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15/Mar/10 16:51
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

Solo recuerde que AFECTOS u OBJETO son cosas distintas...pero en fin.



saludos
 
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15/Mar/10 18:29
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

Hola, me surge la duda por que son pagos fuertes que hicimos en este mes de febrero, y si es así, que RFC tengo que poner en la informativa de DIOT, ¿de donde podré sacar el RFC del municipio al que pertenezco?


Hey Miroslava:

La DIOT se expresa en la LIVA. Pero porque has de informar los pagos del Predial en las DIOT, si de plano no llevan trasladado IVA alguno.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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15/Mar/10 18:41
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

...AFECTOS u OBJETO...

¿No es lo mismo?... ¡Ah noooo?????

AFECTOS = que es que es objeto de la LEY

Les pregunto, a los que dicen que: el PREDIAL (1) se anota en la DIOT

¿Dónde informan los pagos por NOMINAS (2), tambien en el mismo renglon????

Claro, que SI van en el mismo renglon, el cual no existe en el formato DIOT. No hay, por la simple razon de que representan ser erogaciones NO AFECTAS u del OBJETO al Art 1 LIVA

No se encuentran como lo expresa CHAVALON dentro de las partidas EXENTAS a la LIVA
en ninguno de los articulos que ya expreso el compañero, puesto para que sean EXENTOS, primero deben de grabarse en el art 1 LIVA, situacion que jamas se contemplan. Razon por la cual no vienen en esos articulos que CHAVALON expresa.

Los gastos no deducibles (3), sin comprobantes o con comprobantes sin RFC o de RFC erroneos, tambien son erogaciones no AFECTAS A LA LIVA

El pago del IEPS (4) que se cubre en las notas de gasolina, tampoco es grabable por la LIVA

Los pagos de IMPUESTOS (5) tampoco son afectos a la LIVA

Los pagos a por prestamos (6)

(1, 2, 3, 4, 5 y 6) no son materia de la LIVA, por eso no se deben informar en la DIOT. NO SON OBJETO DE LA LIVA, no se expresan dentro de las actividades a grabar en el art 1 LIVA

Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I.- Enajenen bienes.
II.- Presten servicios independientes.
III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV.- Importen bienes o servicios.


El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

...

Editado: Marzo 15, 2010 18:51:06
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Mar/10 11:32
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

Hey Miroslava:

La DIOT se expresa en la LIVA. Pero porque has de informar los pagos del Predial en las DIOT, si de plano no llevan trasladado IVA alguno.


Hola Enrique 9727, ¡¡¡Como ha causado controversia mi pregunta!!!, y yo que pense que era la unica confundida. Sinceramente la respuesta de lobozac me termino de aclarar algo de lo que yo estaba casi segura, pero pense que solo yo tenía esa percepción. Los criterios de cada contador varían en efecto, y si Enrique, yo siempre he declarado los pagos del impuesto sobre nomina y el predial en la informativa DIOT, por que aunque son impuestos, son un pago a tercero. Sinceramente Lobozac fué quien me ayudo a analizar el criterio, y si, los pagos de predial los relacione dentro de la informativa. Independientemente de las opiniones que todos ustedes compañeros han tenido con respecto a que no deben de considerarse, yo así lo decidí.
 
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16/Mar/10 11:40
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

Hola
Coincido con lo comentado por CHAVALON

En una conferencia del SAT en Monterrey, fue comentado y ratificado 'NO SE PRESENTA EN EL DIOT'

Ademas por el motivo para determinar el 90% del cual esta informando, podria ser rebasado por la otras partidas como IMSS, SUELDOS, ETC.
Que tampoco se informan en la declaracion del DIOT.


Tambien es valido el comentario de Enrique,


Saludos
 
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16/Mar/10 12:42
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

¿No es lo mismo?... ¡Ah noooo?????

AFECTOS = que es que es objeto de la LEY



Porsupuesto que NO es lo mismo..pero la darè algunas pistas..

Nunca será lo mismo ni fiscalmente, ni jurídicamente los términos AFECTO Y OBJETO., y me permitiré explicarle el por qué….

1-. El OBJETO es lo que grava la ley, un acto
2-. El AFECTO es la condición sobre lo que aplicara o sujeción de un acto.


Le pongo un ejemplo muy sencillo…

Si el OBJETO grava el uso o goce del numeral 1 LIVA, ¿cual cree usted que será el AFECTO?..Acaso me va a decir que “ grava el uso o goce del numeral 1 LIVA?..

Jurídicamente es otra cosa, más cuando esta en otras instancias.

Pero en fin, usted tiene su concepto y se respeta, pero bajo ninguna índole lo comparto.



saludos
 
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16/Mar/10 17:45
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

... Sinceramente la respuesta de lobozac me termino de aclarar algo de lo que yo estaba casi segura, pero pense que solo yo tenía esa percepción. Los criterios de cada contador varían en efecto, y si Enrique, yo siempre he declarado los pagos del impuesto sobre nomina y el predial en la informativa DIOT, por que aunque son impuestos, son un pago a tercero. Sinceramente Lobozac fué quien me ayudo a analizar el criterio, y si, los pagos de predial los relacione dentro de la informativa. Independientemente de las opiniones que todos ustedes compañeros han tenido con respecto a que no deben de considerarse, yo así lo decidí. .....Y COMO LO QUE ABUNDA, NO PERJUDICA.....

PUES, BUENA DECISION

SI, LA DIOT ES D.I.O. CON TERCEROS......

