13/Oct/10 19:38
Re: ENVIAR LISTADO DE IETU ? OPINIONES
Buenas noches compañero Hugo
LIVA Art. 32. De las obligaciones de los contribuyentes
V. Expedir constancias por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1-A, al momento de recibir el comprobante a que se refiere la fracción III de este artículo, y proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información sobre las personas a las que les hubieren retenido el impuesto establecido en esta Ley, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
VIII: Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
Interpretacion.
Obligacion de presentar la DIOT a mas tardar el dia 17 del mes siguiente al que corresponda la información
RMF
I.5.5.3. Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
Interpretacion
Facilidad para Personas Morales de presentar la DIOT durante todo el mes siguiente al que corresponda la información
1. ¿Son correctas mis interpretaciones?
2. ¿Si es asi, alguien aplica esa facilidad?
De antemano gracias.
Rober...
Editado: Octubre 13, 2010 19:41:40