25/Jun/04 13:30
HOLA, :)
UNA PERSONA MORAL COMPRO GUIAS PREPAGADAS PARA EL SERVICIO DE PAQUETERIA, LA FACTURA TIENE EL SUBTOTAL IVA Y TOTAL DEL PRECIO PAGADO.
MI DUDA ES ¿EN ESTE CASO EN DONDE QUEDA LA RETENCION DEL IVA POR EL SERVICIO DE FLETE?
GRACIAS 8O
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NORMAMONTIEL
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25/Jun/04 14:36
Re: GUIAS PREPAGADAS
:) hola:
ESPERO TE SIRVA EL COMENTARIO, ESA RETENCION DE IVA SE MANEJA COMO SI FUESE LA DE UN FLETE NORMAL, ESA RETENCION LA MANDAS A IMPUESTOS POR PAGAR COMO RET DE IVA .
ESPERO TE ACLARE TU DUDA.
C.P. ARMANDO ARENAS
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Contador_2780
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25/Jun/04 14:37
A VER SI TE ENTENDI.- PARECE SER QUE NO RETUVISTE EL 4% DE IVA.-
PERSONA MORAL CON PERSONA MORAL NO SE
RETIENE.
PERO SI ES PERSONA MORAL A FISICA SI DEBES
RETENERLE
ASI QUE SOLICITALE AL PROVEEDOR QUE TE
HAGA UNA FACTURA CON LA RETENCION DEL IVA
NO SE QUE OPINEN LOS DEMAS.
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trinidad
Cabo
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25/Jun/04 14:43
Re: GUIAS PREPAGADAS
La retencion del 4% para fletes se debe de realizar independientemente de la personilidad juridica es decir, no importa si la compra se hace a persona fisica o moral, de persona fisica o moral.
Pero para que proceda la retencion la factura debe decir expresamente flete, en caso de que el concepto sea paqueteria no se realiza retencion.
EML
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eml
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25/Jun/04 14:55
Re: GUIAS PREPAGADAS
Hola,
Estoy de acuerdo con EML es importante que ubiques exactamente el servicio que te estan prestando, ya que la mensajeria no se considera para la retención del 4%, y si el servicio es flete lo correcto seria solicitar un cambio de factura que incluya dicha retención.
Buen fin de semnana,
Lorohe
Lo importante es compartir el conocimiento¡
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Lorohe
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25/Jun/04 14:58
Re: GUIAS PREPAGADAS
Hola
Si lo que te está cobrando son las guías, o sea el papel, pues no tienes porque retenerle nada...
Saludos 8)
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Jah_Jireh
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25/Jun/04 15:06
Re: GUIAS PREPAGADAS
Considero que lo que te cobran es el servicio, no el papel, el papel solo es el medio para que compruebes que puedes hacer uso de ese servicio.
Aqui la pregunta cual es el servicio que estas pagando?
EML
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eml
Sargento Segundo
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25/Jun/04 16:32
Re: GUIAS PREPAGADAS
el articulo 1-A inciso c) de la ley de iva dice que deberan efectuar la retencion del impuesto que se les traslade los contribuyentes que reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes mediante reglas de caracter general se estipula que la retencion sea del 4%. Sin embargo en una consulta que se hecha al sat ( no recuerdo exacatamente los datos ) acerca de que si procedia la retencion en los servicios de mesajeria y paqueteria la secretaria contesto que no, porque segun la ley de caminos puentes y autotransporte federal el servicio de mensajeria no se considera autotrasporte terrestre de carga.
Espero te sirva de algo mi comentario y se aclare tu duda
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.
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cp_enrique
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28/Jun/04 10:29
Re: GUIAS PREPAGADAS
En definitiva a los servicios de mensajeria no se les debe de efectuar la retencion del 4%, solo a los servicios de fletes.
No tengo el fundamento a la mano pero dejen lo busco.
Saludos
Marco Antonio
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Marco_a
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