GRACIAS PR TU RECONOCIMIENTO


HASTA PRONTO

SALUDOS
 
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17/Mar/10 04:37
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

Miroslava:

“….y si… yo siempre he declarado los pagos del impuesto sobre nomina y el predial en la informativa DIOT, por que aunque son impuestos, son un pago a tercero….


Aunque el autor del tópico ya tomó una decisión respecto al tema, me voy a permitir plasmar mi opinión:

El Art. 32 FVIII LIVA, establece lo siguiente:

“Proporcionar mensualmente a las autoridades….la información correspondiente sobre el PAGO…..y traslado del IVA en las operaciones con sus PROVEEDORES, desglosando el valor de los actos o actividades por TASA a la cual trasladó o le fue trasladado el IVA, INCLUYENDO ACTIVIDADES POR LAS QUE EL CONTRIBUYENTE NO ESTA OBLIGADO AL PAGO…..

Sí… “Incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago…Pero por el pago a sus p r o v e e d o r e s….De visualizarse dicha frase para que se prestara que el predial entre dentro dela Diot, entonces también se presumiría para algunos que también entrarían las nóminas, cuotas del seguro Social, Infonavit, Impuestos sobre nóminas, etc…pues, total, Son “pagos a terceros”….Además, de que “encuadraría” en perfecta armonía de cómo se llama dicha declaración: “Declaración Informativa de Operaciones con TERCEROS”…….Que por cierto, ya que menciono cómo se llama dicha declaración….Resultaría interesante saber el por qué la autoridad a dicha declaración no le puso: “…..de Operaciones con PROVEEDORES”….E igual de interesante también sería saber el por qué ya en dicho Art. 32 FVIII LIVA se refirió a “Proveedores” y no a “Terceros”… Acaso “Pagos a Proveedores” o “pagos a terceros “ es lo mismo? …..Considero a mi juicio, que para efectos de la presentación de dicha declaración Informativa de IVA, ambos conceptos deben tener una definición diferente, Es decir: Un proveedor SÍ es un tercero (Hablando de lo que sabemos qué es un proveedor) …Y por sus actos o actividades, para efecto de dicha informativa, puede o no estar obligado a trasladarme IVA…Okay…Pero, para efecto de la misma (Informativa) , no “cualquier tercero ó pago a tercero” puede considerarse como “un proveedor”….(Aclaro: Para efecto de la Informativa)…. Y por lo tanto, no debiera considerarse en dicha informativa, cierto? En pocas palabras: Si la autoridad a dicha informativa en su nombre hace referencia a la palabra “terceros” y no propiamente “proveedores”, considero a mi juicio que es con la finalidad de que el contribuyente no se vaya con la “finta” y presente solamente la información que tenga que ver con lo que “contablemente” , “administrativamente”, o como le llamemos, conocemos como “proveedores”, sino “acaparar” a todos los contribuyentes en un panorama más completo por cualquier negociación u operación que se tenga con dichas personas….Sí, pero con operaciones que tengan que ver con IVA, por ello que ya en su Art. 32 FVIII LIVA ya haga la referencia “al revés” (Menciona “proveedores “ y no “terceros”)……

Tema Tópico: “…los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?”


Pero olvidándonos de que “proveedores” y “pagos a terceros” es o no lo mismo para efecto de la DIOT…..A mi juicio, los pagos del predial NO entran en la informativa de la DIOT….

1.- Para que un contribuyente confirme si está obligado o no a presentar la DIOT, lo primero que tiene que saber es si por sus actos o actividades que realiza es causante del IVA…O bien, si tiene “activa” dicha obligación, también está obligado a presentarla…

2.- Una vez que tenga confirmado que SÍ está obligado a presentar la DIOT, el segundo paso es saber por “cuales operaciones” que se tiene se incluirán en dicha informativa…

3.- La obligación de presentar dicha informativa emana de la Ley del IVA, por lo que podemos concretar que las operaciones que detallaríamos en ella serían propiamente las que hayan sido como bien menciona Chavalón (Saludos) : OBJETO de la LIVA, es decir:

4.- El predial al No ser OBJETO DE LA LIVA, no entraría en la DIOT, puesto que el pago de ella no es “ni porque se está adquiriendo un bien, ni se está recibiendo un servicio, ni hay otorgamiento de uso o goce temporal de bienes….En Otras palabras : El Predial no es un “ACTO AFECTO” al IVA.

Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I.- Enajenen bienes.
II.- Presten servicios independientes.
III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV.- Importen bienes o servicios.

5.- Lo mismo sucedería con el impuesto sobre nóminas, los salarios…..Por qué no se relacionan en la DIOT? Simplemente porque éstos no SON OBJETO DE IVA…

Conclusión:
El punto medular para no incluir ni el predial ni el impuesto sobre nóminas en la DIOT, es porque estas operaciones NO SON OBJETO DE IVA….Y No propiamente de que si es “un pago a terceros” se vaya a incluir….Recuerde: Si usted está obligado a presentar la DIOT, cerciórese que las operaciones que incluya estén contempladas en la LIVA, como atinadamente comentó Chavalón.


Salu2!!!!Editado: Marzo 17, 2010 04:40:17
 
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18/Mar/10 12:22
Re: una pregunta: los pagos de predial entran como pagos a terceros en la DIOT?

Estoy de acuerdo con lo expresado por Chavalón, los impuestos no son objeto de pago del IVA, y sería un error considerarlos como 'exentos' porque la LIVA es muy clara respecto a los pagos que entran en este rubro de exentos, asi que sería un error reportarlos en DIOT.


Saludos!!
 
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ssalda
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