Foros


Inicio » Laboral

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
28/Ago/14 13:56
Re: PREVISION SOCIAL

Buena tarde:

También hay que tomar en cuenta los recientes Criterios normativos del IMSS, podrán consultarlos ingresando al siguiente enlace:

http://asesoresmaldonado.com/criterios-normativos-del-imss/

Saludos

Editado: Agosto 28, 2014 13:57:07
 

 
Perfil

a_cano
Teniente Coronel

Mensajes: 2294
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Ago/14 14:24
Re: PREVISION SOCIAL

mmmmm, era de esperarse.

Eso de los recibos digitales ya vinieron a hacer su efecto global.
 
Perfil

cpallares
Capitán Primero

Mensajes: 875
Ingresó: Marzo 08, 2012
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Ago/14 14:39
Re: PREVISION SOCIAL

Muchas gracias a todos por sus participaciones en apoyo y aclaración de nuestras dudas.
 
Perfil

cpallares
Capitán Primero

Mensajes: 875
Ingresó: Marzo 08, 2012
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/14 19:11
Re: PREVISION SOCIAL

No hay que olvidar algunas cosas como sigue:

LFT solo rige para las relaciones laborales, problemas entre patron y trabajador(es)
LISR solo rige para el tributo del Ingreso (en el caso del trabajador) las deducciones (para el patron)
LSS rige unicamente esta materia de la seguridad social, con el IMSS
LINFONAVIT rige unicamente esta materia de la seguridad social, con el INFONAVIT

Las disposicione de una ley no amplian su marco de accion de otras leyes, solo el ambito particular de la ley misma. Es LISR con ISR, jamas entrara la LISR a LFT

La prelacion de importancia es la LFT primero siempre, posteriormente la ley especial en los demas ambitos, que se acomode. Sin la LFT no opera, no opera las demas leyes especiales.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2