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07/Feb/12 12:01
LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

De acuerdo a un comunicado del SAT, el Listado Anual de Conceptos del IETU correspondiente al ejercicio 2011 y posteriores, se presentará en el DEM en caso de las Personas Morales y en el Declarasat en caso de Personas Físicas.

Lo anterior aclara lo que se había prestado a confusiones e interpretaciones en que formato se habría de presentar dicha información, dado que ni la LIF ni las RMF's aclaraban nada al respecto.

Esta es parte de la publicación de la página del SAT:

La información de los conceptos antes señalados correspondientes a los ejercicios 2011 y posteriores de conformidad con lo señalado en la fracción II del artículo 21 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011, se debe presentar mediante los programas electrónicos para la presentación de la Declaración Anual de personas morales (DEM) o, en su caso, de la Declaración Anual de personas físicas (DeclaraSAT).


Esta es la liga:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_11035.html


Espero les sea de utilidad la información



Saludos





Editado: Febrero 07, 2012 12:30:11
 
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CHAVALON
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07/Feb/12 13:52
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

Mil gracias
 
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karinacastro
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07/Feb/12 14:04
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

Hola, Chavalón. Buen día!

Me da mucho gusto 'verlo circular' de nuevo por acá!....
Le agradezco mucho su información, como siempre tan oportuna para estos tiempos.

Reciba un cordial saludo.
 
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memoli
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07/Feb/12 15:56
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

Hola Chavalón, buenas tardes:

Al igual que Memoli, me da gusto verte de nuevo por aquí, dice la amigocha que: 'circulando'.
Saludos amigo.

mmm, como bien dijiste en el tópico que abrió Vabdo respecto a este tema, la presentación del listado de forma anual el ejercicio 2010, se realizó en el DEM, conjuntamente con la declaración anual del ISR. Y no en un sofware distinto.

Y sólo para efectos de la presentación de los listados mensuales, es que se presentaba a más tardar el último día de Enero de 2011, para quienes ejercieran la opción señalada en el Decreto del 30 de Junio (que también hiciste referencia).

Lo anterior, efectivamente así fue, mi estimadísimo Chavalón.


Tal vez, la información que estaba en la página en el momento que se analizó esta obligación, ayudó a la confusión. Puesto que en su momento, la liga mostraba información 'clara' respecto a como cumplir con dicha obligación.

Pero ahora...la liga que proporcionas lo dice de manera clara...otra vez!


Checaré con calma las disposiciones, porque ahora ya hay dudas...que según yo no existían.


Gracias por la información.


Saludos y que tengas una excelente tarde.
 
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ngm
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07/Feb/12 18:38
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

la información que estaba en la página en el momento que se analizó esta obligación, ayudó a la confusión. Puesto que en su momento, la liga mostraba información 'clara' respecto a como cumplir con dicha obligación.




Es correcto mi estimada Ngm, en su momento y así se expuso mediante alguna regla miscelánea donde si manifestaba dicha presentación respecto al Listado de Conceptos, Hoy por Hoy, la autoridad aclara en su portal como debe hacerse y eso es lo interesante...



saludos
 
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CPhugoocejo
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08/Feb/12 10:47
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

Buen día mi estimado Hugo:


Así es.


Saludos y que tengas un excelente día.
 
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ngm
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08/Feb/12 11:15
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

Correctísimo mi estimada Ngm

Aquí el Fundamento.


RM 2012 DOF 28-12-11


Procedimiento para efectuar pagos provisionales del IETU y el impuesto del ejercicio
II.2.8.5.5. Para los efectos del artículo 31, primer párrafo del CFF, los contribuyentes efectuarán los pagos provisionales y del ejercicio del IETU, incluso mediante declaraciones complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, conforme al esquema anterior de pagos electrónicos utilizando el procedimiento establecido en las reglas II.2.9.2. y II.2.8.2.1., debiendo reflejar el pago en el concepto “IMPUESTO AL ACTIVO/ IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA”. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 9, segundo párrafo de la Ley del IETU, lo reflejarán en el concepto “IMPAC/IETU”. “IMPUESTOS DE LOS INTEGRANTES DE PERSONAS MORALES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO”.

