09/May/13 17:06
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
Buena tarde:
¿Hay evasión si se abusa de deducciones?
Saludos
Editado: Mayo 09, 2013 17:16:16
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a_cano
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09/May/13 18:26
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
Hola FISCIVAN11:
La ropa para las personas físicas con actividades profesionales o empresariales, entre otras, no solamente es un gasto estrictamente indispensable, sino obligatorio.
Por lo tanto no le veo problema alguno en considerar la compra de ropa como deducible.
Saludos
PD.- Puedes consultar las leyes de tu estado y verificar si las personas físicas pueden andar sin nada de ropa en lugares públicos, esto es, fuera de su hogar y no ser detenidas por la policía.
lo que menciona es una utopia, no tiene nada que ver si una persona no usa ropa , y que si la detienen, muy distinta a con la deducibilidad, aun y lo fundamente en el 31 LISR, en lo estrictamente indispensable...........la razon es simple, es improcedente, puesto ese numeral se refiere a las deducciones autorizadas, esto en union al 29 LISR.......y la verdad bastante ambiguo dicho concepto............hay otra forma de deducir la ropa al 100%...pero no como lo comenta.......la respuesta es. sociedad conyugal, en su caso, podria aplicarse.
saludos
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GOrnelas
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10/May/13 08:55
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
Buen día LC.GONZALEZ:
¿en tu revisiones no te han objetado dicha deduccion?
Nunca y cabe aclarar que me han revisado en forma directa y también en los casos que he solicitado devoluciones de ISR o de IVA en las cuales se le envían al SAT todos los comprobantes de gastos, jamás han objetado los comprobantes de ropa.
Desde luego esos gastos de ropa no son representativos respecto al total de los gastos totales.
Saludos
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CHAVALON
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10/May/13 09:05
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
Buen día FISCIVAN11:
Realmente no le entiendo plenamente a tu duda respecto a la actividad.
Ahora bien, volviendo a lo de la ropa me llama la atención lo siguiente que mencionas:
LOS MONTOS
QUE NO SON NADA CONGRUENTES EN CUANTO AL GASTO COMUN EN UNA PERSONA SON TAN ALTOS QUE SE PRESUMIRÍA QUE LA ROPA FUE PARA VARIAS PERSONAS
Entonces no estás seguro que la ropa la utilizó el contribuyente solamente ?
Saludos
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CHAVALON
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10/May/13 09:28
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
Gracias CHAVALON,
Pagina facebook: Despacho contable gonzalez y ac
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LC.GONZALEZ
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10/May/13 11:33
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
En mi caso he tenido la misma experiencia que CHAVALON.
y la autoridad no a puesto objecion a la deduccion.
Claro, que no son gastos muy altos, cuando mucho llegan al 5% del total (en el periodo a declarar).
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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10/May/13 12:40
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
La ropa para las personas físicas con actividades profesionales o empresariales, entre otras, no solamente es un gasto estrictamente indispensable, sino obligatorio.
Estimado chavalon quisiera saber si le ha revisado la autoridad esta partida en especifico o por no ser representativa no la han revisado, y con que fundamento lo soportas.
En el caso que se esta comentando aqui, si es deducible la ropa si te dedicas a publicidad del tipo de edacanes puesto que ahi si serian estrictamente indispensable.
Seria tan amable SR. Chavalon de pasarme el fundamento para deducir la ropa de mi cliente persona fisica se dedica a la obogacia y le gusta vestir gucci, chanel etc.
NO ESPERES LA VERDAD ABSOLUTA, FORMA TU PROPIO CRITERIO...
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CPTERAN
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10/May/13 14:13
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
No cabe duda CHAVALON que muchos veces observamos la ley a conveniencia, por citar un ejemplo, en el tema de compensación que genero polémica, usted mismo expuso que apoyaba lo escrito en la ley, pero no estaba de acuerdo con algunos colegas que pudieron obtener en la práctica el citado , pero ahora por cantidades módicas y en este tema de “ ropa “, obvio en la práctica, que le acepta el fisco, ahora si está de acuerdo. También yo me curare en salud, pero me parece no es congruente en los comentarios donde expone su opinión, en los temas antes señalados, en fin. Volvemos a lo mismo, no todo está escrito en la ley.
saludos
Editado: Mayo 10, 2013 14:18:25
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GOrnelas
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11/May/13 11:52
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
GOrnelas:
“No cabe duda CHAVALON que muchos veces observamos la ley a conveniencia. .por citar un ejemplo, en el tema de compensación que genero polémica, usted mismo expuso que apoyaba lo escrito en la ley, pero no estaba de acuerdo con algunos colegas que pudieron obtener en la práctica el citado…
Buen día!!
Perdón por meter mi cuchara…
En lo personal, no considero haber contradicción alguna en los comentarios de Chavalón (Saludos), ya que la diferencia entre un planteamiento y el otro, es diferente…En este caso, la ropa y calzado que consideró como deducción, tuvo “revisión directa” por parte de las autoridades y no fueron objetados por la misma, no así en el polémico caso de compensación, puesto que aquí sólo se contaba con un acuse de aceptación por la misma autoridad, pero “sin la revisión de la misma”… Cabe mencionar, que cuando se realiza una compensación por internet, al momento de consultarla en “Servicio de aviso, detalles de nota”, al calce dice:
“La recepción del presente aviso no implica la procedencia y aceptación de la compensación realizada, quedando a salvo las atribuciones de la autoridad fiscal para revisar la misma”.
(Esta leyenda sale, ya teniendo el No. de control).
¿en tu revisiones no te han objetado dicha deduccion?
Nunca y cabe aclarar que me han revisado en forma directa y también en los casos que he solicitado devoluciones de ISR o de IVA en las cuales se le envían al SAT todos los comprobantes de gastos, jamás han objetado los comprobantes de ropa.
Salu2!!!
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memoli
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13/May/13 11:27
Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
colega:
me parece no leyo adecuadamente, unicamente me referi a ' estar de acuerdo '...
fin de novela...y con esto termino mi participacion en este tema
saludos y excelente inicio de semana
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GOrnelas
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