de la lectura del Art. 35 del RLISR se desprende que los pagos efectuados por el tercero también deban de cumplir los requisitos del art. 31 fracción III de la LISR, solo y únicamente habla de los requisitos que deben contener los comprobantes.

De esta forma, me parece que la autoridad me está requiriendo algo no no establecen las disposiciones fiscales o que quizas esté mal interpretando la disposición del Art. 35 del RLISR.

Ustedes que opinan, me pueden ayudar por favor a aclarar mi dilema.

Gracias
 
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Cheyene
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12/Jul/11 19:34
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

que se han expedido algunos cheques de reembolso de gastos a un agente aduanal

Hola, el agente aduanal es el tercero, ENTONCES, SE DEBE CUMPLIR CON ESTO.........'Art. 35. Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, [...], deberá expedir cheques nominativos a favor de éste ......O SEA, CHEQUE A FAVOR DE (NOMINATIVO) JUAN PEREZ (TERCERO, AGENTE ADUANAL),

ME TEMO QUE SI SOLO GIRASTE CHEQUES DE , COMO DICES , REEMBOLSO, ...SIN CUMPLIR CON LA NORMA, .....LA AUTORIDAD , TIENE RAZÓN

Saludos
 
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lobozac
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13/Jul/11 10:17
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

Y los reembolsos o pagos al Agente Aduanal fueron con cheque nominativo o transferencia electrónica?
 
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CP_PACO
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13/Jul/11 12:01
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

deberá expedir cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley'.



Son dos condicionantes que hay que cumplir.....observa lo remarcado....


saludos
 
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CPhugoocejo
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13/Jul/11 13:36
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

Muchas gracias por sus respuestas, contesto sus dudas:

Si, efectivamente la empresa expidió cheque nominativo a nombre de la Agencia Aduanal y se depositó en la cuenta bancaria del mismo, con esto se da cumplimiento al primer requisito establecido en el Art. 35 del RLISR.

'Art. 35. ................deberá expedir cheques nominativos a favor de éste.....' (se refiere al tercero, es decir al Agente Aduanal)

En el segundo requisito es donde difiero de la interpretación de la autoridad:

'Art. 35. ..............y cuando dicho tercero (interpreto que es el Agente aduanal) realice pagos por cuenta del contribuyente (interpreto que es la empresa), éstos (interpreto que se refieren a los pagos) deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del Art. 31 Fracción III de la Ley'.

A su vez el Art. 31-III dice lo siguiente:

Art. 31-III. estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales.....'

de la interpretación armonica de estos dos preceptos, yo concluyo que este segundo requisito solo se refiere a que cuando el agente aduanal realice los pagos por cuenta de la empresa, éstos (es decir los pagos) deberán estar amparados con documentación que reuna los requisitos del Art. 31-III LISR, es decir con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales, tal y como lo señala dichoprecepto.

Sin embargo la autoridad pretende que los pagos efectuados por el agente aduanal por cuenta de la empresa, deban hacerse con cheque nominativo de la cuenta del agente aduanal, tarjeta de credito, etc.......

En ninguna de las disposiciones que acabo de analizar se establece esta obligación, por lo que me parece que la autoridad está mal interpretando las disposiciones.

Estaré en lo correcto? agradeceré sus comentarios
 
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Cheyene
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13/Jul/11 13:48
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

ESTAS EN LO CORRECTO............TU INTERPRETACION ES LA ADECUADA..PERO ESOS CHES CUADRADOS. LO QUE QUIEREN ES QUE TE COJA EL TORO .......

Y ES QUE, SE HA DISCUTIDO, INCLUSO AQUI EN EL FORO QUE SE HAGA ASI COMO DICEN ESOS BRUTOS........

Y YO DIGO, ENTONCES PARA QUE CARAJOS QUIEREMOS AMPARARNOS EN ESE ART 35 ???????

