14/Abr/09 22:41
Re: Acreditamiento Credito IETU VS ISR
gracias chavalon, .......si los mas fueramos como tu ESTE FORO Y MUCHOS MAS DARIA MEJORES, EXCELENTES RESULTADOS
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Crédito fiscal por pérdidas en el IETU (Deducciones superiores a los ingresos)
Cuando, sus deducciones autorizadas (incluyendo la deducción adicional), sean superiores a sus ingresos, tendrá derecho a descontar un crédito fiscal contra el IETU que le resulte y que se determinará de la siguiente manera:
A las deducciones autorizadas reste los ingresos anuales
La diferencia multiplíquela por la tasa del IETU de 16.5%
El resultado es el importe del crédito fiscal que tiene derecho a restar de su impuesto
El crédito fiscal
se podrá aplicar contra el IETU del ejercicio y de los pagos provisionales,
EN LOS DIEZ EJERCICIOS SIGUIENTES a aquél en que se originó, hasta agotarlo
El crédito fiscal se actualizará por inflación desde el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que se determinó (junio) y el último mes del mismo ejercicio (diciembre)
Los contribuyentes tienen la opción de acreditar el crédito fiscal contra el ISR del ejercicio en que se generó, en cuyo caso, ya no podrá acreditarse contra el IETU del ejercicio
Ejemplo para calcular el crédito fiscal actualizado
Concepto Cantidades
Ingresos obtenidos en 2008 $ 1,000.00
( - ) Deducciones realizadas en 2008 $ 1,800.00
( = ) Crédito Fiscal $ 800.00
( x ) Tasa 16.5%
( = ) Crédito Fiscal Acreditable $ 132.00
( x ) Factor de Actualización [1] (estimado) 1.3342
( = ) Crédito Fiscal Acreditable Actualizado $ 176.11
Cálculo del factor de actualización
INPC *del mes de diciembre del ejercicio en que ocurra (diciembre 2008)
( / ) INPC del mes de junio del mismo ejercicio (junio 2008)
( = ) Factor de actualización [1]
Nota:
Este crédito únicamente se podrá determinar al concluir el ejercicio fiscal 2008, ya que se trata de un nuevo impuesto que entra en vigor a partir del 1 de enero del citado año. Por lo tanto este crédito lo podrá aplicar
a partir de sus pagos provisionales de 2009.....................Y
AGREGARIA YO,........O AL RESULTADO DE LA ANUAL 2009, .PRESENTABLE EN ABRIL DEL 2010
* El INPC es un indicador económico que mide la inflación de cada mes y lo publica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de cada mes.
COMO VES CHAVALON, ASI SERIA ?
GRACIAS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'