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29/Abr/10 22:28
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

Hola memoli, la numero 2 es el procedimiento correcto

2.- Envío declaración x internet, luego, me paso al banco con mis hojas de ayuda para reflejar la compensación, cuyo pago es 'cero'...Y posteriormente, envío mi aviso de compensación?



1.-Envío declaración x internet, posteriormente envío mi aviso de compensación de manera 'directa'...

El número 1 no es posible dado que el Formato Electrónico 41, te solicita el Núm. de Operación y la fecha de la Declaración en la que te Compensaste, que es la que presentas mediante Hoja de Ayuda o Portal Bancario, entonces hasta que se presenta, se tienen los datos arriba señalados


Saludos afectuosos






Editado: Abril 30, 2010 01:49:56
 
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CHAVALON
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29/Abr/10 22:34
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

Hola lobozac
Y SI NO CUENTO CON BANCA EN LINEA ??????????


Presentas en ventanilla bancaria:

Si el saldo es a Cargo, pagas con la Hoja de Ayuda que te proporciona el Declarasat, previamente presentas el Declarasat por Internet

Si el saldo es Cero por efectuar Compensación, la presentas con la Hoja de Ayuda y la declaración Idem punto anterior.

Si el Saldo es a Favor, pues solamente presentas el Declarasat vía Internet.

En la 4a. Modificación a la RMF, se cambió estos parrafos:

II.2.12.1. Para los efectos del artículo 20, séptimo párrafo del CFF, las personas físicas cuando les resulte impuesto a cargo en lugar de aplicar el procedimiento establecido en el Capítulo II.2.11., podrán optar por presentar las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2009 del ISR e IETU o que requieran acreditar IDE, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, utilizando el programa DeclaraSAT 2010 y el pago correspondiente lo podrán efectuar con las hojas de ayuda que emite el propio sistema, previo envió de la declaración por Internet

Es que en la 2a. Modificación que cité anteriormente, hacía referencia al Ejercicio 2008 y Declarasat 2009


.-Señala que TODAS LAS PERSONAS FÍSICAS, sin límite de Ingresos ni Régimen Fiscal, pueden utilizar las Hojas de Ayuda para presentar su Declaración con Saldo a Pagar o en Ceros (mediante Compensación) en las Ventanillas Bancarias, con las Hojas de Ayuda:

II.2.12.1.Para los efectos del artículo 20, séptimo párrafo del CFF, las personas físicas cuando les resulte impuesto a cargo en lugar de aplicar el procedimiento lo establecido en el capítulo II.2.11., podrán optar por presentar las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio....
.....el pago correspondiente lo podrán efectuar con las hojas de ayuda que emite el propio sistema, previo envió de la declaración por Internet.

Se considera que no existe cantidad a pagar, cuando derivado de la aplicación del subsidio para el empleo, compensaciones o estímulos fiscales contra el impuesto a pagar, dé como resultado cero a pagar.

Es claro que la opción que te ofrece el SAT aplica para todas las personas físicas sin distinción




Saludos











Editado: Abril 30, 2010 02:11:49
 
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CHAVALON
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30/Abr/10 02:11
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

Hola mi buen CHAVALON,



:eek: :eek: :eek:

Ahora si la defeque... jajaja
Eso me pasa por andar a las prisas y querer SEÑALAR antes de ANALIZAR, en fín... disculpa por la confución....

me trague el tabaco antes de escupirlo...:mad:

Saludos!!Editado: Abril 30, 2010 02:12:40
 
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Kal-el
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30/Abr/10 02:15
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

Hola Kal-el
No hay problema, a todos nos sucede y mas en estos días de prisas y presiones.

Además fueron muchas las Reglas que cambiaron e incluso las del Código Fiscal hasta cambiaron de estructura.



Saludos
 
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CHAVALON
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30/Abr/10 12:10
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

Chavalón:

'Hola memoli, la numero 2 es el procedimiento correcto....'


Así es, Chavalón. El No. 2 es el Correcto....Lo que pasa es que aquí en Tijuana , en una de las sucursales de Banamex (Santa FE) no me quisieron aceptar la hoja de ayuda, argumentando que tienen instrucciones según que en TODAS las sucursales no pueden recibir nada que tenga que ver con declaraciones anuales de IETU...Por qué? No lo sé. Tampoco me supieron decir, pero andaban mandando a todos a hacienda a 'concluir' su trámite...Y aunque le expliqué el procedimiento, de todas formas no pude hacer nada, puesto que finalmente ellos solo están cumpliendo órdenes de arriba...Así que no pude evitar que me entrara la duda de si el procedimiento que estaba haciendo era el correcto...Ya ve que con el SAT hacen cada cambio y últimamente como que está de moda no 'informar' qué ondas...Pero bueno, finalmente le dí solución yendo a otro banco (Banorte) y ahí sin ninguna pregunta, me recibieron la hoja de ayuda....