O SEA, PONIA EL EJEMPLO.............SI UN CHOFER DE LA EMPRESA, EFECTUA GASTOS Y QUIEREN QUE LE DEPOSITEMOS A SU CUENTA.....Y QUE ESTA DEBA SER DE CHEQUES.........PARA QUE A SU VEZ, ÉSTE, GIRE CHEQUES NOMINATIVOS Y PARA ABNO EN CUENTA............TAMOS JODIDOS !!!!!!!!!!!........A POCO EL CHOFER VA A QUERER METERSE EN BRONCAS DE CHEQUERAS Y CUANTA MADR.........IMPLICA ESO ?

ME LATE QUE VAS A TENER QUE DEMOSTRARSELOS EN RECURSO Y POSIBLEMENTE EN LITIGIO

SALUDOS
 
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lobozac
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13/Jul/11 14:12
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

Y LUEGO COMO CHIN......AOS,.....VAMOS A CUMPLIR A CABALIDAD CON EL PRECEPTO--SUPONIENDO QUE TUVIERAN RAZON ESOS IMBECILES--........SI EL MISMO DICE........efectúen mediante cheque nominativo DEL CONTRIBUYENTE !!!!!!!!!!!!!!

III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado

O SEA, ENTONCES LE DEBEMOS DECIR AL TERCERO, ....MIRA PAGAS POR MI..........TE VOY A DEPOSITAR O A GENERARTE UN CHEQUE NOMINATIVO (ART 35 RISR)...........PARA QUE A SU VEZ LO DEPOSITES A MI CUENTA (LA DEL CONTRIBUYENTE)..........LUEGO GIRAS UN CHEQUE DE MI CUENTA (CONTRIBUYENTE), ......wath ????????? Y YA PAGAS......NO MA,..........EN...........

QUE ESTUPIDEZ ES ESTA !!!!!!!!!!!!!!

EL 31 FRACCION TERCERA.......ES PARA CUANDO EL CONTRIBUYENTE HACE LOS GASTOS.............EL ..........A TRAVEZ DE SU CHEQUERA

EL 35 ES PARA CUANDO REQUERIMOS APOYARNOS EN UN TERCERO PARA EFECTUAR LOS PAGOS......Y LE GENERAMOS A ESE TERCERO UN CHEQUE A SU NOMBRE (NOMINATIVO), HASTA AQUI !!!!!!!!!...........NI SIQUIERA PARA ABONO EN SU CUENTA (COMO MUCHOS NECEAN).........PORQUE SI FUERA ASI, PARA ABONO, EL TERCERO NOS VA A MANDAR A LA CHI,..........Y VA A DECIR.........ME VAS A HACER APERTURAR UNA CUENTA ????? CON TODAS LAS BRONCAS QUE ESO IMPLICA .......TODAVIA TE VOY A HACER EL FAVOR DE APOYARTE........

REPITO, DESGRACIADAMENTE, VAS A TENER QUE IRTE POR E LADO DE LA DEFENSA LEGAL-FISCAL

COMENTAS ?

GRACIAS


SALUDOS
 
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lobozac
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13/Jul/11 14:51
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

Estimado LOBOZAC:

Agradezco tus comentarios muy elocuentes por cierto, con esto tengo mas confianza de discutir el tema con estos señores del SAT, lamentablemente sí, son muy cerrados y quién sabe quien los asesore para interpretar de una manera absurda las disposiciones fiscales, tengo que irme con cautela porque se trata de una devolución de IVA y no quisiera irme al pleito, aunque si no me queda otra lo tendré que hacer.

Ojalá fueran profesionales en su trabajo, pero creo que es como querer sacar agua de las piedras.

Gracias nuevamente, saludos
 
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Cheyene
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13/Jul/11 14:53
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

Sin embargo la autoridad pretende que los pagos efectuados por el agente aduanal por cuenta de la empresa, deban hacerse con cheque nominativo de la cuenta del agente aduanal, tarjeta de credito, etc.......


Tu como contribuyente no puedes ir más allá de lo que hace en este caso el tercero, tu cumpliste con lo marcado en ley de expedir cheque nominativo o transferencia al agente aduanal, ya la forma en como éste último finiquito las facturas es otro boleto.
 
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CP_PACO
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13/Jul/11 15:07
Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros

Gracias Paco por tu respuesta, me es de utilidad

Saludos
 
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Cheyene
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