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18/Abr/12 09:36
Re: REDUCCION A MEDIA JORNADA Y MEDIO SUELDO

Todo convenio obligatoriamente debe realizarse ante la Junta. No hacerlo asi, es como haber hecho exactamente la nada. Continua vigente el actual contrato laboral sin modificacion alguna.

Usted solicita lo justo. Desgraciadamente le anticipo que lo justo no se pudiese darse. Lo justo es que continuaran tal como estan. El convenio es para ceder un poco en favor de mantener un TRABAJO (No en favor del patron). Ya que la carga de obligaciones actual, pareciera ser IMPOSIBLE para el patron en estos momentos. Se buscaria un equilibrio para la conservacion del TRABAJO y un nuevo equilibrio en las partes.

La razon de reconvenir una nueva situacion contratual con ese convenio, es que se estarian MODIFICANDO obligaciones, de tal manera para conservarse el TRABAJO, de que se pudieran cumplir las obligaciones.

El conciliador en la Junta evaluaría cuanto seria equilibrio necesario para respetarse. Una vez fijado, si a Usted le conviene o le parece apropiado el nuevo convenio laboral, pues lo firma. De no ser asi, se buscaria un convenio para que le den su indemnizacion laboral, con imputaciones al patron. Usted tiene que evaluar sus posibilidades economicas y bienestar familiar o personal.

Si solo se hace el convenio con el patron sin ir a la Junta, le 'facilitan' las cosas al patron, él puede decidir a su conveniencia las condiciones a su albitrio. Es mas facil ponerse de acuerdo 1 sola persona que 2 y mas aun 3. Y aunque se dice que los derechos laborales son irrenunciables. Esto es lo que se estaria haciendo finalmente. Y aqui la ley nada tiene que ver con estas determinaciones. Pues en la misma, se enumeran situaciones que se deben de hacer, y las partes les vale sus advertencias.



Editado: Abril 18, 2012 09:42:47
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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18/Abr/12 09:50
Re: REDUCCION A MEDIA JORNADA Y MEDIO SUELDO

Y luego han de pensar ¿para que hacer otro tipo de contrato (el convenio), si ya se estaria incumpliendo 1, para que RE-hacerlo y que se termine incumpliendose con un segundo acuerdo?

El convenio celebrado ante la junta es UN LAUDO. Al incumplirse se gana de inmediato la liquidacion o indemnizacion laboral, sin necesidad de irse a juicio. Se le pavimenta al trabajador su situacion de ser rescindido conforme a derecho, ya no habra practicas conciliatorias, ya se agotaron al haberse realizado el convenio. Ya se observa una reincidencia y es mas facil llegar a determinaciones finales y de manera mas expedita en la procuracion de la justicia.

Un laudo es el equivalente a una sentencia. La sentencia la emite un juez. El laudo lo emite la autoridad del trabajo, en la junta. No es un juez, pero si es un especialista en la materia laboral.
 
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enrique9727
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18/Abr/12 18:40
Re: REDUCCION A MEDIA JORNADA Y MEDIO SUELDO

Situaciones como esta ya son muy comunes en Mèxico, no puedo recomendarle hacer una cosa u otra porque todo esta en las necesidades y pensamientos de cada quien.

Lo que le han comentado es cierto, si se va por una via tiene ventajas y desventajas, por la otra sucede lo mismo, por lo tanto cada quien debe tomar la desicion acorde a sus prioridades y ya tomando la decision entonces por aqui estamos para asesorarle si asi lo cree conveniente.


Saludos
 
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juancarm
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