12/Ene/12 17:15
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Buenas tardes, me pudieran informar hasta que fecha tengo para poder presentar el LIETU del 2011.
Muchas gracias
Saludos
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marin_rj
Soldado
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12/Ene/12 17:41
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
La información del Listado Anual del IETU se presenta en los mismos plazos que la Declaración Anual, esto es, Marzo 31 para Personas Morales y 30 de Abril para Personas Físicas.(Art. 21 Fracc. II LIF 2011)
De eso se hablo desde el principio,,,,favor de leer..
saludos
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JOEGON
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14/Ene/12 22:28
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Podemos dejar la siguiente conclusion:
1.- El envio del listado anual de IETU, se presenta a mas tardar en la misma fecha de la presentacion de la declaracion anual.
2.- El formato es el ultimo software publicado por el SAT.
(no ha cambiado la ultima version).
3.- Los datos a llenar:
En el acumulado anterior; es el acumulado de Enero a Noviembre
En el del periodo; son los datode Diciembre.
Como resultado nos da el acumulado anual.
Gracias a todos por sus comentarios, que nos permitieron llegar a una sola conclusion.
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vabdo
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20/Ene/12 13:37
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
PARECE SER QUE EN EL SAT TIENEN EL CRITERIO DE QUE CON LA DEC ANUAL DEL IETU SE DARA POR CUMPLIDA ESTA OBLIGACION. DE PRESENTAR EL LISTADO ,,, HAY QUE INVESTIGAR EL FUNDAMENTO LEGAL
Mi primer cheque en blanco,,se llamaba 'Destino'..
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alore
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20/Ene/12 14:18
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
PARECE SER QUE EN EL SAT TIENEN EL CRITERIO DE QUE CON LA DEC ANUAL DEL IETU SE DARA POR CUMPLIDA ESTA OBLIGACION. DE PRESENTAR EL LISTADO ,,, HAY QUE INVESTIGAR EL FUNDAMENTO LEGAL
No colega, está en un error, por favor lea bien todo lo vertido en éste tema.
saludos
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CPhugoocejo
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20/Ene/12 16:46
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Alore....
Podemos dejar la siguiente conclusion:
1.- El envio del listado anual de IETU, se presenta a mas tardar en la misma fecha de la presentacion de la declaracion anual.
2.- El formato es el ultimo software publicado por el SAT.
(no ha cambiado la ultima version).
3.- Los datos a llenar:
En el acumulado anterior; es el acumulado de Enero a Noviembre
En el del periodo; son los datode Diciembre.
Como resultado nos da el acumulado anual.
Gracias a todos por sus comentarios, que nos permitieron llegar a una sola conclusion.
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CP_PACO
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07/Feb/12 11:39
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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CP_PACO
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07/Feb/12 11:58
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Asi es CP_PACO
La conclusion del citado articulo.
Dado que la LIF señala que la autoridad establecerá el medio de presentación en reglas de carácter general, se espera que formalice esta obligación mediante la publicación de alguna regla miscelánea.
Cabe resaltar que la información correspondiente a los ejercicios 2010 y anteriores se presenta mediante el programa electrónico Listado de conceptos del impuesto empresarial a tasa única, IETU.
En mi opinion personal; en caso que no publique nada el SAT,
Continuar con la conclusion, que anteriormente llegamos...
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vabdo
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07/Feb/12 15:18
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
De acuerdo contigo Vabdo... Saludos.
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CP_PACO
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07/Feb/12 18:46
Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
RM 2012 DOF 28-12-11
Procedimiento para efectuar pagos provisionales del IETU y el impuesto del ejercicio
II.2.8.5.5. Para los efectos del artículo 31, primer párrafo del CFF, los contribuyentes efectuarán los pagos provisionales y del ejercicio del IETU, incluso mediante declaraciones complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, conforme al esquema anterior de pagos electrónicos utilizando el procedimiento establecido en las reglas II.2.9.2. y II.2.8.2.1., debiendo reflejar el pago en el concepto “IMPUESTO AL ACTIVO/ IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA”. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 9, segundo párrafo de la Ley del IETU, lo reflejarán en el concepto “IMPAC/IETU”. “IMPUESTOS DE LOS INTEGRANTES DE PERSONAS MORALES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO”.
Los contribuyentes enviarán la información a que se refiere el artículo 21, fracción II, numeral 1 de la LIF, la cual sirvió de base para el cálculo de la declaración del ejercicio, de acuerdo con el formato que contiene el listado de conceptos que se encuentra en la página de Internet del SAT.
El envío de la información se realizará mediante archivo electrónico a través de la página de Internet del SAT, señalándose además el número de operación proporcionado por la institución bancaria en donde se efectuó el pago y la fecha de presentación.
En los casos en los que los contribuyentes no hayan determinado impuesto a cargo, deberán informar las razones por las que no se realiza el pago del impuesto de conformidad con la regla II.2.8.5.2., con independencia de que cumplan con la obligación de presentar la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el IETU del ejercicio fiscal de 2011.
Tratándose de empresas que lleven a cabo operaciones de maquila, presentarán la información de la determinación del IETU a que se refiere esta regla, en el formato que para tal efecto publique el SAT en su página de Internet.
CFF 31, LIETU 9, LIF 21, RMF 2012 II.2.8.2.1., II.2.8.5.2., II.2.9.2., II.12.4.1.
Nótese que efectivamente será en el formato del listado, que de seguro el SAT actualizará, pero de momento ya lo señala mediante lo antes citado.
El Fundamento está escrito, solo que ahora la autoridad dice que siempre lo presentes dentro del DEM o Declarasat.......en otras palabras, se pasan las reglas ' como el chupacabras '..............y ni modo....
saludos
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CPhugoocejo
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