Los contribuyentes enviarán la información a que se refiere el artículo 21, fracción II, numeral 1 de la LIF, la cual sirvió de base para el cálculo de la declaración del ejercicio, de acuerdo con el formato que contiene el listado de conceptos que se encuentra en la página de Internet del SAT.


El envío de la información se realizará mediante archivo electrónico a través de la página de Internet del SAT, señalándose además el número de operación proporcionado por la institución bancaria en donde se efectuó el pago y la fecha de presentación.

En los casos en los que los contribuyentes no hayan determinado impuesto a cargo, deberán informar las razones por las que no se realiza el pago del impuesto de conformidad con la regla II.2.8.5.2., con independencia de que cumplan con la obligación de presentar la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el IETU del ejercicio fiscal de 2011.


Tratándose de empresas que lleven a cabo operaciones de maquila, presentarán la información de la determinación del IETU a que se refiere esta regla, en el formato que para tal efecto publique el SAT en su página de Internet.
CFF 31, LIETU 9, LIF 21, RMF 2012 II.2.8.2.1., II.2.8.5.2., II.2.9.2., II.12.4.1.



Nótese que efectivamente será en el formato del listado, que de seguro el SAT actualizará, pero de momento ya lo señala mediante lo antes citado.

El Fundamento está escrito, solo que ahora la autoridad dice que siempre lo presentes dentro del DEM o Declarasat.......en otras palabras, se pasan las reglas ' como el chupacabras '..............y ni modo....


saludos
 
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CPhugoocejo
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08/Feb/12 12:56
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

dalay mi estimado Hugo...dalay...fue el SAT...quién cambio las reglas del Juego...

dalay...

saludos y que tengan una lluviosa tarde (los de Monterrey)
 
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JOEGON
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08/Feb/12 23:15
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

Hola mi estimado Hugo:


Ok, si la regla que nos proporcionas es: 'las reglas de caracter general' a que se refiere el art. 21 de la LIF mediante la cual (yo también creo eso)...y el SAT dice en su página que el LIE debe presentarse en el DEM, mmm...creo que le falta realizar algunas aclaraciones:

Regla:
II.2.8.5.5.

2do y tercer párrafo:

''Los contribuyentes enviarán la información a que se refiere el artículo 21, fracción II, numeral 1 de la LIF, la cual sirvió de base para el cálculo de la declaración del ejercicio, de acuerdo con el formato que contiene el listado de conceptos que se encuentra en la página de Internet del SAT.


El envío de la información se realizará mediante archivo electrónico a través de la página de Internet del SAT, señalándose además el número de operación proporcionado por la institución bancaria en donde se efectuó el pago y la fecha de presentación.''

Creo que le falta al SAT, emitir una regla que disponga lo que dice en su página.
Sino, ¿Cómo cumplir con lo que dice el tercer párrafo de esta regla?

Con esto:
''...señalándose además el número de operación proporcionado por la institución bancaria en donde se efectuó el pago y la fecha de presentación.''

O sea, envío el DEM y ¿luego?...¿Cómo le hago para agregar el número de operación y la fecha de pago?

O que se debe entender ¿Que no ha emitido las reglas de caracter general a que se refiere el 21 de la LIF?

O si ya me cambié de canal:confused:...que alguien me regrese al canal que corresponde...por favor!

Es que creo que las informativas, los parches del SUA que no quieren 'jalar' y las anuales...me están norteando!

Pero bueno...mientras tanto, que se preocupen los que ya quieren envíar sus anuales, yo...todavía nop!:smile:

Y no es porque no la tenga lista, sino que estoy esperando que el SAT, terminé de emitir o corregir sus reglas de carácter general...deveritas!



Saludos mi estimado Hugo, gusto en saludarte y que tengas buenas noches.
 
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ngm
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09/Feb/12 12:03
Re: LISTADO ANUAL DE CONCEPTOS DE IETU, SE PRESENTARÁ EN DEM Y DECLARASAT

Hola estimado CHAVALON.

Confirmas una vez mas lo que comentaste, en un inicio en este topico:


http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=43965&idCat=10


Gracias por comunicarlo.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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