21/Mar/16 12:17
Re: IVA TRASLADADO AL EXTRANJERO
Que tal Tostadas,
Eso de no desglosar el IVA, no ccreo.
Como sabes la Ley del IVA establece que quienes enajenen bienes, deberán trasladar el 16% de impuesto (art 1).
En el articulo 2-A, se establecen algunos bienes que se gravan con una tasa del 0% (cero por ciento), en su fracción IV, se establece que
'El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes
IV.- La exportación de bienes o servicios, en los términos del artículo 29 de esta Ley.'
En este sentido, si tu esas exportando los productos, entonces tienes que trasladar el cero por ciento de impuesto.
El 29 de la LIVA te establece los requisitos para calcular el IVA al 0%, en enajenación debe considerarse exportación definitiva de conformidad con la Ley Aduanera, y debes de contar con el pedimento de exportación correspondiente para soportarlo.
Si tu venta es a una empresa de Estados Unidos pero la entrega es en territorio nacional y el aprovechamiento de los bienes es en territorio nacional, entonces si debes de trasladar el impuesto.
Saludos