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20/Jun/10 17:18
Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )

Se me hace Lobozac:

Que esa hipótesis no tiene cabida en la parte de la LSS que se expresa:

'No se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa.”

Es decir, no se presenta alguna excepción a la regla, por tal motivo la autoridad debe sujetarse a respetar la determinación del contribuyente que realizó en su momento, la cual está aplicada en la medida justa, a lo que señala la ley. Así de simple.

Las hipótesis o teorías que 'inventen', no son materia ni siquiera de ser analizadas, puesto que la norma es clara, precisa y sencilla en su aplicación.

Si expresara que tal vez algunos trayectos si deban incidir, o algunos debiesen considerarse... ahí si tuviesen el respaldo de aplicar alguna hipótesis o estrategia.

La mera verdad son Cantifleadas que hasta los jueces tomaron en cuenta y les han dado el visto bueno a algo que no procede. Pero seguro, el abogado defensor, quizas haya sido un pasguato y no comprendio como le metieron el gol. Se me hace que tenía un balón 'Jabulani', la mera verdad opaco al portero Robert Green, que se vió muy verde y puso en ridículo a todos los Ingleses.

Así que no es de extrañarse que los tres principales actores del litigio más los que recibieron la demanda y dieron cause a la misma, todos ellos dejaron que se llegara a tales consecuencias y se deje un prescedente que no debe prevalecer con estos resultados tan deplorables.

Pues los que vienen haciendo bien el cumplimiento de la ley, ahora resulta que quizás tambien esten haciendolo mal a la luz de esta resolucion tan pesimamente decretada.


Ya lo señaló bsasc en su participación:

No. 081/2008 ES ILEGAL LA CALIFICACIÓN COMO ACCIDENTES DE TRABAJO LOS DE TRAYECTO, [b]AÚN CUANDO SEAN EN UNIDADES PROPIAS O SUBSIDIADAS POR EL PATRÓN. [/b]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Jun/10 09:30
Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )

El año pasado un trabajador se accidentó en el transporte de la empresa (concesión), se lo calificaron como riesgo de trabajo ¡…según los del IMSS porque ya está a disposición del Patrón

LA SITUACION REAL ES ESTA.............

TODO LO QUE DIGAMOS AQUI, EN SU MOMENTO SERVIRÁ............PERO EL 'ACTO DE MOLESTIA' ES REAL..........YA ESTA...........YA EXISTE.........

EL AUTOR DEL TOPICO QUE DICE ?.........QUE LE QUEDA EN SUS MANOS POR HACER ?.......

SI, ACTUAR, ACCIONAR MEDIANTE QUE ????????

ESO LO SABEMOS


SALUDOS
 
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lobozac
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21/Jun/10 16:52
Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )

Hola Lobozac:

Jamas hemos desacreditado que no halla existido tal caso. Al contrario.

Al igual que la mano de Henri para el pase de Francia al Mundial, el arbitro se equivoco. Mas sin embargo estan en el mundial. Debiendo ser los Irlandeses lo que supuestamente andarian en Sudafrica.

Lo que exprese en mi anterior participacion, si te dejas o no te sabes defender, te ganan y el error pasa como un acierto, como algo muy normal.

A diferencia del arbitro (de un partido de futbol) y del abogado defensor del contribuyente es que el primero uno tuvo que decidir y aplicar su capacidad en una fraccion muy pequeña de tiempo, mientras que el abogado tiene un tiempo mucho mayor para poder analizar como defender el punto.

El magistrado fue enredado y se perdio con lo que la defensa de la autoridad argumento. Pero previamente se acepto una demanda que no debiese haberse aceptado para derimirse, que debio haberse desechado por ser inaceptable a la luz de la norma que regula la materia. No habia nada que derimir, la norma es clara, simple y exacta de como procederse.

En cuyo caso, si la norma estuviese 'equivocada', debiesen formular una peticion la autoridad, para con la camara primaria de la republica mexicana, para que arreglen la
ley que a su juicio estuviese mal redactada.

Pero no debiese pelearse en juicio una situacion ya contemplada con bastante claridad en la propia ley.

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Regresando con el del topico, pues que tiene que hacer, primero impugnar de manera administrativa que no procede la determinacion que le formulo la autoridad. Que agote esta instancia.

Buscar la instancia apropiada para que de alguna manera pueda forzar el cambio del criterio de la autoridad. Pues como se comento, es muy raro que una persona que se equivoco, se autocorrija asi de simple. Alguien superior si puede ayudar a la causa.

Sino puede por la via administrativa, habrian que intermponer un recurso de revocacion ya que la autoridad le de la resolucion contraria a su peticion de que rectifique su postura. Solicite la negativa por escrito.

En este momento, si requerira de algun abogado que lo asista con atingencia.
 
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enrique9727
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21/Jun/10 17:35
Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )

IJUESU, DE PLANO ME 'TRUENAS' ENRIQUE........... En este momento, si requerira de algun abogado que lo asista con atingencia.


atingencia.

(Del lat. atingĕre).


1. f. Relación, conexión, correspondencia. Tener un asunto atingencia con otro.

2. f. Perú. sugerencia.

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QUE UN ABOGADO LE ASISTA CON 'RELACIÓN'?

QUE UN ABOGADO LE ASISTA CON 'CONEXIÓN'?

QUE UN ABOGADO LE ASISTA CON 'CORRESPONDENCIA'?

