23/Nov/17 14:38
Re: ANTICIPOS CON CFDI EGRESOS 3.3
Que tal kahuna,
En cuanto a tu duda, primeramente debe tener en cuenta que el anticipo lo acumulas en el mes en que lo recibes y cuando emitas tu CFDI por el total de la operación, puedes optar por acumular el monto total menos el anticipo recibido (independientemente del esquema de facturación que elijas), esto de conformidad con la regla 3.2.25 adicionada en la 2da. modificación a la resolución miscelánea para 2017 publicada el 18 de julio de 2017.
La diferencia entre ambos esquemas es que en uno emites un CFDI tipo egreso y en el otro, solo facturas el remanente directo, aunque el primer esquema requiere de un timbre extra y si tu empresa factura mucho anticipo, obviamente existiría una notable diferencia en dinero entre el primero y el segundo.
Personalmente, se me hace más cómodo el de aplicación de remanente, pues te ahorras más papeles y lo que facturas es lo que declaras. Nada más ten en mente que el anticipo se aplica proporcionalmente a todos los artículos del CFDI por el monto total.
Espero esto sea de tu ayuda.
Saludos
'La duda no es sinónimo de inseguridad, pero sí es indicio de sabiduría'