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17/Mar/11 17:15
Re: Compenscion del pago de lo indebido

Perdon, se me olvida comentar que opte por la devolucion toda vez que la asesora de la autoridad me recomendo que era mas facil la devolucion en el caso especifico que se habia duplicado el impuesto en cambio la compensacion en su momneto podria causar que nuevamente me pidieran informacion adicional, pero finalmente la opcion es lo de menos.
Saludos a todos.
 
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Ricitos
Sargento Primero

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18/Mar/11 11:23
Re: Compenscion del pago de lo indebido

ArturoBuendia: En dias pasados pague el IVA del mes de diciembre 2010 pero se pago 2 veces el mismo impuesto... mi duda es ¿tengo que presentar una declaracion en la cual refleje este pago indebido? para poder compensarlo contra otros impuestos



Les agradesco mucho a todos su ayuda y si me falto comentar que son 2 pagos presentados del mismo mes, misma cantidad, normales y en uno de ellos se pago con actualizacion y recargos, se pueden compensar los accesorios tambien?
 
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ArturoBuendia
Soldado

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18/Mar/11 11:43
Re: Compenscion del pago de lo indebido

Muy buena recomendacion Ricitos

Gracias por la informacion.



Saludos
 
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vabdo
General de Brigada

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18/Mar/11 12:03
Re: Compenscion del pago de lo indebido

ArturoBuendia:

....se pueden compensar los accesorios tambien?

Si, se pueden compensar.




Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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22/Mar/11 12:46
Re: Compenscion del pago de lo indebido

Hola Arturo tendrias que presentar una dec. complementaria a efecto de corregir la declaracion y en ella quede manifestado ese pago de más que se hizo, posteriormente ya estarias en condiciones de compensar ese saldo a favor o pago de lo indebido contra otros impuestos a cargo que tengas o en su caso podras solicitar tambien devolucion de ese pago indebido.



Por ahi el Chavalon pregunta si se pueden compensar los accesorios, si se puede yo lo hecho y esta fundamentado en el C.F.F.

Saludos.
 
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cpgvt
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22/Mar/11 13:10
Re: Compenscion del pago de lo indebido

cpgvt:
Por ahi el Chavalon pregunta si se pueden compensar los accesorios, si se puede yo lo hecho y esta fundamentado en el C.F.F.

Solamente una precisión, yo no pregunté, yo contesté que si eran compensables.

Te sugiero leer con detenimiento y cuidado los mensajes antes de responder.

PREGUNTA:

Re: Compenscion del pago de lo indebido


Les agradesco mucho a todos su ayuda y si me falto comentar que son 2 pagos presentados del mismo mes, misma cantidad, normales y en uno de ellos se pago con actualizacion y recargos, se pueden compensar los accesorios tambien

ArturoBuendia






RESPUESTA:

Si, se pueden compensar


Saludos










Editado: Marzo 22, 2011 13:23:18
 
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CHAVALON
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