El vendedor en su caso puede llegar a pagar ISR (si supera el tope o en su caso no demuestre que es su casa habitación), en el caso del adquirente el impuesto es llamado ISAI (impuesto sobre adquisición de inmuebles..)... acercate con el notario que dará fé del acto, ya que ellos terminan decidiendo sobre los impuestos en este tipo de operaciones conforme a sus criterios (lo digo así, porque es la realidad.. puede llegar el contador y hasta pelearse con ellos por algún criterio, pero como son retenedores, es decir responsables solidarios, ellos se curan en salud....)Editado: Junio 08, 2009 13:11:06
Yo solo se que no he pagado, ni pagaré...a mi que el gobierno me pague el suport.