Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
09/Feb/11 09:06
Re: INPC HORA

HOLAAAAA:
Mi estimado c.p. Hugo Ocejo Flores , totalmente de acuerdo contigo.


Te comento y tu sabes muy bien, me es extraño que en esta CONSULTA el INPC se le quiera dar tratamiento de lo que dispone el Art. 7 del CFF, siendo que el Art.17 del CFF considera para la actualización un factor MACROECONOMICO llamado INPC y...................................................................................................................................................Asi las cosas Siendo que el famoso FACTOR EN COMENTO no es una Ley, no es un Reglamento, tampoco una disposición adminitrativa.








Saludos compadre.
 
Diagnóstico Fiscal en línea
 
Perfil

FISCALDICT
Capitán Segundo

Mensajes: 392
Ingresó: Junio 30, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/Feb/11 09:09
Re: INPC HORA

Gracias por sus respuestas , a lo mejor no me explique bien, realice el pago provisional de ISR de Octubre en el mes de enero exactamente el dia 10 de enero aplique actualizacion hasta el mes de Noviembre ya que no estaba publicado el de diciembre, sin embargo al ir a cancelar el requerimiento al SAT me comentan que me falto pagar la actualizacion de diciembre. no lo hice ya que a la hora que lo pague no estaba publicado en la pagina del SAT lo publicaron como las 11 y yo lo pague a las 9. solo me queda una duda cuando publican el INPC en la pagina del SAT es en el mismo dia que en el DOF? porque de ser asi si me aplicaria el Art 7 del CFF que me comentan.

Saludos
 
Perfil

jesuspablo
Sargento Primero

Mensajes: 93
Ingresó: Mayo 24, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/Feb/11 15:01
Re: INPC HORA

JesusPablo:

'Gracias por sus respuestas , a lo mejor no me explique bien, realice el pago provisional de ISR de Octubre en el mes de enero exactamente el dia 10 de enero aplique actualizacion hasta el mes de Noviembre ya que no estaba publicado el de diciembre, sin embargo al ir a cancelar el requerimiento al SAT me comentan que me falto pagar la actualizacion de diciembre. no lo hice ya que a la hora que lo pague no estaba publicado en la pagina del SAT lo publicaron como las 11 y yo lo pague a las 9....'.


Hola, Jesus Pablo: Pues no, no se explicó bien porque de inicio mezcló que lo que le estaban cobrando eran los recargos, además que por la manera de redactar, de mi parte consideré que se trataba de un pago de impuesto 'reciente vencido', donde al actualizar el factor sería: Uno, y sólo tendría que pagarse el recargo correspondiente...Pero, bueno, ya con la aclaración que usted hace de que se trata del mes de Octubre y cuyo pago lo efectúo en Enero, entonces tendría que aplicar los índices respectivos que se conocían hasta el momento de hacer el pago, y una vez actualizado el monto histórico, aplicar entonces lo correspondiente a recargos...
En lo personal, considero que la actualización que usted hizo es lo correcto, pues aunque lo efectuó en el mismo día en que 'se supone' debe salir el INPC, éste lo efectuó ANTES de su publicada...Yo, en la práctica, para evitarme este tipo de fricciones y desgastes con el fisco, mejor me espero a que salga el INPC...

Por otro lado, me extraña que al ir a cancelar el requerimiento, le hagan este tipo de observaciones. De mi parte, no me ha tocado un caso así...

Por último, habría que evaluar el factor 'costo-beneficio-tiempo', ¿Cuánto sería la diferencia que tendría que pagar si considerara dentro del factor el mes de Diciembre?

Los fundamentos ya fueron aportados por los compañeros anteriores.



Salu2!!!


Editado: Febrero 09, 2011 15:02:13
 
Perfil

memoli
Mayor

Mensajes: 1568
Ingresó: Febrero 18, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/Feb/11 16:10
Re: INPC HORA

Señores, no se confundan... se les está olvidando lo más esencial:

Las contribuciones NO se actualizan por fracciones de mes. Aunque salga el INPC el día 9 y yo pague el 10, 11 o 12, no tengo porqué actualizar, pues no ha transcurrido un mes aún de la fecha de pago. Lo aplicaré hasta que haya transcurrido un mes.

Esto se establece en el mismo 17-A.

Salud!

Th.
 
Perfil

Thomper
Capitán Segundo

Mensajes: 373
Ingresó: Septiembre 21, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/Feb/11 22:21
Re: INPC HORA

Mmmm de hecho la misma mecánica establecida en el art. 17A CFF, no permite la actualización por fracción de mes, ya que solo puede actualizarse por mes completo.

Ejemplo:
El pago de Octubre debió efectuarse el 17 de Noviembre, si no pagó, entonces a partir del 18 deberá pagar recargos.

Pero para efectos de actualización, será hasta que se complete el mes, esto es al 30 de Noviembre, el otro mes completo es al 31 de Diciembre y así sucesivamente, y aún esperar que se publique su INPC correspondiente, que para esto puede publicarse de acuerdo al art. 20 CFF , dentro de los primeros diez dias del mes siguiente al que corresponda.

Ahora, lo que podrías aplicar para efecto de que se acepte el pago que efectuaste es lo siguiente y que comentas en tu planteamiento:

Art. 17A segundo párrafo CFF

'En los casos en que el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del período, no haya sido publicado por el Banco de México, la actualización de que se trate se realizará aplicando el último índice mensual publicado.'

Aquí la cuestión es que puedas demostrar la hora en que fue publicado el INPC de Diciembre 2010, ya que sólo cuentas con tu comprobante de pago que sí trae la hora en que pagaste.


Saludos y suerte.
 
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
 
Perfil

ngm
Mayor

Mensajes: 1564
Ingresó: Noviembre 11, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2