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26/Ago/11 11:49
Re: VACACIONES VENCIDAS?

Ante el incumplimiento de sus obligaciones del patrón, esto de la prescripción quedaría en una enorme incertidumbre.

Para generar derecho debe haber cumplimiento de obligaciones.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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26/Ago/11 21:21
Re: VACACIONES VENCIDAS?

Code:
Ley Federal del Trabajo
TITULO DECIMO
Prescripción

Artículo 516.- Las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible,


:neutral: Buenas noches. ...no que se le haya dado cumplimiento.

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pepesoto
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27/Ago/11 00:07
Re: VACACIONES VENCIDAS?

Esta medio difícil de comprenderse a la primera.

Cómo puede el patrón argumentar AHORA SI, se apegaría a la LFT, Art 516.

Si no se cumple con todo lo que se le confiere como obligaciones, entre otras la de elaborar los reportes de constancias que se señalan. Pero, es que desea recibir el beneficio de 516.

Si en ocasiones les pagan las vacaciones no disfrutadas, como lo ha argumentado el forista. La LFT, se pronuncia de que no se haga pagos de vacaciones no disfrutadas, tampoco le da cumplimiento a la Ley. Y con esto se prosigue por costumbre, una otra y otra, de nuevo y otra vez.

Aún así, se insiste por obtener la prescripción de las vacaciones, con el apego 516.

Un juez probablemente le dirá: Si no se trata de ganas o por caprichos. No le correspondería el beneficio de la prescripción. Si ha desatendido la ley en diversas ocasiones. Pues que continué con la correntia. ¿Cuál es la razón justificable, para que en esta única ocasión, se desee que se aplique la ley? Más bien ya resultaría ser un derecho laboral generado por costumbre, en la que los trabajadores nunca incidieron.
 
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enrique9727
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29/Ago/11 22:01
Re: VACACIONES VENCIDAS?

:neutral: Buenas noches. En el caso muy especifico del asunto que nos ocupa, lo más probable es que algunas vacaciones ya hayan prescrito y en caso de controversia laboral, al patrón se le exigirá el cumplimiento de las que no lo hayan sido.

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pepesoto
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30/Ago/11 23:24
Re: VACACIONES VENCIDAS?

Cuando expreso que sin el cumplimiento de la obligación no se consigue el derecho; obedecería a lo siguiente:

Para efecto de correr el plazo de la prescripción y luego que se llegue a la meta de la fecha deseada. Primero debe haber la oportunidad para el trabajador para poder impugnar o reclamar su derecho que estaría por dejar de estar vigente. Por eso debe imitirse las constancias de las vacaciones pendientes. Ante un desconocimiento del status, no habría razón por el reclamo o su solicitud, se podría sobreentender que todo estaría bien y a favor del trabajador.

En otras palabras, si el trabajador no recibe las constancias que la LFT se establecen, y no se comunica claramente las vacaciones pendientes. Entonces, no pudiese ir corriendo ese plazo de la prescripción.

Si esto se argumenta ante la corte, obviamente el patron no tendria la carga para desvirtuar la situacion, pues debiese tener entre su contabilidad documentos de que informó las vacaciones y no se coarto el derecho del reclamo, asi correria el plazo de la prescripcion.

De conformidad a litigios que he observado, esta es la mecánica por la cual, se pronuncian en contra del patrón. Dejando sin efectos la prescripción y todo porque el patrón se aparta de la LFT. De alguna manera este seria el castigo por su incumplimiento. No hay obligación cumplida, no procede el derecho.
 
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enrique9727
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31/Ago/11 21:35
Re: VACACIONES VENCIDAS?

:neutral: Buenas noches. Que no se pierda la bonita costumbre de no preparar el cuadro general de antiguedades.

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16/Sep/11 22:12
Re: VACACIONES VENCIDAS?

Hola;

No se pudiese 'perderse' algo que jamás ha existido como 'costumbre'.

La 'costumbre' es de que NO se hace algo al respecto. NO HAY COSTUMBRE
 
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enrique9727
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19/Sep/11 22:36
Re: VACACIONES VENCIDAS?

:neutral: Buenas noches. Los que nos movemos en el bajo mundo del interné, hablamos sarcásticamente de muchas cosas como 'no perder la (bonita) costumbre de...'. Me parece de buen gusto, hacer la mención.

Saludines amigos y amigas mías.

El Lic.

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