Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de feliperod

Autor Mensaje
Tópico: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
feliperod

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2012 13:30:01 Asunto: Re: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
Así es CP_PACO; al parecer, Fiscalia leyó este tópico y aportó un análisis excelente. Entonces, esa idea de enrique9727 de que el saldo a favor tenía que estar presentado a través de DyP es equivocada. Gracias, saludos a todos.
Tópico: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
feliperod

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 18, 2012 14:54:17 Asunto: Re: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
Saludos. ¿Dónde dice que se tendrán que presentar los anexos del programa F3241? La regla menciona que los obligados a dictaminar sus estados financieros presentarán el aviso [u]acompañado[/u] de los anexos; por lo que, a contrario sensu, si no estoy obligado a dictaminar mis estados financieros, ya no presento el aviso ni, obviamente, a sus compañeros (los anexos). ¿Estaré interpretando mal?
Tópico: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
feliperod

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2012 17:41:50 Asunto: Re: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
Sí, pero [u]sólo los que se ubiquen en alguno de los supuestos del artículo 32-A del CFF[/u]; es decir, los que estén obligados a dictaminarse; los demas, en mi opinión, no.
Tópico: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
feliperod

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2012 18:02:43 Asunto: Re: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
. [i]Editado: Febrero 15, 2012 18:04:26[/i]
Tópico: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
feliperod

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2012 18:02:35 Asunto: Re: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
. [i]Editado: Febrero 15, 2012 18:04:07[/i]
Tópico: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
feliperod

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2012 18:01:31 Asunto: Re: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
Hola CP_PACO, gracias por tu respuesta; sin embargo, ¿ya checaste la regla miscelánea I.2.3.4.? Al parecer, ya no se presentarán los avisos de compensación (ni siquiera por haber compensado IVA), siempre y cuando no estés obligado a dictaminarte o seas un gran contribuyente. ¿Es correcta mi apreciación? Esperemos más comentarios.
Tópico: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
feliperod

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2012 16:01:57 Asunto: ¿Ya no se presenta aviso de compensación?
Qué tal, buenas tardes a todos. En 2012 todas las PM deberán presentar sus pagos provisionales a través del Sistema de Declaraciones y Pagos (pagos referenciados). Si una PM que no dictamina, y mucho menos es gran contribuyente, en su pago provisional del mes de enero 2012 compensa un saldo a favor de IVA vs ISR, ¿está ahora eximido de presentar el aviso de compensación? Mucho les agradeceré sus comentarios. Saludos...
Tópico: Clasificación de productos para IVA
feliperod

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2011 16:17:05 Asunto: Re: Clasificación de productos para IVA
Muchas gracias por sus comentarios, y muy buena aportación a_cano, créeme que me sirvió mucho esa tesis. ¡Saludos!
Tópico: Clasificación de productos para IVA
feliperod

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2011 10:52:42 Asunto: Re: Clasificación de productos para IVA
Hola Ramusa. ¿Tú consideras que, en este caso, el suplemento alimenticio en cápsulas es un [u]microencapsulado[/u], y, por lo tanto, gravado a la tasa general del IVA? No estoy muy seguro, pero me parece que un microencapsulado es otra cosa.
Tópico: Clasificación de productos para IVA
feliperod

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2011 08:36:07 Asunto: Clasificación de productos para IVA
Qué tal, buenos días a todos, les molesto con una consulta, de antemano gracias por sus opiniones y comentarios. En la empresa hay dos productos que están a la venta, son suplementos alimenticios: 1) MEGA CLEAN en presentación de hojas secas para preparar un líquido bebible. 2) MEGA CLEAN en presentación de cápsulas orales. El contador general de la empresa nos dijo que, dado que son suplementos alimenticios, estos productos tienen un tratamiento especial para IVA, y nos dijo que la primera presentación en hojas secas grava el IVA a la tasa general del 16%, ya que es una bebida distinta de la leche, aún que se trate de un suplemento alimenticio; sin embargo, nos dijo que la segunda presentación, la de cápsulas orales, grava el IVA a la tasa del 0%, por tratarse de un suplemento alimenticio que no es líquido, sino sólido. ¿Cuál es su opinión sobre este criterio? Se me hace extraño, ya que es un mismo producto, sirven para lo mismo, son suplementos alimenticios, y lo único que cambia es la presentación y su forma de ingerirlo. Agradezco de antemano sus opiniones.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16