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23/Abr/14 14:54
METLIFE

Hola buenas tardes, una persona fisica asalariado, recibe en 2013 la cantidad de 400,00.00 y le descuentan el 20% por concepto de un seguro de vida (metlife)de una persona fisica que no tiene ningun parestesco, y el contribuyente si esta obligado a presentar su declaracion anual, en la constancia que recibe esta en otros ingresos, mi duda es si toda la cantidad es gravada o bien existe alguna exencion? de antemano gracias por su ayuda
 
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FERNANDO25
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23/Abr/14 20:10
Re: METLIFE

FERNANDO comentas:
le descuentan el 20% por concepto de un seguro de vida (metlife)


Es una prestación de la empresa.??

Pregunto: la póliza esta a nombre de la empresa, o a nombre de EL.

Podrías ampliar la pregunta
 
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vabdo
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23/Abr/14 20:39
Re: METLIFE

Buena noche:

...le descuentan el 20%...


Mi estimado, no es un descuento, es una retención...

Saludos

Editado: Abril 23, 2014 20:39:29
 

 
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a_cano
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23/Abr/14 21:05
Re: METLIFE

Buena noche:

Por una parte, me permito transcribir texto extraído de la GUIA PARA LA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE 2011, DE PERSONAS FISICAS QUE CUENTAN CON PRODUCTOS DE SEGUROS Y AFORE, consultada en la Web:


Otros pagos de instituciones de seguros:

Son acumulables los pagos que las instituciones de seguros paguen a los asegurados y beneficiarios que no se consideren intereses ni indemnizaciones del artículo 109 fracción XVII y el artículo 158 de la LISR.
Cuando las primas de seguros sean pagadas por el empleador, las indemnizaciones que se paguen a personas distintas del cónyuge o concubina y ascendientes y descendientes en línea recta son acumulables.
En estos casos las instituciones de seguros deberán efectuar retención aplicando la tasa del 20% sobre le monto de las cantidades pagadas sin deducción alguna.

MetLife entrega una constancia de retenciones a las personas que perciban este tipo de ingresos. En dicha constancia se establece el monto gravado (monto acumulable), monto exento y el ISR retenido en su caso. Los beneficiarios de los seguros de vida que sean personas distintas a las mencionadas en el segundo párrafo deberán acumular estos ingresos, siempre y cuando el seguro haya sido pagado por el empleador del asegurado.

Por otra, el artículo 167 de la LISR vigente en 2013, dispone lo siguiente:

Artículo 167. Se entiende que, entre otros, son ingresos en los términos de este Capítulo los siguientes:



XVI. Las cantidades que paguen las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios, que no se consideren intereses ni indemnizaciones a que se refiere la fracción XVII del artículo 109 y el artículo 158 de esta Ley, independientemente del nombre con el que se les designe, siempre que la prima haya sido pagada por el empleador, así como las que correspondan al excedente determinado conforme al segundo párrafo de la fracción XVII del artículo 109 de esta Ley. En este caso las instituciones de seguros deberán efectuar una retención aplicando la tasa del 20% sobre el monto de las cantidades pagadas, sin deducción alguna.

Cuando las personas no estén obligadas a presentar declaración anual, la retención efectuada se considerará como pago definitivo. Cuando dichas personas opten por presentar declaración del ejercicio, acumularán las cantidades a que se refiere el párrafo anterior a sus demás ingresos, en cuyo caso podrán acreditar contra el impuesto que resulte a su cargo, el monto de la retención efectuada en los términos del párrafo anterior.

Saludos

Editado: Abril 23, 2014 21:07:34

Editado: Abril 23, 2014 21:33:36

Editado: Abril 23, 2014 21:36:08
 

 
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a_cano
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24/Abr/14 13:20
Re: METLIFE

en este caso, es un amigo del contribuyente le puso como benefecuario en el seguro de vida, sin ningun parentesco y en la constancia de metlife, todo es gravado y con una retencion del 20% al acumularlo con los ingresos por sueldos y salarios le resulta un saldo a acargo de 40,000.00 . en este caso por lo que comentan es ingreso gravado, pero por que a los que no tienen obligacion de presentar declaracion anual, es pago definitivo y castiga al que si tiene obligacion de elaborar dicha declaracion. Muchas gracias por sus comentarios
 
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FERNANDO25
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24/Abr/14 13:30
Re: METLIFE

en este caso, es un amigo del contribuyente le puso como benefecuario en el seguro de vida, sin ningun parentesco y en la constancia de metlife, todo es gravado y con una retencion del 20% al acumularlo con los ingresos por sueldos y salarios le resulta un saldo a acargo de 40,000.00 . en este caso por lo que comentan es ingreso gravado, pero por que a los que no tienen obligacion de presentar declaracion anual, es pago definitivo y castiga al que si tiene obligacion de elaborar dicha declaracion. Muchas gracias por sus comentarios
 
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FERNANDO25
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24/Abr/14 13:48
Re: METLIFE

Buena tarde:

Gracias también a tí por darle seguimiento.

Ya quisiera que alguién me dejara algo así, aunque tuviera que pagar...

Saludos
 

 
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a_cano
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24/Abr/14 17:29
Re: METLIFE

Si, pero eso paso en febrero del 2013 y actualmente ya se gasto el dinero y no tiene con que pagar, pues no sabia que tenia que acumularlos a sus otros ingresos y mucho menos que que tenia que pagar esa cantidad, pero en fin, no se si alguien sepa si existe alguna jurisprudencia en donde se haga referencia a una violacion al principio de equidad tributaria, por eso de que algunas personas fisicas la autoridad les considera la retencion como pago definitivo y a otras no. Gracias a todos
 
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FERNANDO25
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26/Abr/14 09:28
Re: METLIFE

Buen día:

…por eso de que algunas personas físicas la autoridad les considera la retención como pago definitivo y a otras no…


A veces las cosas no son como uno la piensa…

En este caso, si esta persona no hubiera estado obligada a presentar declaración anual y la retención por la cantidad de $ 80,000.00, la hubiese considerado como pago definitivo, estaría pagado ISR demás, ya que efectuando el cálculo anual sobre los $400,000.00 aplicando la tarifa del artículo 177 del 2013, arroja un ISR de $ 75,850.81, por lo tanto el ISR pagado demás sería de $4,149.19.

Recordemos que la tarifa del impuesto de renta es una tarifa progresiva, esto es que entre mayor sean los ingresos mayor será su impuesto, efecto que se esta dando en este caso, al determinar la base para ISR, ya que se están acumulando ingresos por salarios y la cantidad pagada por la institución de seguros, al acumular ambos ingresos, mayor será el pago del impuesto.

Saludos

Editado: Abril 26, 2014 09:29:19
 

 
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a_cano
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27/Abr/14 09:44
Re: METLIFE

En el articulo167 fracc XVI dice:' que siempre y cuando la prima haya sido pagada por el empleador', en ste caso la persona fisica contrato y pago directamante la prima a metlife, el empleador no intervino para nada, ahi que aplicaria? y por otra parte este ingreso va en el capitulo de otros ingresos? no se podria considerar como un legado? muchas gracias por sus comentarios.
 
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FERNANDO25
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