02/May/11 09:38
Re: DUDA EN LLENADO DE DECLARASAT
Como ya 'pasaron' las anuales, me permito comentar para reflexion.......
LOS CALCULOS DE UNA DECLARACION ANUAL..............SON ESO.............ANUALES, LAS 'TABLAS' QUE SE UTILIZAN......SON ANUALES.....'CONCENTRADAS' DE TODO EL AÑO.....ASI, DICHO ENTRE COMILLAS...........
PORQUE ENTONCES, NO PODRIA YO UTILIZAR MI DERECHO DE ACREDITAR, CUANDO ASI LO PERMITA LA NORMA...........TOOOOODOS LOS PAGOS HECHOS Y MIS RETENCIONES TAMBIEN DURANTE CADA MES DEL EJERCICIO ?..........ES MI DERECHO !!!!!!!!!!!
AHORA BIEN, EN MIS PARTICIPACIONES ANTERIORES, ME REFERI A SITUACIONES CONCRETAS.............OBVIO ES QUE CADA CALCULO ES UNICO, EN RAZON DE LOS SUPUESTOS QUE SE MOVIERON ANUALMENTE PARA CADA CONTRIBUYENTE..........
ENTONCES, EN RAZON DE ESTO, DEBERAN REVISAR CADA CALCULO A FIN AFECTAR LOS RENGLONES PERTINENTES Y ASI PRESENTAR ADECUADAMENTE
Y LES DEJO ESTA PREGUNTA
SABIAN QUE EL .......
ISR propio del ejercicio. Se debe capturar el impuesto sobre la renta propio que resulte en el ejercicio siempre que sea el efectivamente pagado, es decir, sin considerar acreditamientos o reducciones (sólo se pueden considerar las
compensaciones que en su caso se hayan realizado).
En virtud de que en el caso práctico de esta guía se percibieron ingresos por salariosy estos conceptos no están gravados para efectos del IETU, el ISR propio que se
podrá acreditar contra el IETU ES PROPORCIONAL a los ingresos por servicios
profesionales (honorarios) que son los gravados para dicho impuesto.
Para determinar el ISR propio del ejercicio que puede acreditar para efectos del IETU,
debe realizar el siguiente procedimiento:
FUENTE: SAT
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
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lobozac
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02/May/11 10:16
Re: DUDA EN LLENADO DE DECLARASAT
Agradezco las respuestas de todos, es muy interesante leer los diferentes puntos de vista,,por lo mismo, leo y leo lo mismo, y sigo estando de acuerdo con lobozac, sobre todo en interpretar la ley, siendo neutral, y en este caso no se perjudica al fisco...
Las retenciones de ISR son pagos que ya se hicieron, porque entonces no tomarlos en cuenta?
Gracias nuevamente.
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tapatia1976
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02/May/11 10:27
Re: DUDA EN LLENADO DE DECLARASAT
deacuerdo al planteamiento, usted tendra saldo a favor que podra solicitar o compensar
y tambien ese mismo saldo a favor por retenciones lo acredito contra su IETU anual,
cree que no hay perjuicio?
salu2
Editado: Mayo 02, 2011 10:28:17
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LC.GONZALEZ
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02/May/11 11:01
Re: DUDA EN LLENADO DE DECLARASAT
Al momento de llenar el declarasat.
Al solicitar un saldo afavor de ISR, .......Ese saldo a favor, NO es correcto, .......Porque una parte de ISR, (de acuerdo con lo plantado), lo estas acreditando contra IETU.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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02/May/11 11:11
Re: DUDA EN LLENADO DE DECLARASAT
EN CUANTO AL IETU, SOLO ME REBAJO HASTA POR LA CANTIDAD QUE SALE A PAGAR DE IETU,,,Y EN ISR, NO ME ESTOY ANOTANDO TODA LA CANTIDAD A MI FAVOR,,EL AÑO PASADO ESTABA HABILITADO EL RENGLON CC1,,, Y AHI SE ANOTABA LO QUE HABIA USADO PARA IETU,,,,ESTE AÑO, Y POR LO MISMO PARA NO DECLARAR UN ISR A MI FAVOR QUE NO ES REAL,,EN EL RENGLON DE OTROS CARGOS (EN VEZ DEL CC1) ME REBAJE LA CANTIDAD DE MODO QUE MI ISR A FAVOR SON UNICAMENTE LOS 6966 Y NO LOS 15,590,, PORQUE SI NO HICERA ESO, ENTONCES SI SERIA PERJUICO PARA EL FISCO.
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tapatia1976
Cabo
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02/May/11 12:20
Re: DUDA EN LLENADO DE DECLARASAT
EN CUANTO AL IETU, SOLO ME REBAJO HASTA POR LA CANTIDAD QUE SALE A PAGAR DE IETU,,,Y EN ISR, NO ME ESTOY ANOTANDO TODA LA CANTIDAD A MI FAVOR
NO LOS 15,590,, PORQUE SI NO HICERA ESO, ENTONCES SI SERIA PERJUICO PARA EL FISCO.
ASI ES MI ESTIMADA TAPATIA............ESE ES EL PUNTO DEL MEOLLO QUE POCOS QUIESIERON VER EN MIS PARTICIPACIONES ANTERIORES.......
'HASTA POR EL MONTO DEL IETU A PAGAR'...............SOLO SOBRE ESO
SALUDOS
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lobozac
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02/May/11 12:30
Re: DUDA EN LLENADO DE DECLARASAT
tapatia1976:
En el Portal del SAT se encuentra una Guía para la elaboración y presentación del Declarasat:
Guía para elaborar y presentar su Declaración Anual de 2010 con el programa
DeclaraSAT, Servicios profesionales (honorarios), personas físicas.
. -ISR propio del ejercicio. Se debe anotar el impuesto sobre la renta propio que
resulte en el ejercicio siempre que sea el efectivamente pagado, es decir, sin
considerar acreditamientos o reducciones (sólo se puede considerar el acreditamiento
de IDE y las compensaciones que en su caso se hayan realizado).
Para saber con exactitud la cantidad que debe poner en este campo, se sugiere que
una vez que haya realizado la captura de todos los apartados de su Declaración
Anual, vaya a la pantalla Detalle de cálculo y tome la cantidad denominada
Impuesto sobre la renta causado para anotarla en este campo.
Esta es la liga:
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/folletos11/guiahonorarios_16022011.pdf
Saludos
Editado: Mayo 02, 2011 12:32:59
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CHAVALON
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