EN SERIO, DISCULPAME, PERO MUCHAS VECES, MUCHAS.......NO TE ENTIEND ..........NÁ

EN FIN..........NO MAS RANGO EN ESTE TOPICO......DE PLANO ME RETIRO
 
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lobozac
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21/Jun/10 20:36
Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )

Lobozac:

La atingencia, por mi parte veria el % al bat. Si tienes alto % eres bueno. Entonces siempre se tiene una frecuentemente corresponsabilidad con lo que hace en el trabajo.

Analiza lo que se le presenta, y sabe por donde vienen y vendran las rolas. No deja mucho a la deriva y siempre esta EN CONEXION, de ahi su aceptadisima CORRESPONDENCIA.

Todo lo que hace tiene correspondencia, tiene defensa y dificilmente seria desechable o es tan persuasivo que elimina la CORRESPONDENCIA O ATINGENCIA contraria.

A veces no se requiere saber mucho, simplemente se requiere tener el conocimiento preciso y aplicarlo bien.

Es resumidas cuentas es una persona que le apasiona lo que hace y le encanta trabajar pues es parte de su vida.
 
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enrique9727
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21/Jun/10 21:14
Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )

NOOOOOOOOOOOOOOOOOOO.........DIOS MIO......NOOOOOOOOOOOOO

ME CAE QUE NO TE ENTIENDO NADAAAAAAAAAAAAAAAAAA..............

AHORA SI,......LO PROMETO................NO MAS RESPUESTAS AQUI PARA AUMENTAR MI RANGO..........
 
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lobozac
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22/Jun/10 12:23
Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )

Encontré esto en internet :

Da IMSS marcha atrás por los accidentes en trayecto
Por Rebeca Ramírez
02/04/2009 - 05:00 AM
Saltillo, Coah.- Mientras que durante el segundo semestre del año el sector empresarial alertó que el Instituto Mexicano del Seguro Social tomaría en cuenta para la siniestralidad de las empresas los accidentes en trayecto cuando el servicio lo otorgarán unidades propias o servicio concesionado, el instituto se retractó del nuevo criterio y continuará con la normativa anterior.

Fue la Asociación de Administradores en Recursos Humanos Coahuila Sureste (ARHCOS) quienes el año pasado hicieron algunos señalamientos sobre este tema e incluso a una de sus reuniones mensuales asistió personal de la delegación del IMSS para explicarles el nuevo criterio que entró en vigor desde el 25 de agosto del 2008.

Sin embargo, el ahora ex presidente de ARHCOS, Jaime Guerra Pérez informó que por diferentes asociaciones y cámaras estuvieron presionando, mientras que en diciembre el IMSS generó un oficio donde se retractaban de la medida y quedaba como antes.“Sí te cuenta como accidente, pero no entra para el cálculo de prima de riesgo, entonces prácticamente le dieron marcha atrás, era una interpretación, no era un cambio, que le había dado el departamento jurídico del Seguro Social, pero era con toda la intención de cobrar más, de tener más recaudación, pero le dieron reversa a la medida”, indicó.

Guerra Pérez manifestó que en la contestación que recibieron del IMSS solamente mencionan que en base a peticiones y análisis deciden dejarlo como estaba antes, asimismo añadió que en el caso de las empresas donde aplicaron el nuevo criterio, como fueron algunos casos en Monclova, estos serán rectificados.

“De agosto a diciembre (del año pasado) los accidentes en trayecto que se hayan catalogado como de trabajo le van a dar reversa a la medida, entonces pueden estar tranquilos de que no va a proceder el incremento en la prima de riesgo por cuestión de accidentes de tránsito”, indicó.

Destacó que de haberse tomado para ese efecto, se hubiera incrementado fuerte la prima y sería un problema serio para las empresas el estar ligando cada año con ajustes en la prima de riesgo por ese motivo; toda vez que estimó que el 80% de las empresas que se encuentran en la periferia de Saltillo y Ramos Arizpe otorgan el servicio de transporte de personal a sus trabajadores.

Finalmente en la respuesta que el 20 de enero recibió de la delegación del IMSS en Coahuila Guerra Pérez, el jefe de Prestaciones Médicas Juan Francisco Irizar López le responde “se recibió de la Coordinación Normativa de Salud en el Trabajo la instrucción de que aun y cuando los accidentes que sufren los trabajadores que se transportan de su domicilio a la empresa o viceversa son accidentes de trabajo, estos accidentes no se deben tomar en cuenta para la siniestralidad de las empresas, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 72 de la Ley del Seguro Social”.


Efectivamente es como se plantea, hoy tengo ya en mi poder oficio donde el Titular de la Coordinación de Salud en el Trabajo da la indicación al Delegado Estatal de Puebla que estos accidentes no se consideren para la siniestralidad !...

Estimados Foristas !.....Muchas Gracias por todos sus comentarios !...
 
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22/Jun/10 12:56
Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )

Efectivamente es como se plantea, hoy tengo ya en mi poder oficio donde el Titular de la Coordinación de Salud en el Trabajo da la indicación al Delegado Estatal de Puebla que estos accidentes no se consideren para la siniestralidad !...

Estimados Foristas !.....Muchas Gracias por todos sus comentarios !...

EXCELENTE MEMO.........Y GRACIAS A TI POR COMPARTIR Y CERRAR EL CICLO

SALUDOS
 
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lobozac
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