Le agradezco de antemano, la molestia que tuvo de contestar a mi duda...Sin duda, he leído todos los tópicos que Lobozac (un saludo) ha puesto y en lo particular, éste me llamó la atención, porque sin duda, se presta no nomás para aclarar la cuestión que él plantea, sino otros cómo esta duda que tuve con el desarrollo del tema y lo que personalmente estaba 'viviendo' en estos momentos'.....

Gracias nuevamente y que pase un excelente día!!!!....

Salu2 Cordiales!!!!

 
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memoli
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30/Abr/10 15:05
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

Capítulo II.2.12. Opción de presentación de declaraciones anuales de personas físicas
Opción para la presentación de declaraciones anuales vía Internet y realización de pago por ventanilla bancaria
II.2.12.1. Para los efectos del artículo 20, séptimo párrafo del CFF, las personas físicas cuando les resulte impuesto a cargo en lugar de aplicar el procedimiento lo establecido en el capítulo II.2.11., podrán optar por presentar las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2008 del ISR e IETU o que requieran acreditar IDE, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, utilizando el programa DeclaraSAT 2009 y el pago correspondiente lo podrán efectuar con las hojas de ayuda que emite el propio sistema, previo envió de la declaración por Internet.
El pago se realizará ante las ventanillas bancarias de las instituciones de crédito autorizadas a que se refiere el Anexo 4, rubro B en efectivo o con cheque personal de la misma institución de crédito.


gracias a todos por los comentarios.........el asunto estimado Chavalon es que la regla se refiere al 2008 .........y como en materia fiscal, NO EXISTE RETROACTIVIDAD, NI SIQUIERA PARA BENEFICIO DEL PARTICULAR.............

entonces, que queda para ejercicio 2009...........presentable en 2010 ?.......


saludos
 
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lobozac
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30/Abr/10 15:49
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

lobozac:
…..es que la regla se refiere al 2008…..

Esto lo aclaré en el anterior comentario que te hice, no lo leíste completo?:


En la 4a. Modificación a la RMF, se cambió estos parrafos:

II.2.12.1. Para los efectos del artículo 20, séptimo párrafo del CFF, las personas físicas cuando les resulte impuesto a cargo en lugar de aplicar el procedimiento establecido en el Capítulo II.2.11., podrán optar por presentar las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2009 del ISR e IETU o que requieran acreditar IDE, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, utilizando el programa DeclaraSAT 2010 y el pago correspondiente lo podrán efectuar con las hojas de ayuda que emite el propio sistema, previo envió de la declaración por Internet

Es que en la 2a. Modificación que cité anteriormente, hacía referencia al Ejercicio 2008 y Declarasat 2009




Saludos







Editado: Abril 30, 2010 17:18:29
 
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CHAVALON
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30/Abr/10 17:06
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

Tranquilos señores, es viernes..jeje, ahorita está para unas buenas....' cheverucas '..y con un calor de 40 grados....



Vi con detenimiento este tema, vi algunos ' pecadillos '....pero ya quedaron resueltos...


mi estimado Chavalón, haber si te veo en el msn más tarde, un saludo.



saludos a todos

Editado: Abril 30, 2010 17:07:21
 
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30/Abr/10 19:18
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

ahhhhhhh ijuesu..........NO LO LEI COMPLETO, TE HAGO LLEGAR UNA SENTIDA DISCULPA......PONDRE MAS CUIDADO PARA LA PROXIMA

SALUDOS
 
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lobozac
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30/Abr/10 20:08
Re: INGRESOS QUE NO EXCEDIERON DE 370,310.00

......TE HAGO LLEGAR UNA SENTIDA DISCULPA......PONDRE MAS CUIDADO PARA LA PROXIMA

Ah que mi estimado lobozac, te felicito por andar tan de buen humor a pesar de ser viernes en la tarde/noche y casi a punto de vencerse el plazo para las dec. de p.pf

La realidad es que inicialmente que copié la Regla de la 2a. modif., me dí cuenta de que se refería al 2008, es por ello que 'le seguí la huella' en la 3a. y 4a. Modificación y en esta última encontré el 'cambio' del primer párrafo que se refiere al Ejercicio fiscal.


Saludos y buen fin de semana

Pd.- Ah....y Feliz día del Niño..........que llevamos dentro......????
 
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