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21/Abr/09 09:28
Re: gastos extranjeros deducibles?

Mmmh creo que le damos una distinta interpretación a la regla, desde mi punto de vista se refiere a los comprobantes de extranjeros no establecidos en México que presten un servicio en el extranjero para un contribuyente de México, ejemplo:

Una compañía mexicana exporta 'x' producto a USA, la compañía lo demanda ante las autoridades en USA y la mexicana contrata a un despacho estadounidense de abogados para que lleven el caso, a esos comprobantes yo interpreto que se refiere esa regla, pero bueno, el caso que mencionas del prestador de servicios mexicano que gasta en USA nunca lo he tenido pero creo que también aplicaría.
 
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fiscalcorp
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21/Abr/09 18:52
Re: gastos extranjeros deducibles?

GRACIAS A TODOS POR SUS VALIOSAS APORTACIONES, A TI CHAVALON TU APORTACION ES MUY VALIOSA CREO QUE APLICARE CON LA AUTORIZACION DEL CONTRIBUYENTE ESTA REGLA.

GRACIAS NUEVAMENTE

SALUDOS.
 
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ANROSO
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21/Abr/09 22:09
Re: gastos extranjeros deducibles?

fiscalcorp:

No coincido con esa última interpretación tuya.

Estoy de acuerdo que la redacción del primer párrafo se presta a confusiones y a interpretaciones diversas en cuanto a lo que se refiere a 'SERVICIOS PRESTADOS EN EL EXTRANJERO'

I.2.4.21.Los contribuyentes que pretendan deducir fiscalmente los pagos realizados a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, por servicios prestados en el extranjero, podrán utilizar los comprobantes que ellos les expidan siempre que contengan, al menos, los siguientes requisitos:
…………


Aquí la pregunta que cabe es: Quién le presta los servicios a quién?

1.-El trabajador mexicano al negocio extranjero, o

2.-El negocio extranjero al trabajador mexicano?.



Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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21/Abr/09 22:13
Re: gastos extranjeros deducibles?

ANROSO:
GRACIAS NUEVAMENTE

Al contrario y como menciono en mi último comentario, la redacción es algo confusa.

Analiza bien la Regla y los comentarios de los compañeros y toma la decisión mas conveniente.




Saludos
 
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CHAVALON
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22/Abr/09 11:15
Re: gastos extranjeros deducibles?

EFECTIVAMENTE, COMO QUE NUESTRAS LEYES, EN ALGUNAS PARTES ABRIGAN UN CONTRASENTIDO, PERO RELEYENDO LA REGLA, SE TRATA DE DEDUCIR PAGOS EFECTUADOS A UN EXTRANJERO, LUEGO ENTONCES QUIEN CONTRATA LOS SERVICIOS Y LOS PAGA ES UNA EMPRESA MEXICANA, QUE BIEN PUEDE SER UNA PM O PF POR OTRO LADO LA REGLA SOLO HABLA DE PAGOS A UN RESIDENTE EXTRANJERO POR SERVICIOS PRESTADOS EN SU TERRITORIO, ASI QUE TANTO PUEDE SER UNA CONTRATACION PARA QUE HAGA DILIGENCIAS ALLA O UN VIAJE DEL CONTRIBUYENTE A ESE PAIS. LO QUE SI ME QUEDA UN POCO EN EL AIRE ES LA COMPRA DE MATERIALES PARA SER USADOS ALLA MISMO, COMO NO LOS TRAIGO A MEXICO NO TENGO PORQUE HACER TRAMITES DE IMPORTACION. SOLO SERIA UN GASTO EFECTUADO COMO LO FUE LA COMIDA, O LA GASOLINA? O QUEDAN FUERA PORQUE LA REGLA MENCIONA SOLO PRESTACION DE SERVICIOS?

NUEVAMENTE GRACIAS POR SUS APORTACIONES.


SALUDOS.
 
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ANROSO
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22/Abr/09 11:25
Re: gastos extranjeros deducibles?

ANROSO:
..... LA COMPRA DE MATERIALES PARA SER USADOS ALLA MISMO.....

En mi opinión la compra de esos materiales es totalmente deducible ya que forma parte de los insumos para desarrollar su actividad, igual que la gasolina para transportarse, Etc.




Saludos
 
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CHAVALON
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22/Abr/09 11:31
Re: gastos extranjeros deducibles?

GRACIAS CHAVALON, ESTOY DE ACUERDO CONTIGO.


SALUDOS.
 
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ANROSO
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