25/Sep/14 18:03
Re: SE ACUMULA ISR EN SUBSIDIO DE GOBIERNO?
Envio publicación de Jurisprudencia al respecto:
Tesis: VII-J-SS-114
Página: 7
Época: Séptima Época
Fuente: R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 33. Abril 2014
Materia:
Sala: Pleno
Tipo: Jurisprudencia
ESTÍMULOS FISCALES. NO SON INGRESOS ACUMULABLES PARA EFECTOS
DEL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SALVO QUE
SE ESTABLEZCA EXPRESAMENTE LO CONTRARIO EN EL INSTRUMENTO
JURÍDICO QUE LE DÉ ORIGEN.-
De conformidad con los artículos 25 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos se tiene que mediante la creación de estímulos fiscales, el Estado procura
fomentar, entre otros aspectos, el empleo, la inversión en actividades prioritarias y el
desarrollo regional; de lo que resulta que para la consecución de los objetivos apuntados,
el Estado, a través del otorgamiento de estímulos fiscales, les confiere a los
contribuyentes un beneficio o premio, para que éstos lo apliquen contra ciertos impuestos
federales. Ahora bien, lo anterior no implica que la contribución desaparezca ni que se
exima al contribuyente del pago de la contribución, sino que el sujeto originalmente
obligado al pago del tributo es relevado de su pago y la carga impositiva la asume el
Estado, provocándose con ello que los mencionados estímulos incidan positivamente en
el patrimonio del contribuyente, al reducirle la base impositiva, lo cual resulta ser el
beneficio que se persigue otorgar a las personas a las que va dirigido. En ese sentido, no
se estima admisible considerar que los aludidos estímulos fiscales constituyan ingresos
acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta, pues con ello prácticamente se
haría ineficaz y nugatorio el fin perseguido por los estímulos fiscales; sin que ello impida el
que en los instrumentos jurídicos mediante los cuales se concedan éstos se pueda
establecer expresamente que tales estímulos sí deban considerarse con ese carácter,
siendo éste el único caso en que serán ingresos gravables.
Contradicción de Sentencias Núm. 3726/10-05-01-1/Y OTRO/1625/13-PL-05-01.-
Resuelta por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 22 de enero de 2014, por unanimidad de 11 votos a favor.-
Magistrado Ponente: Guillermo Domínguez Belloc.- Secretaria: Lic. Praxedis Alejandra
Pastrana Flores.- Encargada del Engrose: Lic. Gabriela Badillo Barradas. (Tesis de
jurisprudencia aprobada por acuerdo G/15/2014)
Salu2