16/Ene/18 21:59
Obligaciones por caso accidentales
Buenas noches, me acabo de dar de alta ante el SAT como persona física con actividad empresarial y profesional, mi actividad económica es Servicios de consultoría en computación con el 100%
En mi ACUSE DE MOVIMIENTOS DE ACTUALIZACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL me aparece las siguientes obligaciones:
Pago de IVA por actos accidentales -> 15 días hábiles siguientes a aquél en que se venda el bien o preste el servicio.
Pago provisional esporádico de ISR por servicios profesionales. Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales -> Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la obtención del ingreso.
Declaración anual de ISR. Personas Físicas. -> A más tardar el 30 de abril del ejercicio siguiente.
¿Que significa las dos primeras? Pues la tercera entiendo que es la declaración anual que todos hacen.
Otra duda...
Ahora bien, en el 2017 me di de alta también con el mismo régimen pero mis obligaciones eran diferentes, solo estuve activo durante tres meses y suspendí mis actividades y tenia obligaciones sobre declaraciones cada mes pero ahora lo veo y es diferente.