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13/Nov/09 17:55
Re: Notificación de Resolucion

Conoci un colega que se fue a ' quejar ' de una devolucion que no le fue depositada....dejo un ' precedente '......pero no obtuvo la devolucion, el fisco le mando revision, le puso trabas....a lo que voy.....esa jugada puede hacer que se le vaya ' el chirrion ' por un lado................ojo..no digo que no hay que defenderse............pero hay maneras.......................



en fin...el autor del topico que decida........




saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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13/Nov/09 18:21
Re: Notificación de Resolucion

Sin duda, que hay maneras de soslayar ese inconveniente del sat.....en mas de una ocasion y .......sin necesidad de ' quejarse '.......se arreglan mejor las cosas ....


saludos
 
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CPhugoocejo
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13/Nov/09 18:25
Re: Notificación de Resolucion

Para Octavus,

Exacto, toda decisión tiene un riesgo, el autor del tópico es quien decide, yo no decido por él, ahora hablando del caso de tu amigo, el SAT no siempre hace lo mismo, es precisamente de lo que estamos hablando, no hizo la notificación cuando siempre la hace.

Ahora, das a entender que le estoy sugiriendo algo arriesgado cuando no es así, es algo que yo haría y he hecho y mi experiencia me dice que hay contadores que no se quejan por las razones que tu mencionas, en mi opinión por eso Hacienda es especialista en complicar trámites, porque es muy desconfiado y pocos le reclamamos.

Por otro lado, no le recomiendo que presente otra vez la devolución porque no le han notificado, y presentarla significaría perder tiempo, si le notifican la causa entonces si, que se presente otra vez.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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13/Nov/09 18:29
Re: Notificación de Resolucion

Ahora Octavus, y Hugo,

Dicen que hay maneras para defenderse y soslayar el inconveniente, en este caso en particular, ¿Cuáles serían?, digo, además de la queja,

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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13/Nov/09 18:49
Re: Notificación de Resolucion

Que tal Miguel...


es muy simple mi estimado.....ahi le van unos ejemplos...


1-. si le planteas cualquier situacion en distintas ALR...cree usted que siempre le diran lo mismo?..no, porque simplemente no existe una coordinacion fiscal....eso mi estimado...hay que aprovecharlo..

2-. ¿Porque cree usted que muchisismos casos los ha perdido el SAT? por desconfiado...no, porque no hay una hegemonia ni homologacion de criterios.....

3-. ¿ Que si hay formas para soslayar el incoveniente? claro....color=red]ojo, siempre que le haga saber con sustentos fiscales su error[/color].. ..en la mesa a la autoridad en la misma ALR.........pero hable con la gente adecuada.....

4-. le pregunto..entonces cree usted que en todos los casos presentando una queja podremos tener dicha devolucion.....? la respuesta es NO.....depende mucho de cada caso en particular............



saludos
 
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CPhugoocejo
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13/Nov/09 18:57
Re: Notificación de Resolucion

HOLA cpzumaya:
Te sugiero leas los términos del requerimiento que te enviaron ahí está la razón del porqué no te lo devolverían o darían como desistido la soliciud.

Checalo y nos comentas
 

 
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SaúlCastroVázqz
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14/Nov/09 08:22
Re: Notificación de Resolucion

3-. ¿ Que si hay formas para soslayar el incoveniente? claro....color=red]ojo, siempre que le haga saber con sustentos fiscales su error[/color].. ..en la mesa a la autoridad en la misma ALR.........pero hable con la gente adecuada.....


¿Cuál es la gente adecuada?, digo, estamos hablando de una devolución, ¿Quieres decir que con quien las recibe hay que ir a exponerle el caso? Ya en otra respuesta comentaste que al contribuyente le iban a dar las razones del rechazo de manera verbal, algo que no es correcto por parte de la autoridad y no se debería de fomentar, porque la autoridad se acostumbra.

4-. le pregunto..entonces cree usted que en todos los casos presentando una queja podremos tener dicha devolucion.....?
, lo que yo creo es que la ley se debe de cumplir, y si la autoridad no cumple el procedimiento del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, en este caso la devolución ya que se cumplieron con los requerimientos de la devolución, el contribuyente debe quejarse, para mí no hay otra, abres un caso en 'Mi Portal', hablas por teléfono.


Además,

El autor del tópico señaló que el contribuyente había cumplido con su obligación de contestar los requerimientos y la autoridad no, es decir que aparenta que el autor del tópico no le tiene miedo a las consecuencias de una queja y nadie le había recomendado que hiciera eso.

No siempre recomiendo una queja, y suponiendo que ya los plazos se hayan ido muy lejos (creo que ni siquiera le hemos preguntado eso, pero bueno), no veo otra manera, no me gusta ir a las oficinas a preguntar por cosas, lo he hecho, depende del caso.

Lo único que te puedo asegurar es que si se queja, le van a hacer caso, ahora, hay maneras de presentar una queja, esta mas bien debería ser un recordatorio de que no han efectuado el depósito, y entonces la autoridad, también con seguridad te va a contestar.

Si de una queja se deriva una revisión, es un riesgo, el permitir el abuso de autoridad, también lo es, la historia dice que Hacienda ha cambiado sus formas cuando la gente se queja, si no nos quejamos es porque estamos a gusto.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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14/Nov/09 09:51
Re: Notificación de Resolucion

Miguel


¿Cuál es la gente adecuada?, digo, estamos hablando de una devolución, ¿Quieres decir que con quien las recibe hay que ir a exponerle el caso? Ya en otra respuesta comentaste que al contribuyente le iban a dar las razones del rechazo de manera verbal, algo que no es correcto por parte de la autoridad y no se debería de fomentar, porque la autoridad se acostumbra.

