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04/Feb/12 02:42
Re: despido por falta de honradez

negativa ficta. quiere decir 'positiva real o verdadera'

En derecho no se aplica una negativa ficta cuando la carga de la prueba es para el obligado.
Al formular su peticion a preguntar el sujeto obligado o infractor que si esta en lo correcto por su desobligacion, en terminos finales resultaria que estaria perfectamente bien no cumplir. En casos muy excepcionales por eso si existe la negativa ficta.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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06/Feb/12 23:13
Re: despido por falta de honradez

:neutral: Buenas noches. Ahora recuerdo un despido x robo. Olvidaron el aspecto laboral y el abogángster del trabajador les dio una buena recia, ganando en ese aspecto, el laboral, recuperando, a través de los salarios caidos, mucho de lo que perdió en el problema penal.

Suerte,
El Lic.


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pepesoto
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07/Feb/12 11:46
Re: despido por falta de honradez

Es algo que no logra comprender el patron o la persona que le esten imputando esta figura. Que como es posible que deba pagar el finiquito laboral, si no le es procedente y ademas que supuestamente tiene lesiones penales. No les suena nada congruente, aun explicandoselo el abogado.

Debe atenderse siempre todo asunto de autoridades, hasta terminarlos por aclarar. E incluso, si la demanda en contra prosigue, debe continuarse atendiendo para no aceptar una obligacion mayor.

Si no se tiene el convenio de terminacion laboral, aun no habiendo contratacion, ni verbal por escrito. Siempre hay que sacar ese convenio en mano, con la ratificacion de la junta.

De lo contrario el juicio se hace grande y problematico. cuando no hay antiguedad no es tanto lo economico. Pero, el proceso litigioso pudiere pasar tiempo y esa antiguedad y las desatenciones del proceso haran que reciba una contrariedad muy grande y lo mas incipiente que se ha de pensar que todo esta mal en la cuestion jurisdiccional. Es el propio patron que no atiende su propia causa.

Si no hay prueba de despido (de mutuo acuerdo, muerte, o se acabo el trabajo Art 53) no es posible darle fin a un problema laboral. La otra es esperar al litigio y ahi el juez, le dara la razon a quien si presento pruebas. Al trabajador no requiere presentar pruebas, mas que sus testimonios.
 
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enrique9727
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08/Feb/12 01:02
Re: despido por falta de honradez

:neutral: Buenas noches. Es posible que Ericka se haya quedado empantanada en su puente del 6 de febrero. Ya vendrá y nos platicará.

Mientras tanto: Saludetes
El Lic.

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pepesoto
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