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Tópico: compra de un avion
jjrojoglez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2006 Asunto: Re: compra de un avion
Yo trabajo para una compañia cuyo giro es la transportación comercial de personas como aerotaxi privado, y coincido con el colega que te menciona que hay que tener en regla las bitacoras con sus registros al día. En nuestro caso nuestra compañía esta sujeta a las regulaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil, hay que tener al día bitacoras de mantenimiento, seguros de la aeronave, permisos expedidos por la dependencia para volar, elaboración de estadisticas mensuales para la DGAC, pago del SENEAM (derechos por uso del espacio aereo, es mensual en base a las horas de vuelo) para todos estos asuntos nos asesoramos con un despacho en la cd de méxico, le pgamos una iguala mensual y nos apoya en todo lo relacionado a la Dirección Gral de Aeronautica Civil incluso para el calculo de los pagos del SENEAM, el despacho se llama Consultores Juridicos Aeronauticos SC, telefonos 01 (55) 55163603, 5552731759, contacto Armando Reyes. Mi catalogo de cuentas esta diseñado en base a la información estadistica que me pide la DGAC y al cumplimiento de obligaciones fiscales. En Materia fiscal, te sugiero observar muy bien lo relativos a liquidaciones de gastos de viaje de la tripulacion ya que por la naturaleza de sus funciones tienes que darles gastos de viaje por comprobar y observar las disposiciones establecidas en la ley para su deduccion, montos maximos de alimentos, hospedajes, rentas de autos, etc., deberas tramitarles tarjetas de crédito corporativas y marcarles politicas de gastos de viaje por escrito. Cualquier duda en especifico estoy a tus órdenes.
Tópico: Permiso sin goce de sueldo
jjrojoglez

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 09, 2006 Asunto: Permiso sin goce de sueldo
Estimados y finos colegas: Ahora con lo del mundial un empleado de la compañia se nos va por 30 día, resulta que de esos 30 día 5 son de vacaciones y el resto es permiso sin goce de sueldo por parte de la compañia, en el reglamento de Infonavit art. 33 no me deja lugar a dudas de como manejar su situación, sin embargo en ley de imss o reglamento no encuentro que opcines me da la ley para manejar este asunto. Como la ven? Si algun guligan lo agrediera y lo enviara a mejor vida, podrían sus familiares reclamar la pension por muerte? Lo doy de baja a los 15 día y regresando lo vuelvo a dar de alta. Saludos, gracias mil por tu h atencion al presente
Tópico: DEPRECIACION FISCAL
jjrojoglez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2006 Asunto:
La ley permite al contribuyente determinar el costo de sus productos conforme a dos sistemas: Costeo Absorvente Costeo Directo Para deducir el 100% de las inversiones en mi opinion debiste costear tus productos en base al sistema de costeo directo. En este sistema formaran parte del costo los elementos que varien en funcion con los volumenes producidos que son la materia prima consumida, la mano de obra y los gastos de fabricacion, pudiendo deducir al 100% en el ejercicio los gastos fijos que no varian en funcion de la produccion como son la depreciación, la renta, etc., el 45A te da la opcion segundo parrafo. Cuando te refieres al 45C, no te dice que tienes que deducir el 100% de la depreciaciones, sino que a diferencia de los fines comerciales si nos dedicamos a fabricar que conceptos debemos incluir en el costo. saludos
Tópico: trat fiscal accionista, miembro consejo ad con func de gte
jjrojoglez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2006 Asunto: trat fiscal accionista, miembro consejo ad con func de gte
Apreciables colegas: Agradecere sus puntos de vista, recientemente se constituyo una SA con 2 socios mismos que forman el consejo de administracion, uno de los socios y miembro del consejo se va a hacer cargo del negocio, es decir van a recaer en el funciones gerenciales tales como administración y ventas, me comentan que se pretende asignarle un sueldo quincenal libre de impuestos por 15, mil, que tratamiento fiscal me sugieren: a) Pagarle honorarios como miembro del consejo de administracion aplicando la tasa maxima del 177 LISR, en cuyo caso solo a él le pagaría los honorarios y no al socio no. 2, obviamente no existiría obligacion de afiliarlo al IMSS.? b) Manejar un contrato de honorarios asimilables a sueldos y que en independencia de sus funciones como miembro del consejo de administración se contraten las funciones como una gerencia delegada y aplicar las tablas del 113 y 114. (Cual seria la responsabilidad ante el IMSS)? c) Manejar un contrato como empleado de la SA con el nombramiento de Gerencia Administrativa, dandolo de alta en el IMSS? Saludos y gracias mil por sus opiniones. J Javier Rojo

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