1-. ¿Gente adecuada?..........¿ Cual es la máxima autoridad en una ALR?....ahí encontrara la respuesta……recuerde, no siempre es con la gente de devoluciones ..le recuerdo que el administrador de una ALR también escucha a los contribuyentes, en referencia a caso como este…y hay soluciones….

2-. Efectivamente, su servidor comento que el suscrito acudiera al SAT, ahí mismo le iban a comentar la razón…y se lo digo por experiencia, no me malinterprete, léase bien, nunca induci, ni mencione el “fomentar “esa practica, ya que como le he mencionado, cada caso es particular y se le debe tratar como lo que es…

3-. Si usted menciona que no es correcto que la autoridad de las razones en forma verbal, estoy de acuerdo…pero le comento, hay contribuyente que te dicen…yo me voy a las ultimas consecuencias y otros te dicen…sabe que contador…prefiero no pelear con la autoridad……se le comenta que tenemos todo en orden…pero si el cliente te dice no..es no…….y ahí, ni para donde hacerse………….

, lo que yo creo es que la ley se debe de cumplir, y si la autoridad no cumple el procedimiento del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, en este caso la devolución ya que se cumplieron con los requerimientos de la devolución, el contribuyente debe quejarse, para mí no hay otra, abres un caso en 'Mi Portal', hablas por teléfono.

1-. Sin duda, nadie ha desdeñado la aplicación de la ley, y como le dije, aun cayendo en lo repetitivo, cada caso se debe evaluar, si usted lo aplica, OK…aunque su servidor no comulga que debe hacerse en todos los casos….

Además,

El autor del tópico señaló que el contribuyente había cumplido con su obligación de contestar los requerimientos y la autoridad no, es decir que aparenta que el autor del tópico no le tiene miedo a las consecuencias de una queja y nadie le había recomendado que hiciera eso.


1-. No mi estimado, cuando se trata de adivinar lo que “ aparenta “ el autor del tópico, se cae en especulaciones, mas bien, deje que el autor del tópico exponga lo que de a lugar, y con esos elementos partimos…..

No siempre recomiendo una queja, y suponiendo que ya los plazos se hayan ido muy lejos (creo que ni siquiera le hemos preguntado eso, pero bueno), no veo otra manera, no me gusta ir a las oficinas a preguntar por cosas, lo he hecho, depende del caso.

1-. Que paso mi estimado….que siempre si….y ahora que no en todos casos?….y cuando en su primera participación comento..”.No creo que debas presentarla otra vez ni tampoco que tengas que ir a preguntar”….y ahora dice que lo ha hecho….¿ve usted que no debe generalizar?....pero en fin….


Lo único que te puedo asegurar es que si se queja, le van a hacer caso, ahora, hay maneras de presentar una queja, esta mas bien debería ser un recordatorio de que no han efectuado el depósito, y entonces la autoridad, también con seguridad te va a contestar.

1-. No en todos los casos funciona, he tenidos casos en que no siempre es así….y la autoridad nos pide x información adicional..Y no hay problema, al final las resolvemos favorablemente dialogando con la autoridad …

Si de una queja se deriva una revisión, es un riesgo, el permitir el abuso de autoridad, también lo es, la historia dice que Hacienda ha cambiado sus formas cuando la gente se queja, si no nos quejamos es porque estamos a gusto.

1-. Por supuesto, le comento en forma breve que en varias ocasiones he estado en esa situación, el cliente nos dice..Dale para delante……y le digo…no hay problema. Tenemos todo en orden…dichas devoluciones eran de 5,000,000 de IVA……..y la autoridad te revisa como siempre..Con ganas de encontrar algo en las deducciones…pero hemos salido sin problemas…y no es que uno este a gusto….sino que el cliente toma una decisión y punto…yo no lo voy a obligar a que se tenga que quejar, claro, después de mencionarle los pros y contras..etc…


saludos
 
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14/Nov/09 10:29
Re: Notificación de Resolucion

Para Miguel



unicamente le puedo comentar que hacienda no es desconfiado, sino que muchos, pero muchos causantes realizan practicas indebidas afectando al fisco, no vayamos tan lejos, ahi tiene a las cooperativas y los mentados socios cooperativistas...eso, eso...le molesta al fisco......



saludos y buen dia.
 
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Octavus
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15/Nov/09 11:37
Re: Notificación de Resolucion

Además,

El autor del tópico señaló que el contribuyente había cumplido con su obligación de contestar los requerimientos y la autoridad no, es decir que aparenta que el autor del tópico no le tiene miedo a las consecuencias de una queja y nadie le había recomendado que hiciera eso.


1-. No mi estimado, cuando se trata de adivinar lo que “ aparenta “ el autor del tópico, se cae en especulaciones, mas bien, deje que el autor del tópico exponga lo que de a lugar, y con esos elementos partimos…..


En esta párte no estoy de acuerdo, por supuesto que puedo adivinar, aunque yo no usaría esa palabra, el autor del tópico si mostró intenciones de inconformarse, pero según le dijimos varios, sin resolución no hay inconformidad, así que le dí una opción que nadie le había dado y en la cual tengo experiencia.

Saludos

Miguel
 
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