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22/Ene/11 11:20
Re: ¿El archivo html se debe enviar al cliente si no es deducible la factura?

Muchas gracias a todos.
Les agradezco sus respuestas

¡Buen fin de semana!

¡Saludos!
 
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GrupoAguila
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22/Ene/11 11:25
Re: ¿El archivo html se debe enviar al cliente si no es deducible la factura?

mmm COMO SIEMPRE BUENA RESPUESTA CHAVALON...ENTONCES LAS REGLAS SALEN SOBRANDO EN ESTE CASO..SI YA ESTA EN CFF

PERO NO ESTA DE MAS SOLICITAR LOS XML


SALUDOS
 
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lcruizuscanga
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22/Ene/11 11:34
Re: ¿El archivo html se debe enviar al cliente si no es deducible la factura?

Hola mi estimado Jesús, lo que sucede es que las Reglas son demasiado confusas.

Si observas las Reglas II.2.23.4.5 y la II.2.23.3.7.de la 1a. Mod. a la RMF acerca de los requisitos que deben contener los CFD y los CFDI en forma Impresa, respectivamente, no te especifican claramente que en estos casos de Comprobantes Impresos, cuando contengan la Cadena Original no es necesario el Archivo XML, sino simplemente no lo menciona dentro de los requisitos.

En fin a seguir 'interpretando' las famosas Reglas.



Te envío un saludo afectuoso hasta el puerto jarocho









Editado: Enero 22, 2011 11:35:44
 
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CHAVALON
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22/Ene/11 11:49
Re: ¿El archivo html se debe enviar al cliente si no es deducible la factura?

ADARTSE:

¿El archivo html se debe enviar al cliente si no es deducible la factura?


Conclusión:

De acuerdo a lo que señala el Art. 29 del CFF y las Reglas ya mencionadas, si los CFD Impresos que te entregaron contienen TODOS los Requisitos señaladas en las mencionadas reglas, dichos comprobantes impresos son totalmente deducibles y tienen la misma validez que los no impresos.



Saludos
 
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CHAVALON
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22/Ene/11 11:57
Re: ¿El archivo html se debe enviar al cliente si no es deducible la factura?

HOLA:
Claro que es deducible impresas los CFD, CFDI, simplemente.
1.- Validen la autenticidad en la página del SAT, y almacenen el archivo XL........................................., EL FUNDAMENTO YA LO DIERON EN MULTICITADAS VECES.


Editado: Enero 22, 2011 11:58:35
 
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22/Ene/11 12:16
Re: ¿El archivo html se debe enviar al cliente si no es deducible la factura?

Así es Saúl...


Numeral 29 CFF


VII. Cumplir con las especificaciones que en materia de informática, determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Los contribuyentes que deduzcan o acrediten fiscalmente con base en los comprobantes fiscales digitales, incluso cuando dichos comprobantes consten en documento impreso, para comprobar su autenticidad, deberán consultar en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria si el número de folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si el certificado que ampare el sello digital se encuentra registrado en dicho órgano desconcentrado y no ha sido cancelado.


Los contribuyentes que mediante reglas de carácter general determine el Servicio de Administración Tributaria podrán emitir sus comprobantes fiscales digitales por medios propios o a través de proveedores de servicios, cumpliendo con los requisitos que al efecto establezca ese órgano desconcentrado.


Recordemos que una cosa es cumplir con los requisitos de la ley lo que conlleve todo comprobante fiscal digital o impreso.,y otro es, VALIDAR la autenticidad de un comprobante fiscal.

Por lo tanto es 100% deducible en base al numeral citado.


saludos
 
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24/Ene/11 08:12
Re: ¿El archivo html se debe enviar al cliente si no es deducible la factura?

Buenos días, continuando con este tema, de conformidad con el artículo 29, fracción V del Código Fiscal de la Federación, existe la obligación de conservar los comprobantes fiscales digitales, es decir, el archivo XML, por lo que a mi entender y tomando en cuenta que se derogo la regla que les daba valor probatorio a las Representaciones Impresas de los Comprobantes Fiscales Digitales, es obligatorio el solicitar dichos archivos.

Art. 29 CFF

(....)

Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, deberán cumplir además con las obligaciones siguientes:

(....)


Fracc V.

Proporcionar a sus clientes, la impresión del comprobante fiscal digital cuando así les sea solicitado. El Servicio de Administración Tributaria determinará mediante reglas de carácter general, las especificaciones que deberá reunir la impresión de los citados comprobantes.

Los contribuyentes deberán conservar y registrar en su contabilidad los comprobantes fiscales digitales que expidan.

Los comprobantes fiscales digitales deberán archivarse y registrarse en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria.

Los comprobantes fiscales digitales, así como los archivos y registros electrónicos de los mismos se consideran parte de la contabilidad del contribuyente, quedando sujetos a lo dispuesto por el artículo 28 de este Código.

(....)
Así mismo, en relación al fundamento antes comentado, en la PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y su anexo 1-A, se detalla la siguiente regla:

Almacenamiento de CFDI
I.2.23.3.2. Para los efectos del artículo 29, fracción V, tercer párrafo, del CFF, los contribuyentes que emitan y reciban CFDI, deberán almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML.
El SAT considerará que se cumple con los requisitos para almacenar los CFDI establecidos en esta regla, cuando los contribuyentes almacenen y conserven los citados comprobantes sujetándose estrictamente a lo dispuesto por la Secretaría de Economía en la Norma Oficial Mexicana No. 151 vigente (NOM-151), publicada en el DOF y mantengan en todo momento a disposición del SAT los elementos necesarios para su verificación y cotejo.
CFF 29


Por lo que en mi opinión, SI es indispensable contar con el XML para su deducción.


Salu2
 
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Zanzke
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