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Autor | Mensaje |
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Tópico: SER APODERADO LEGAL ME OBLIGA A PRESENTAR ALGUNA DECLARACION ANTE SHCP | |
pacatelas Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2015 18:06:40 Asunto: Re: SER APODERADO LEGAL ME OBLIGA A PRESENTAR ALGUNA DECLARACION ANTE SHCP |
Desde el aeropuerto, le voy a solicitar que de contestación al siguiente tema, para saber si le fue de utilidad o no: [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=52167&idCat=10[/url] bendiciones | |
Tópico: cuanto cobrar? que criterio seguir? | |
pacatelas Mensajes: 11 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2015 17:12:14 Asunto: Re: cuanto cobrar? que criterio seguir? |
Rumbo al aeropuerto de Monterrey con mi asistente, que tal Fabroc, te paso el siguiente enlace: [url]http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/N/noti-0907201301_%28cuanto_debe_cobrar_un_contador_por_sus_servicios%29/noti-0907201301_%28cuanto_debe_cobrar_un_contador_por_sus_servicios%29.asp[/url] es de otro pais, pero es un parametro. bendiciones | |
Tópico: EL SAT ME BLOQUEO MI SELLOS DE FACTURACION QUE HACER | |
pacatelas Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2015 13:48:40 Asunto: Re: EL SAT ME BLOQUEO MI SELLOS DE FACTURACION QUE HACER |
Desde la Ciudad de Monterrey, disfrutando un rico cabrito con los Maestros Gerardo Ornelas y C.P Hugo Ocejo, señorita entiendo su desesperación, quiero imaginar que hizo el procedimiento que dicta la ficha 47/CFF para 2015, así como dice el enlace: [url]http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/tramites/comprobantes_fiscales/Paginas/ficha_47_cff.aspx[/url] Ademas: ,[quote] ADEMAS QUE HAY UNA QUEJA ANTE LA PRODECON POR SU PROCEDIMEINTO ADMINISTRATIVO,[/quote] No hay mas que esperar respuesta. bendiciones | |
Tópico: Beneficio IVA Constructores-Que proveedores incluir | |
pacatelas Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2015 12:19:33 Asunto: Re: Beneficio IVA Constructores-Que proveedores incluir |
Desde la ciudad de las Montañas: ¿ Podrías compartir tus experiencias y conocimientos? Creo seria ideal de esa forma para que los colegas se sumen a la causa. bendiciones | |
Tópico: IVA EN ALIMENTOS | |
pacatelas Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2015 12:13:42 Asunto: Re: IVA EN ALIMENTOS |
Desde el ICPNL, dos preguntitas: 1- ¿Existe un proceso de transformación? 2- ¿ o PROCESO que llevas a cabo para obtener al chicharrón prensado? :evil: bendiciones | |
Tópico: REPECOS AHORA RIF EXENTOS PTU | |
pacatelas Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2015 18:48:20 Asunto: Re: REPECOS AHORA RIF EXENTOS PTU |
En el hermoso atardecer de Puebla, En primer lugar, se origina desde la Constitución articulo 123, después en el 121,122 LFT, para que lleve una secuencia y pum, ahora si, el 126. :evil: Bendiciones | |
Tópico: REPECOS AHORA RIF EXENTOS PTU | |
pacatelas Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2015 18:24:16 Asunto: Re: REPECOS AHORA RIF EXENTOS PTU |
En Puebla, otra preguntita: ¿ Que ley manda laboralmente hablando sobre el ISR? :evil: bendiciones | |
Tópico: REPECOS AHORA RIF EXENTOS PTU | |
pacatelas Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2015 17:47:38 Asunto: Re: REPECOS AHORA RIF EXENTOS PTU |
Desde Puebla, unas preguntitas: 1 -¿ La LISR te remite a la LFT ? 2- ¿ Cuando entro en vigor los RIF para repartir utilidades, si es que las tuviste? :evil: bendiciones | |
Tópico: requisito de las deducciones para isr y para ietu | |
pacatelas Mensajes: 25 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2015 17:13:45 Asunto: Re: requisito de las deducciones para isr y para ietu |
[quote]Voy a calcular mi pago provisional de septiembre y dentro de mis deducciones tengo una factura expedida en septiembre 2008 pero esta efectivamente pagada hasta octubre 2008 pregunta ¿cumplo con el requisito de que este efectivamente pagada en el ejercicio? desde mi punto de vista sí pregunta la puedo considerar en mi pago provisional de septiembre? otra vez dese mi punto de vista sí Espero que se entienda la escencia de la dudar.[/quote] Desde la ciudad de Puebla. El tema no es revivir a un muerto, sino una petición que me llego a mi correo de un colega a despejar (aunque sinceramente considero que el colega Enrique9717 tuvo los argumentos muy correctos para dejar en claro la consulta al colega cpenrique1) pero tratare de aportar al tema. Empezare con unas preguntas al cp_enrique1: 1- ¿La ley de ISR se basa en lo devengado o en el flujo de efectivo? 2- ¿Tiene algún fundamento o juris, tesis para deducir erogaciones no pagadas en el mes? A mi parecer es totalmente improcedente lo que usted señala. Tiene ud la palabra, si puede. :evil: | |
Tópico: Empresas que facturan por personas que prestan un servicio y no se dan de alta en el SAT | |
pacatelas Mensajes: 23 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2015 10:40:00 Asunto: Re: Empresas que facturan por personas que prestan un servicio y no se dan de alta en el SAT |
Desde la Ciudad de Puebla, hola y buen día colega Vero, en verdad me gusta su estilo, me identifico con su forma de dar respuesta a los comentarios en general. Por ello le daré una respuesta en esa misma sinfonía: No se preocupe por la conciencia de los seres humanos, es algo que usted y yo jamás podremos cambiar, sino por sus propios actos. En su propia paja. El mundo no lo podrá cambiar. El papel del Juez del Mundo le corresponde al Creador, no a usted ni a mí. Retomando el tema, y como también le señale, es su opinión, si usted dice que se queda con el 108 CFF, bueno, es su sentir, o si menciona que esta fuera de tema el 94 LISR, adelante, sin embargo nunca menciona lo motivos lógico-jurídicos, solo observa un punto, pero insisto, es solo su opinión, al menos a mí, no va a convencerme de lo contrario. Tampoco emitiré con precisión que es lo que se haría en todo el proceder, sino solo di la opción, lo demás queda en el consultante indagar. Agradezco el comentario sobre la diferencia de estrategia y lo incorrecto, lo conozco perfectamente, pero temo que hacer lo incorrecto como usted lo manifiesta es una apreciación tan ambigua como decir sin hechos que todos están equívocos y usted, solo usted tiene la verdad absoluta, insisto y reitero, sin argumentos lógicos-jurídicos, Por ello para un servidor es solo una opinión, solo eso. Y en el mundo de los impuestos, la interpretación, aplicación de las leyes es tan vasta que no se sitúa en un solo artículo. Tenemos muy claro la distinción de criterio con conocimiento, donde el primero es el clímax o conclusión final de un análisis a conciencia y aplicación de leyes, proveniente del estudio diario que en este caso los contadores hacemos para dar un servicio de calidad y que a la postre se llama conocimiento. Por ello considero que en este punto que usted vierte, en lo absoluto tiene que ver su comentario con el desarrollo del tema. Bendiciones y excelente día. |
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