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06/Nov/09 19:33
Reforma IETU

Ups...en verdad no le he puesto atención a las reformas (pero la cosa cambia desde hoy)....a punto de hacer las corridas financieras, y pues a informar....

Me llama la atención la del IETU, la cual consiste en eliminar la posibilidad de aplicar el crédito por deducciones mayores a los ingresos Vs el ISR del ejercicio en que se generó, es decir, solo se podrá aplicar contra el mismo IETU ...

Aquí se jalarán las greñas varios que no lo aplicaron en 2008....(digo yo que paso dicha reforma ¿no?)

Un saludo!!
 
Yo solo se que no he pagado, ni pagaré...a mi que el gobierno me pague el suport.
 
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BR2
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09/Nov/09 09:28
Re: Reforma IETU

Bueno, pero desde mi punto de vista si no lo aplicaste en 2008 ya perdias en derecho de aplicarlo en otro ejerciciosegun la misma ley lo menciona.
saludos.
 
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.
 
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cp_enrique
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09/Nov/09 11:09
Re: Reforma IETU

Bueno, pero desde mi punto de vista si no lo aplicaste en 2008 ya perdias en derecho de aplicarlo en otro ejerciciosegun la misma ley lo menciona.
saludos.


Sobre el tema, existen dos criterios:

1. Que el derecho no se pierde por no aplicarse en el mismo ejercicio en que resulta el crédito (por decirlo así es una opción extra-ordinaria)..ya que aquello de 'en los 10 ejercicios siguientes' es una condicionante...no tengo acceso a Ley ahorita porque ando saturada la red y no lo puedo bajar ¿pero asi dice no?

2. Que si no se utiliza en el ejercicio generado se pierde el derecho hasta por el importe no aplicado.....

Claro, ademas como cuando se toco el tema comenté que no pienso que haya existido alguien que no lo haya aplicado pudiendolo hacer....sería una gran tonteria..de hecho, con la reforma pues se dan cuenta que cometieron un herror al no aplicar el crédito pudiendolo haber hecho..

En fin, este tema creo que sera rezonado por el 2011 cuando presentemos la anual 2010....

Un saludo!!
 
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BR2
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10/Nov/09 01:32
Re: Reforma IETU

Bueno, pero desde mi punto de vista si no lo aplicaste en 2008 ya perdias en derecho de aplicarlo en otro ejerciciosegun la misma ley lo menciona.
saludos.


Y luego una complementaria, no corrige opciones erradas y tomadas.

Segun, no se pierden y hay varias formas de 'recatarlas'.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Nov/09 11:01
Re: Reforma IETU

Mi punto es que, en aparente sentido estricto no se puede usar como 'estrategia' el no utilizarlo contra isr en el ejercicio en el que se genera, y no que no se puedan corregir errores
 
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.
 
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cp_enrique
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11/Nov/09 11:15
Re: Reforma IETU

BR2:

'Me llama la atención la del IETU, la cual consiste en eliminar la posibilidad de aplicar el crédito por deducciones mayores a los ingresos Vs el ISR del ejercicio en que se generó, es decir, solo se podrá aplicar contra el mismo IETU ...
Aquí se jalarán las greñas varios que no lo aplicaron en 2008....(digo yo que paso dicha reforma ¿no?)'



Hola, Buen Dia....

Asi es....'Seguramente' en la iniciativa de las Reformas fiscales para el proximo año de proponer que dicha 'perdida' unicamente pueda acreditarse vs el IETU, es porque 'se dieron cuenta' de las bondades que ofrece el Art. 11 de la LIETU a los contribuyentes que se encuentren en este supuesto, al causar dicho articulo un 'doble efecto fiscal'....

1.- Por un lado, al generarse 'una perdida', esta origina un Credito Fiscal, misma que puede ser aplicable vs ISR....
2.- Y por el otro, una vez aplicada vs ISR, aqui es donde se 'origina el Doble efecto fiscal'...Por ejemplo, en el caso de un contribuyente que se encontrara en el supuesto de que sus erogaciones fueron mayor a los ingresos porque tuvo ademas Inversiones... Para ISR, Como inversion 'ya lo dedujo' y por otro lado, como un Credito Fiscal de IETU tambien lo aplicaria para ISR.....
 
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memoli
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11/Nov/09 12:00
Re: Reforma IETU

Sobre las complementarias, pues si son burrocorrecciones...muy viables...pero ya estamos en noviembre para andar moviendo que mal por el despacho que hasta ahora se de cuenta...

Sobre lo que comenta memoli...en nuestro caso, por ejemplo, le pegamos al ISR debido a que adquirimos un terreno (y sí, se que hay eruditos que piensan que no se deducen..jajaja), por lo que para IETU se aplica como deducción y genera un crédito y este se aplica contra ISR (en donde el terreno no es deducción), así las cosas generamos un importe considerablemente importante de saldo a favor...

En otros casos, tal como comentas, existe un doble efecto (por decirlo así), ya que, por ejemplo si se compra un automovil se deduce en IETU y en ISR solo un %...

En fin, tanto ejemplos que en nuestro caso vimos y aplicamos que facilmente opacamos los efectos del ISR en el 2008....ademas, en 2009 va por el mismo lado, no dejaremos ir la oportunidad de invertir y recuperar una parte de la inversión via devolución de ISR (al aplicar el crédito enorme del IETU).

Un saludo!!Editado: Noviembre 11, 2009 12:01:36
 
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11/Nov/09 15:06
Re: Reforma IETU

'En fin, tanto ejemplos que en nuestro caso vimos y aplicamos que facilmente opacamos los efectos del ISR en el 2008....ademas, en 2009 va por el mismo lado, no dejaremos ir la oportunidad de invertir y recuperar una parte de la inversión via devolución de ISR (al aplicar el crédito enorme del IETU).'



Totalmente de Acuerdo...Salu2!!!!
 
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memoli
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