04/Dic/10 11:52
Re: ES DEDUCIBLE ALGUN FISCALISTA.
En la empresa se revizaron y detectaron pagos arriba de $ 2,000.00 pagados en efectivo.
Por consiguiente se les comento que en una revisón entrarían como No deducibles.
de acuerdo al Art. 31 LISR Fracc. III. pero resulta que el abogado de la empresa les comento que se pueden considerar pues son peleables.Ya me ha tocado escuchar esto en varias ocaciones de otros Abogados.
¿Entonces que pasa, como contadores seguimos tratando de asesosar para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones como marca la ley, o que no cumplan y se esperen a que un abogado los pueda defender? entonces donde queda el contador.
1-. Recuerda que el ALCANCE en términos jurídicos de un Contador NO es lo mismo que los abogados, ya que éstos últimos son los especialistas en MATERIA LEGAL.
2-. Por lo tanto el CONTADOR debe aplicar lo dispuesto EN LA LEY, dejando a los abogados cumplan lo conducente en materia legal.
saludos
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