Foros


Inicio » Laboral

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
20/Ene/11 18:35
Jornada de 24 horas

Hola, mi primo labora en una institución que atiende emergencias médicas y trabaja 24 horas por 48 de descanso, sin embargo por un problema personal no pudo presentarse a laborar 1 día, y lo despiden 'justificadamente' porque le dicen que su día equivale a 3 días y es causa de rescisión de contrato. ¿Es esto correcto?
Gracias de antemano por su asesoría
 
Perfil

fiscalista75
Sargento Segundo

Mensajes: 58
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Ene/11 18:46
Re: Jornada de 24 horas

HOLA COMO QUE ESTA EN CHINO AFIRMAR O NEGAR...................NECESITAMOS VER Y SABER QUE DICE EL CONTRATO


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Ene/11 19:26
Re: Jornada de 24 horas

:neutral: Buenas tarde. Efectivamente, son 3 dias... pero ya leyó lo que dice el art. 47 fracc. X de la LFT...??

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Ene/11 22:43
Re: Jornada de 24 horas

Hola buenas noches:

No se si le entendi bien. Trabajaria a la semana solamente 2 dias completos (48 hrs) con la separacion de dos o tres dias de no laborar, entre estos dias

Aqui me quedaria una ligera duda sobre si se infringe lo de una jornada inhumana. Segun por mi parte, en definitiva no creo que JCyA o alguna autoridad laboral autorice este tipo de jornadas diarias por 24 horas continuas, aun y cuando el trabajador las acepte en las contrataciones laborales.

Tambien observo que si se falta 1 dia, seria el equivalente de manera proporcional de 3 faltas. Donde el criterio proporcional no se especifica muy claramente en la ley para estos efectos. Seria muy dificil a mi juicio establecer este criterio de proporcionalidad medio a lo chino por parte del patron, pues ni respeta jornadas diurnas, ni tampoco el limite maximo permitido por el alargue de jornadas.

Aunque, desde el punto real solamente tendria 1 sola falta, no creo que cheque tarjeta 3 veces en un dia ordinario de labores.

Considero que si fuera a litigio el trabajador, tendria posibilidades para ganar y argumentar que solamente se falto en una ocasion y no en 3 dias.

Aqui lo interesante es ver como es que demostrará el patron 3 ausencias, con tan solo 1 inasistencia, Si cuando se asiste solo se tuviese 1 asistencia

De alguna manera habria grandes posibilidades de ganar por parte del trabajador, por lo que la inclinacion del criterio del juez seria sentar presedentes importantes, pues tambien habria cierta colaboracion de ayudarse por lo relativo a que se desarrolla una jornada inhumana. Art 5 F- III

Convenientemente el patron considera solamente jornadas de 8 hrs diurnas en desequilibrio laboral en su favor, cuando tambien habria jornadas mixtas y/o nocturnas, pero tampoco se respeta el tope de horas adicionales a alguna de las jornadas (Ver arts del 58 al 68 LFT)

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Pero lo que si no nota el patron, que aun concediendole la razon a su criterio 'chino-cochino', no se ajusta al criterio de la LFT, el cual se expresa que MAS DE TRES FALTAS (habria una justificante para rescindir el contrato, y con TRES FALTAS NO CUMPLE la condicion todavia.

Pues resulta muy claro que 3 no es mayor a 3, debiendo minimo de existir 4 ausencias en un periodo de 30 dias, de lo que se deduceria finalmente de la redaccion del texto de la norma juridica.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Ene/11 09:01
Re: Jornada de 24 horas

Muy interesantes sus respuestas, no había visto la fracción X del 47 de la LFT desde el punto de vista de Enrique, como que me quedé con la idea de 3 faltas. Hoy mi primo irá a Conciliación y Arbitraje aquí en Gto, y llevará unos buenos argumentos gracias a sus comentarios.

Saludos
 
Perfil

fiscalista75
Sargento Segundo

Mensajes: 58
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Ene/11 09:12
Re: Jornada de 24 horas

HOLA BUENOS DIAS:

la ley menciona mas de 3 faltas, es decir a partir de 4 ya es causal de despido.

saludos.
 
' el sabio no dice todo lo que piensa, pero siempre piensa todo lo que dice' (aristoteles)
 
Perfil

ESTEBAN2507
Sargento Primero

Mensajes: 123
Ingresó: Septiembre 06, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
23/Ene/11 23:47
Re: Jornada de 24 horas

Hola fiscalista75:

Su primo quizás también incurrio en un error (que digamos fue medio grave). Solo que no acostumbramos a cuestionarlo. La verdad, si resultaria muy grave.

No informar a su patron, la ausencia que tendria. Por cortesia y gentileza. El patron le da la oportunidad de comer a él y a su familia.

El patron no tiene razon porque sufrir su molestia de tener que cubrir intempestivamente la ausencia de un trabajador irresponsable.

Si el trabajador fuese en alguna ocasion patron y tuviese que contratar a alguna persona, y esta falte en un dia importante (todos los dias son importantes para el patron), Peor aun sin avisar.

Digame sino es que pensaria en despedirlo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Feb/11 16:09
Re: Jornada de 24 horas

... lo despiden 'justificadamente' porque le dicen que su día equivale a 3 días y es causa de rescisión de contrato. ¿Es esto correcto?

' su día equivale a 3 días' O sea, cómo?

' le dicen ' Lo que digan, no importa, lo importante es analizar el aviso ESCRITO que el patrón DEBE dar al trabajador y cerciorarse de la fecha y CAUSA (S) que supuestamente haya motivado la rescisión. Ésto, básicamente x 2 razones: La primera es que la falta de aviso al trabajador por sí sola bastará para considerar que el despido fue injustificado y la Segunda es que si la CAUSA es por las 3 faltas (y no más de...), entonces el despido es IN-JUSTIFICADO aunque el patrón diga que lo es, por tanto, el trabajador podrá solicitar ante la JCyA que se le reinstale en el trabajo o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario. Asimismo y en virtud de la no comprobación, por parte del patrón, de la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, a que se le paguen los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se cumplimente el laudo.

( 47 y 48 LFT)
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
Perfil

AlbertoFC
Capitán Segundo

Mensajes: 390
Ingresó: Abril 26, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Feb/11 16:21
Re: Jornada de 24 horas

Gracias a todos por sus respuesta, finalmente se aclararon las cosas con el patrón dandole los fundamentos y dio marcha atrás en la rescisión, y mi primo aprendió que no debe faltar y menos sin avisar al patrón o sin pedir el permiso correspondiente.
 
Perfil

fiscalista75
Sargento Segundo

Mensajes: 58
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Feb/11 17:13
Re: Jornada de 24 horas

Cuando todo mundo comprende sus limitaciones y obligaciones. Me parece que se llega a la concordia total.

Solo que siempre se comienza con que se tienen derechos de inicio, como si ya fueran merecedores por la simple razon de que somos bonitos y nacimos bien.

Que bueno que se pudo restablecer la relacion laboral y que cada quien comprenda que todo se puede negociar en buenos terminos. Hasta el rompimiento de cualquier relacion es mejor negociarla, asi se acaban los malos ratos y rencores, que no dejan nada bueno y se arrastran y hechan raiz en nuevos sitios y con otras personas que contaminaremos indudablemente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2