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Tópico: SIPRED y VEDIFI ¿Juntos en la misma PC?
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Software Enviado: Agosto 15, 2005 Asunto: SIPRED y VEDIFI ¿Juntos en la misma PC?
¿Estos dos programas pueden estar instalados en la misma PC? en el SAT me dicen que no. Al intentar acceder al SIPRED me marcó un error y consulté en información del SAT, allí me dijeron que era por esa causa. ¿Que opinan?
Tópico: programa de devoluciones y compensaciones
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Software Enviado: Agosto 15, 2005 Asunto: Re: programa de devoluciones y compensaciones
Hola compañeros, yo proporcioné la copia del software de devoluciones a esta página (Fiscalia) y lo he instalado en varias computadoras y en ocasiones marca error por la falta de algún archivo. El programa si funciona solo hay que buscar y copiar los archivos que te indica que no existen el la carpeta C:\windows\system o system 32 y trabajará bien. Les sugiero que sean un poco mas específicos cuando inicien un tópico y tengan un problema con algo y no decir solamente "No funciona". Saludos. Mi correo es calfaro@intertax.com.mx si quieren saber mas acerca de este programa.
Tópico: NECESITO HACER PAGOS PROVICIONALES DE PF
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto: Re: NECESITO HACER PAGOS PROVICIONALES DE PF
Me pongo a sus órdenes mi correo es calfaro@intertax.com.mx Contáctenme y les envío archivos de excel con el procedimiento para el cálculo de los impuestos. Salu2. :)
Tópico: duda???
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto:
Disposiciones Transitorias 2005 Para los efectos de lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicarán las siguientes disposiciones: I. Para el ejercicio fiscal de 2005, se estará a lo siguiente: f) Para los efectos del artículo 114 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se calculará el subsidio correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 114 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2004
Tópico: duda???
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto:
Es correcto que tome el dato del Art. 114. Enseguida te fundamento mi opinión. Saludos.
Tópico: partes exentas de un Finiquito
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto:
Art. 109 LISR.- No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: X. Los que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, así como los obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y los que obtengan los trabajadores al servicio del Estado con cargo a la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro, prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, hasta por el equivalente a noventa veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente por cada año de servicio o de contribución en el caso de la subcuenta del seguro de retiro, de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez o de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro. Los años de servicio serán los que se hubieran considerado para el cálculo de los conceptos mencionados. Toda fracción de más de seis meses se considerará un año completo. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.
Tópico: partes exentas de un Finiquito
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto:
Art. 109 LISR.- No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: X. Los que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, así como los obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y los que obtengan los trabajadores al servicio del Estado con cargo a la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro, prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, hasta por el equivalente a noventa veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente por cada año de servicio o de contribución en el caso de la subcuenta del seguro de retiro, de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez o de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro. Los años de servicio serán los que se hubieran considerado para el cálculo de los conceptos mencionados. Toda fracción de más de seis meses se considerará un año completo. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.
Tópico: REQUERIMIENTO ASALARIADO
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto:
Yo lei en alguna parte de la WEB del SAT que al presentar la Declaración Informativa quedaban inscritos los trabajadores al RFC. Voy a buscar el fundamento.
Tópico: zona geografica
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto:
RESOLUCION DEL H. CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA COMISION NACIONAL DE LOS SALARIOS MINIMOS QUE FIJA LOS SALARIOS MINIMOS GENERALES Y PROFESIONALES VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2005. PRIMERO.- Las áreas geográficas en que para fines salariales se ha dividido a la República Mexicana, son las que se señalan a continuación con un número progresivo, denominación y definición de su integración municipalSE RESUELVE II.- Area geográfica "B" integrada por: los municipios de Guadalajara, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan, del Estado de Jalisco; los municipios de Apodaca, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina, del Estado de Nuevo León; los municipios de Altar, Atil, Bácum, Benito Juárez, Benjamín Hill, Caborca, Cajeme, Carbó, La Colorada, Cucurpe, Empalme, Etchojoa, Guaymas, Hermosillo, Huatabampo, Imuris, Magdalena, Navojoa, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, San Ignacio Río Muerto, San Miguel de Horcasitas, Santa Ana, Sáric, Suaqui Grande, Trincheras y Tubutama, del Estado de Sonora; los municipios de Aldama, Altamira, Antiguo Morelos, Ciudad Madero, Gómez Farías, González, El Mante, Nuevo Morelos, Ocampo, Tampico y Xicoténcatl del Estado de Tamaulipas, y los municipios de Coatzintla, Poza Rica de Hidalgo y Túxpam, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Tópico: zona geografica
cesaralfaro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto:
Checa el DOF del 22 de diciembre del 2004.

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