Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
02/Abr/14 18:44
VENTA DE VEHICULO USADO

HOLA.
UNA PERSONA MORAL REGIMEN GENERAL DE LEY, EL DIA DE HOY. LE VA A COMPRAR UNA CAMIONETA USADA A UNA PERSONA FISICA ASALARIADO.QUIEN DEBE DE EXPEDIR EL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET. CUAL SERIA EL FUNDAMENTO LEGAL.
DE ANTEMANO MIL GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.
 
jfcortiz
 
Perfil

juanfcortizg
Subteniente

Mensajes: 131
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Abr/14 21:43
Re: VENTA DE VEHICULO USADO

Hola Juan:

Te copio la regla por vehiculos usados:

Comprobación de erogaciones en la compra de vehículos usados
I.2.7.3.4. Para los efectos del artículo 29, último párrafo del CFF, las personas físicas a que se refiere la regla I.2.4.3., fracción IV, que hayan optado por inscribirse en el RFC a través de los adquirentes de sus vehículos usados, podrán expedir CFDI cumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del citado ordenamiento, para lo cual deberán utilizar los servicios que para tales efectos sean prestados por un PSECFDI, en los términos de la regla II.2.5.2.1., a las personas a quienes enajenen los vehículos usados. Los contribuyentes señalados en esta regla que ya se encuentren inscritos en el RFC, deberán proporcionar a los adquirentes de los vehículos usados, su clave en el RFC, para que se expidan CFDI en los términos de la regla II.2.5.2.1.
En estos casos, el mecanismo a que se refiere el párrafo anterior se considerará como “certificado de sello digital”, para efectos de la expedición de CFDI, por lo que los contribuyentes que ejerzan la opción prevista en esta regla, cuando se ubiquen en los supuestos del artículo 17-H, fracción X del CFF, les será aplicable el procedimiento establecido en la regla I.2.2.3. y no podrán solicitar certificados de sello digital o, en su caso, no podrán optar o continuar ejerciendo las opciones a que se refieren las reglas I.2.2.4., I.2.7.1.21. o II.2.5.2.1., en tanto no desvirtúen o subsanen las irregularidades detectadas.
CFF 29, 29-A, RMF 2014 I.2.2.3., I.2.2.4., I.2.4.3., I.2.7.1.21., II.2.5.2.1.


saludos


Editado: Abril 02, 2014 21:44:41
 
Perfil

Cone34
Capitán Primero

Mensajes: 635
Ingresó: Noviembre 21, 2013
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Feb/15 19:15
Re: VENTA DE VEHICULO USADO

Buenas noches compañeros.

Los molesto pues tengo una duda con respecto a este tema.

Algunas agencias de automóviles presentan estas situaciones frecuentemente pues compran a personas físicas quienes en muchos casos son asalariados, sus vehículos usados. Las agencias en la práctica ayudan a la persona a emitir un CFDI por el auto, como única ocasión, con el fin de que la agencia pueda deducir la compra.

En estos casos, ¿la persona física tendrá que acumular dicho ingreso? Particularmente en la empresa quieren comprar un vehículo a una persona física y si con este procedimiento, la persona no acumula, ¿entonces podemos aconsejar a la persona que facture igual?

Gracias por su apoyo.
Atte, Raquel
 
Perfil

rparra01
Soldado

Mensajes: 15
Ingresó: Febrero 12, 2014
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1